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Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 7 y 10, 19. 65 (parciales) de la ley 1453 de 2011. Por medio de la cual se reforma el código penal, el código de procedimiento penal, el código de la infancia y la adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones. La corte considera que el actor construyó cuatro cargos de inconstitucionalidad que sintetizó en: 1º. Vulneración del derecho al debido proceso, específicamente al principio non bis in ídem. 2º. Infracción del principio de estricta legalidad penal, integrante del derecho al debido proceso. 3º. Desconocimiento del orden justo contenido en la constitución política y 4º. Quebrantamiento del principio de presunción de inocencia. La corte concluye que: el tipo penal de uso de menores de ed...
... por lo que se vulnera la prohibición de doble incriminación o non bis ídem establecida en el a...
...ARTÍCULO 11. Prohibición de doble incriminación. A nadie se podrá imputar más de ...
Ley 599 de 2000. Art 8. Codigo penal. Normas rectoras de la ley penal colombiana. Prohibicion de doble incriminacion. Cosa juzgada relativa. Principio non bis in idem frente al derecho internacional. Exequible.
... atencion al principio constitucional de la doble incriminacion. 3. Que la recurrente fundamenta su...
Ley 599 de 2000. Arts: 8 (p), 16 num 1º (p), 17 inc 2º(p), 31 parg (p), 32 num 4º inc 2º (p), 38 inc 1º (p), 101(p), 106, 118(p) y 401. Codigo penal. Prohibicion de doble incriminacion. Extraterritorialidad. Sentencia extranjera. Concurso de conductas punibles. Ausencia de responsabilidad. Prision domiciliaria como sustitutiva . Homicidio por piedad. Circunstancias de atenuacion punitiva. Exequible; inhibida.
EXTRADICION - Requisitos del C.P.P.: concepto de validez formal; sólo en relación con conductas posteriores al 11 de diciembre de 1997: se rigen por las normas del C.P.P. La resoluciones demandadas fueron expedidas por el Presidente de la República, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del C.P.P. el cual consagra: “Artículo 509. La extradición. La extradición se podrá solicitar, conceder u ofrecer de acuerdo con los tratados públicos y, en su defecto, con la ley. La extradición no procederá por delitos políticos. No procederá la extradición de colombianos por nacimiento cuando se trate de hechos cometidos con anterioridad al 16 de diciembre de 1997”. Por su parte, el artículo 520, ibídem, señala que la Corte Suprema de Justicia, fundamentará su concepto en la vali...
... del solicitado, el principio de la doble incriminación, la equivalencia de la providencia ...
Ley 600 de 2000. Art. 220 (p.). Codigo de procedimiento penal. Accion de revision. Procedencia contra sentencias ejecutoriadas en casos de preclusion de la investigacion, cesacion de procedimiento y sentencias absolutorias o condenatorias. Surgimiento de hechos y pruebas nuevas. Falsedad probatoria. Victimas por violacion de derechos humanos e infraccion al derecho internacional humanitario. Integracion de unidad normativa. Principios de doble incriminacion o non bis in idem y cosa juzgada. Pacto internacional de derechos civiles y politicos. Exequibles.
... atencion al principio constitucional de la doble incriminacion. 3. Que la recurrente fundamenta su...
...ARTÍCULO 8. PROHIBICIÓN DE DOBLE INCRIMINACIÓN. A nadie se le podrá imputar más ...
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