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La Sala considera que es competente para decidir las pretensiones toda vez que con la presentación de la demanda y la contestación de la misma las partes renunciaron a someter el litigio a un tribunal de arbitramento; esto es, prescindieron de la utilización de la cláusula compromisoria. Se tiene que la parte actora, al instaurar la demanda, renunció tácitamente a acudir ante un tribunal de arbitramento. Lo mismo sucedió con la parte demandada, dado que, en la oportunidad pertinente, no propuso la excepción de cláusula compromisoria. Debe concluirse, por lo tanto, que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer del proceso y resolver, en consecuencia, todas las pretensiones objeto de las demandas formuladas. Nota de Relatoría: Ver sentencias del 22 d...
... fuerza mayor y otros constitutivos de la exceptio non adimpleti contractus, nacida del.. incumplimie...
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... es mayormente conocida cola exceptio nos adimpleti contractus o excepcion de contrato ...
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Capítulo I. Derecho real de dominio o propiedad - Capítulo II. Propiedades especiales o sui géneris - Capítulo III. Derechos reales limitados - Capítulo IV. Derecho real provisional de posesión
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INTERES PARA RECURRIR-Recurso de apelación.
No obstante que el recurso interpuesto por el apoderado de la Industria Licorera de Caldas fue admitido, a la hora de resolver se advierte que, en este caso, el apelante carecía de interés jurídico para interponerlo, toda vez que la sentencia no le fue desfavorable. En efecto, el artículo 350 del C.P.C. -aplicable al presente proceso por expresa remisión del artículo 267 del Código Contencioso Administrativo- referente a los fines de la apelación y el interés para interponerla, establece en su segundo inciso que “podrá interponer el recurso la parte a quien le haya sido desfavorable la providencia”, lo que quiere decir que si la misma no decide nada en contra de la parte, ella carecerá de interés para interponer el respectivo recurso; y eso f...
... 1609 del Código Civil, que consagra la exceptio non adimpleti contractus, es decir la excepción d...
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... de contrato no cumplido – exceptio non adimpleti contractus”. 3.- Tramitado el pro...
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INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL - Normatividad Decreto ley 222 de 1983 y Ley 80 de 1993
En cualquier tipo de contrato que celebre la administración pública, se establece un plazo, de conformidad con su objeto, en el cual el contratista debe cumplir con su obligación principal (construir la obra, entregar los suministros, etc.) y una vez vencido la administración podrá ejercer sus potestades sancionatorias frente al incumplimiento del cocontratante. De manera que el vencimiento del plazo previsto en el contrato sin que el contratista haya satisfecho sus prestaciones o las haya atendido tardía o defectuosamente, configura el incumplimiento contractual. En estos casos, opera automáticamente la mora sin necesidad de reconvención o intimación para que el contratista cumpla la prestación de confo...
... No es posible examinar la teoría de la exceptio non adimpleti contractus, sugerida en la demanda, ...
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EXCEPTIO NON ADIMPLETI CONTRACTUS –La exceptio non adimpleti contractus es una regla legal y de equidad que orienta los contratos que son fuente de obligaciones correlativas o sinalagmáticas; está prevista así en el Código Civil: “En los contratos bilaterales ninguno de los contratantes está en mora dejando de cumplir lo pactado, mientras el otro no lo cumpla por su parte, o no se allana a cumplirlo en la forma y tiempo debidos.” (art. 1609). Por virtud de la excepción de contrato no cumplido la parte contratista está legitimada, legalmente, para no ejecutar sus obligaciones mientras su co contratante no ejecute las propias. La aplicación de esta figura legal respecto de las relaciones jurídicas derivadas de los contratos estatales fue acogida por la jurisprudencia luego de un important...
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En la contratación estatal no está prevista la acción de cumplimiento, entendida como aquella orientada a que ante el incumplimiento de la entidad pública de las obligaciones contractuales a su cargo, pueda exigírsele que las cumpla o que el juez ordene la ejecución del contrato, como tampoco cabe exigir el cumplimiento judicial del contratista si fue éste el que incumplió el contrato. En el primero de los casos, se está frente a una responsabilidad contractual y cabe solicitar al juez que ordene a la administración reconocer y pagar los perjuicios que con su conducta causó al contratista y en el segundo, existen las medidas coercitivas y las potestades sancionatorias atribuidas a la administración por la ley para asegurar la ejecución del objeto contractual. Así se desprende del art. ...
...1609 del Código Civil - exceptio non adimpleti contractus - y en lo que se fundamen...
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Observa la Sala que, con fundamento en las pruebas practicadas, el Tribunal concluyó que las dos partes incurrieron en incumplimiento del contrato celebrado, punto que, como se vio anteriormente, era objeto de las pretensiones formuladas por cada una de ellas. Y si bien el Instituto Distrital de Tránsito y Transporte de Barranquilla no alegó la excepción de contrato no cumplido, o exceptio non adimpleti contractus, prevista en el artículo 1609 del Código Civil, dado que no aceptó su propio incumplimiento, el Tribunal la consideró probada de oficio. Según la norma citada, en los contratos bilaterales ninguno de los contratantes está en mora dejando de cumplir lo pactado, mientras el otro no lo cumpla por su parte, o no se allane a cumplirlo en la forma y tiempo debidos. Pero, además d...
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En el caso concreto se produjo un acto administrativo por medio del cual el departamento de Antioquia declaró el incumplimiento del contratista, dispuso la liquidación del contrato, hizo efectiva la cláusula penal pecuniaria y las correspondientes garantías. El contratista formuló la pretensión de nulidad de la resolución por medio de la cual el departamento de Antioquia confirmó la resolución declaratoria del incumplimiento del contratista; sin embargo, no demandó la nulidad del acto de conformidad con lo exigido por la ley. La resolución por medio de la cual el departamento declaró el incumplimiento del contratista, está cobijada por la presunción de legalidad y si el contratista pretende demostrar que los motivos del mismo son falsos, sea porque él sí cumplió el contrato o se allanó ...
...La exceptio non adimpleti contractus, está prevista en el art...