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Ley 599 de 2000 artículos 122, 123 (parcial), y 124, modificados por el art. 14 de la ley 890 de 2004; y 32, numeral 7 de la ley 599 de 2000 código penal. Aborto, aborto sin consentimiento, circunstancias de atenuación punitiva y ausencia de responsabilidad penal. Casos en que no constituye delito. Los demandantes consideran que las normas demandadas violan el derecho a la dignidad, la autonomía reproductiva y al libre desarrollo de la personalidad establecidos en el preámbulo, los artículos 1°, 11, 12, 13, 15, 16, 42, 43, 49 y 93 numeral 2º de la constitución política. Inexistencia de cosa juzgada material o formal respecto de decisiones previas adoptadas por esta corporación. La cosa juzgada material no puede ser entendida como una petrificación de la jurisprudencia sino como un meca...
por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, numeral 3 del artículo 15; 24, 32, 41; numeral 5 del artículo 43; 60, 61, 67; numeral 1 y parágrafo 2° del artículo 69; 74; numeral 1 del artículo 78; 82, 83, 95, 110, 111 y 112 de la Ley 1116 de 2006
ARTÍCULO 1°. Principios generales. Esta ley tiene como obj...ARTÍCULO 32. Causales de exoneración de responsabilidad. El a...
...ARTÍCULO 1. Vigilancia de la detención domiciliaria. El in...ARTÍCULO 28. El artículo 32 de la Ley 1142 que adicionó el artículo 68 A, la...
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 32 (parcial) de la ley 497 de 1999, por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento. Los demandantes afirman que los contenidos normativos cuestionados, al establecer que el recurso de reconsideración al cual pueden ser sometidos los fallos adoptados en primera instancia por los jueces de paz, lo conocerá un cuerpo colegiado integrado por el mismo juez de paz que tomó la decisión y por otros dos jueces de paz denominados de reconsideración, desconocen los principios constitucionales de la doble instancia, el debido proceso y la autonomía e imparcialidad que deben orientar a la administración de justicia. La corte encontró que la participación del juez de paz en el cuerpo colegiado encargado de res...
Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 26 y el segundo parágrafo al artículo 32 de la Resolución 0478 de enero 26 de 2000
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 32 (parcial) de la ley 497 de 1999, por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento. Los demandantes afirman que los contenidos normativos cuestionados, al establecer que el recurso de reconsideración al cual pueden ser sometidos los fallos adoptados en primera instancia por los jueces de paz, lo conocerá un cuerpo colegiado integrado por el mismo juez de paz que tomó la decisión y por otros dos jueces de paz denominados de reconsideración, desconocen los principios constitucionales de la doble instancia, el debido proceso y la autonomía e imparcialidad que deben orientar a la administración de justicia. La corte encontró que la participación del juez de paz en el cuerpo colegiado encargado de res...
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