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... el llamado interés contractual negativo (id quod interest contractum initium non fuisse), en contra...
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Capítulo I. Derecho real de dominio o propiedad - Capítulo II. Propiedades especiales o sui géneris - Capítulo III. Derechos reales limitados - Capítulo IV. Derecho real provisional de posesión
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En este artículo resultado de investigación se plantea la discusión sobre la responsabilidad del vendedor en el contrato de compraventa señalándose que ésta no puede ser reducida al problema de la obligación de trasmitir la propiedad y al saneamiento por evicción por la privación de la cosa. Se abordan diversos supuestos: vendedor de buena y mala fe, comprador de buena y de mala fe, obligación estricta de transmitir la propiedad, obligación de poner los medios para transmitir la propiedad, obligación de transmitir la cosa libre de derechos ajenos (reales, obligacionales) y de limitaciones legales contrarias al interés del comprador protegido por el contrato, obligación de transmitir libre d...
... rem esse titulum dominii ab ipso dominio: id quod negligentius quidam Parisiensium considerant». En...
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« Texts serve contexts », runs a common rule of legal practice. Taking into account this basic yet revealing insight, it will be argued in this paper that constitutionalist doctrine as it was developed by Francisco Suárez in early modern times basically is to be considered as the outcome of the power struggle between the Church, its protestant rivals and increasingly ambitious secular authorities. By stressing its natural and contractual origins, Suárez's « natural » account of political power was geared towards bringing down to earth the lofty ambitions of absolutist princes who increasingly tried to fish into the Church's ponds. From a methodological point of view, in a « humanistic » vain this paper foremostly seeks to foster a return to a close-reading of Suárez's De legibus a...
... of positive law are calculations of self-interest. For anyone understands after a while that it is b... Dig. 1, 4, 1 and Inst. 1, 2: «Quod principi placuit, legis habet vigorem: utpote cum ...
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Consideraciones preliminares.- II. La explicación en clave de error.- 1. Planteamiento de la cuestión.- 2. Consideraciones críticas.- 2.1. La falta de identidad entre los supuestos de hecho contemplados en los arts. 1484 y 1266 C.C.- 2.1.1. Vicio oculto y error esencial.- 2.1.2. Vicio oculto y error excusable.- 2.2. El significado del error del comprador en las acciones edilicias.- 2.3. La diversidad de consecuencias jurídicas ligadas al ejercicio de las acciones.- 2.4. La posibilidad de exclusión convencional de la obligación de saneamiento frente a la inderogabilidad de las normas de protección del consentimiento.- 3. Recapitulación: la compatibilidad de las acciones edilicias con la acción de anulación por error...
... pour entretenir la négligence: “Damnum, quod quis culpâ suâ non sentit, non videtur sentire... ea nota habere venditor: necque enim interest emptoris, cur fallatur, ignorantia venditoris an c...