Gastos electorales
- Resolución número 4737 de 2023, por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, y de las consultas populares, internas e interpartidistas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo 'cuentas claras', y se dictan otras disposiciones
- Resolución número 5881 de 2021, por medio de la cual se establece el procedimiento para el registro de libros contables, la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, y la reposición de gastos de campaña para las elecciones de las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes 2022-2026 y 2026-2030
- Resolución número 8586 de 2021, por la cual se corrige la Resolución número 8262 del 17 de noviembre de 2021, 'por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, consultas populares de las agrupaciones políticas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo 'cuentas claras'y se dictan otras disposiciones
- Resolución número 8262 de 2021, por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, consultas populares de las agrupaciones políticas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo 'cuentas claras' y se dictan otra sdisposiciones
- Resolución número 0669 de 2023, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones a asambleas, concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales; que se lleven a cabo durante el año 2023, y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 0670 de 2023, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales a los cargos uninominales, de los candidatos que se inscriban para las elecciones a gobernaciones, alcaldías distritales y municipales; que se lleven a cabo durante el año 2023, y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
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Gastos de campañas electorales
Sanción a partidos o movimientos políticos por violación de límites. Corresponde al Consejo Nacional Electoral
- Resolución número 3569 de 2023, por la cual se reglamentan los sistemas de auditoría interna y externa de los ingresos y gastos de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y de las campañas electorales y se adoptan otras decisiones
- Resolución número 0254 de 2019, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones a Asambleas, Concejos municipales o distritales y Juntas Administradoras Locales, que se lleven a cabo durante el año 2019 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 0253 de 2019, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales a los cargos uninominales de los candidatos que se inscriban para las elecciones a gobernaciones y alcaldías distritales y municipales, que se lleven a cabo durante el año 2019 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 2796 de 2017, por la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las acstas de candidatos al Senado de la República y a la Cámara de Representantes para las elecciones de 2018, se establece el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas, y se fija el valor de reposición por voto válido
- Resolución número 0227 de 2021, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos al Senado de la República y a la Cámara de Representantes para las elecciones de 2022, se establece el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas, y se fija el valor de reposición por voto válido
- Resolución número 0698 de 2022, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones atípicas a asambleas, concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales, que se lleven a cabo durante el año 2022 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución Número 0110 de 2020, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones a asambleas, concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales, que se lleven a cabo durante el año 2020 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 0697 de 2022, por medio de la cual, se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales a los cargos uninominales de los candidatos que se inscriban para las elecciones a gobernaciones y alcaldías distritales y municipales, que se lleven a cabo durante el año 2022, y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 0141 de 2021, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales a los cargos uninominales de los candidatos que se inscriban para las elecciones atípicas a gobernaciones y alcaldías distritales y municipales, que se lleven a cabo durante el año 2021, y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
- Resolución número 0117 de 2018, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales, de los candidatos que se inscriban para las elecciones a Gobernación, Asambleas, Alcaldías, Concejos, y Juntas Administradoras Locales, que se lleven a cabo durante el año 2018 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
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Gastos de las campañas electorales
Para elecciones populares. Límites
- Resolución número 5877 de 2021, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos de las organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de las mujeres, y grupos significativos de ciudadanos, así como los consejos comunitarios, los resguardos y las autoridades indígenas y las Kumpañy, en las elecciones para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz de la Cámara de Representantes que se llevarán a cabo en el año 2022, se establece el monto máximo que cada organización puede invertir en ellas, y se fija el valor de reposición por voto válido
- Resolución número 5383 de 2023, por medio de la cual se modifica el artículo 31 de la Resolución número 4737 del 5 de julio de 2023, 'por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, y de las consultas populares, internas e interpartidistas; se establece el uso obligatorio del software aplicativo 'cuentas claras', y se dictan otras disposiciones'
- Resolución número 0142 de 2021, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones atípicas a asambleas, concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales, que se lleven a cabo durante el año 2021 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas
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Reposición de gastos electorales tiene límites
De acuerdo con la Constitución y la ley, el Estado financia la organización y el funcionamiento de los partidos políticos y las campañas que adelanten, así como las de los candidatos que avalen. Para obtener dicha financiación, que es el mayor aporte...
- Resolución número 2586 de 2017, por la cual se reajustan el tope de los de gastos a invertir en las campañas electorales por los candidatos a la Presidencia de la República en primera y segunda vuelta y el valor de reposición por voto válido que se obtengan en las elecciones para Presidente de la República que se celebren en el 2018
- Resolución número 0694 de 2022, por la cual se reajusta el tope de los gastos a invertir en las campañas electorales por los candidatos a la Presidencia de la República en primera y segunda vuelta, y el valor de reposición por voto válido que se obtengan en las elecciones para Presidente de la República que se celebren en el 2022
- Resolución número 0170 de 2017, por medio de la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de las listas de candidatos que se inscriban para las elecciones a asambleas, concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales que se lleven a cabo durante el año 2017 y el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas