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El primero de agosto de 1936 se inició la versión XI de los Juegos Olímpicos en Berlín (Alemania).
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We can recognize evil when we see it. But can we really? How about recognizing evil laws? Are there specific techniques that should trigger our internal alarm bells? Questions like these lead to the textual analysis of Nazi lawmaking. There is no period in history covered by more literature. But most books and papers process the facts before presenting them. By contrast, this paper lets the laws speak against themselves. The paper is part of an ongoing effort in providing an account of Nazi lawmaking (www. verfassungsgeschichte.ch).Key-words: Nazi lawmaking, legal texts analysis, evil.¿Podemos reconocer la maldad cuando la vemos? ¿Realmente podemos? ¿Qué ocurriría en el caso de normas producidas con maldad? ¿Existen técnicas específicas que activen nuestras alarmas internas? Pre...
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... Federal de Asuntos Exteriores en Berlín, República Federal de Alemania, por el Consulado ...9, reforma de 1936). Hoy, según el artículo 96 de la Con...
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El ordenamiento jurídico reconoce o admite que la autonomía privada sea el punto de partida y conformación del contrato, pero no hasta el extremo de considerar que, así las negociaciones preliminares permitan la concreción de un contrato, éste tenga un sistema propio, o autónomo, que esté sujeto a los términos incluidos en el texto contractual. Por el contrario, las reglas generales del juego siguen siendo las establecidas por el marco normativo en su conjunto y, por tanto, ellos comparten una necesaria adecuación del acuerdo contractual (lex privata,) a las mismas. Así, el principio de buena fe se hace presente, se extiende de igual forma, en el contenido de eticidad de cada acto que deba examinarse a la luz d...
... Berlín. . GALGANO, F. (1992). El negocio jurídico , Val...Buenos Aires: Abeledo Perrot. . STOLL (1936). Die lehre von den leistungsstor-ungen . Tubinge...
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Ley 599 de 2000 artículos 122, 123 (parcial), y 124, modificados por el art. 14 de la ley 890 de 2004; y 32, numeral 7 de la ley 599 de 2000 código penal. Aborto, aborto sin consentimiento, circunstancias de atenuación punitiva y ausencia de responsabilidad penal. Casos en que no constituye delito. Los demandantes consideran que las normas demandadas violan el derecho a la dignidad, la autonomía reproductiva y al libre desarrollo de la personalidad establecidos en el preámbulo, los artículos 1°, 11, 12, 13, 15, 16, 42, 43, 49 y 93 numeral 2º de la constitución política. Inexistencia de cosa juzgada material o formal respecto de decisiones previas adoptadas por esta corporación. La cosa juzgada material no puede ser entendida como una petrificación de la jurisprudencia sino como un meca...
...Código Penal de 1936. ''Artículo 389. Aborto para salvar el honor. Cua...Berlin, Isaiah. '' Cuatro Ensayos sobre la libertad '' Al...
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Capítulo I. Derecho real de dominio o propiedad - Capítulo II. Propiedades especiales o sui géneris - Capítulo III. Derechos reales limitados - Capítulo IV. Derecho real provisional de posesión
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Este artículo pretende analizar, según la metodología del constitucionalismo comparado, la difusión del constitucionalismo social en la América de la primera mitad del siglo XX. En primer lugar, se quiere contextualizar el ascenso de este complemento clave del constitucionalismo liberal del siglo XIX, discutiendo tanto las influencias de la transformación hacia la sociedad industrial como los cambios paradigmáticos. Seguidamente se presenta el texto originario de la tendencia socioeconómica en las Américas, es decir, la constitución mexicana de 1917, para analizar en los capítulos posteriores la ola americana de difusión de las constituciones social-liberales entre Perú y Argentina, así como las tendencias absolutamente opuestas en algunas "repúblicas bananeras" de Centro-América. Final...
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... donde un grupo de médicos y cirujanos de Berlín partidarios de ideas similares, presentaron en 184... (Liberal) y el Acto Legislativo N° 1 de 1936, sancionado por Alfonso López Pumarejo (Liberal)....
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Seguridad social, vida digna, mínimo vital. La corte analiza si las entidades demandadas conculcaron derechos fundamentales del accionante, al negarle el reconocimiento de la pensión de jubilación o de vejez, a pesar de haber laborado durante varios años antes de entrar en vigencia la obligatoriedad de las empresas empleadoras de afiliar a los trabajadores al sistema de seguridad social en pensiones y de registrar ante el iss más de 1.100 semanas de cotización. La sala al determinar la procedencia de la acción de tutela en el presente caso, resalta que el actor es un sujeto de especial protección constitucional, por ser una persona de 86 años de edad que se encuentra en situación de debilidad manifiesta. Se encuentra improcedente la pretensión del actor frente al reconocimiento de la pe...
...Solo hasta la reforma introducida en 1936 a la Constitución de la época, se previó esa ga... Sociales de la Embajada de España en Berlín, El Seguro Social de Dependencia, República Feder...