regimen transicion articulo 36

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3.660 documentos para regimen transicion articulo 36
  • Mínimo vital, seguridad social, igualdad. Se acumulan expedientes por unidad de materia. En todos los casos estudiados se presenta una situación en la que el accionante es una persona de la tercera edad que solicita al iss el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, pero la petición es negada bajo el argumento de no cumplirse los requisitos legales para acceder a tal prestación. A fin de resolver el asunto materia de estudio, la sala se pronunció sobre los siguientes temas: i). Derecho a la pensión de vejez, ii).procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de vejez a personas de la tercera edad, iii). La acción de tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, iv). La mora en el pago de aportes y cotizaciones a pensió...

    ..., específicamente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9º de la Constitución Nacional ... 56 años, por lo que es beneficiario del régimen de transición. . 2. Afirmó que trabajó en la ... de 1993 conforme a lo plasmado en el artículo 36 de la misma y que nos remite en este caso específ...

  • Seguridad social. El actor solicita el traslado del régimen de ahorro individual al régimen de prima media, dicho traslado le fue negado por faltarle menos de 10 años para acceder a la pensión. La corte pasa a pronunciarse sobre la seguridad social como derecho constitucional fundamental y su protección por medio de la acción de tutela, los aspectos generales de los regímenes pensionales creados por la ley 100 de 1993, el régimen de transición del artículo 36, y el traslado de régimen en estos casos, el decreto 3995 de 2008, el requisito de equivalencia del ahorro y las opciones ante su incumplimiento, se ordena a las entidades accionadas que procedan a verificar, de forma coordinada, el cumplimiento por parte del actor del requisito de equivalencia del ahorro, en caso de encontrarse sa...

  • Petición, mínimo vital, seguridad social. El cónyuge de la accionante falleció en junio de 2009 y ésta, mediante derecho de petición, solicitó a la entidad accionada que le fuera reconocida la pensión de vejez a su esposo y de manera simultánea, se procediera a ordenar la sustitución pensional a su nombre, por ser la única beneficiaria de la misma. Respecto a su petición no obtuvo comunicación alguna y solo, recibió respuesta a una petición que en el año 2007 hiciera su difunto esposo, en el sentido de informar que la solicitud de pensión se encontraba en el plan de contingencia, en estudio, para resolver en el menor tiempo posible. La sala hace reiteración de jurisprudencia sobre: i). Procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de derechos pensionales, ii). Término para r...

    ..., específicamente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9º de la Constitución Nacional ... liquidar la pensión “por vía del régimen de transición (…), con el equivalente al [75%] d...tica y en concordancia con los artículos 31 a 36 del Decreto 2591 de 1991. . . El expediente de l...

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    ...CAPÍTULO I. Principios generales. ARTÍCULO 1. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. El sistem... Estado garantizar la solidaridad en el régimen de Seguridad Social mediante su participación, co... las condiciones del régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 199...

  • Debido proceso, igualdad, favorabilidad, seguridad social. La accionante solicita el traslado del régimen de ahorro individual, al régimen de prima media con prestación definida, dicho traslado le ha sido negado por faltarle menos de diez años para acceder a la pensión y por no hacer parte del régimen de transición. La sala pasa a estudiar los aspectos generales de los regímenes pensionales creados por la ley 100 de 1993, el régimen de transición del artículo 36 de la ley 100 de 1993, los planteamientos jurisprudenciales unificados sobre el traslado del régimen de ahorro individual al régimen de prima media en el caso de los beneficiarios del régimen de transición, se concluye que la accionante cumple con los requisitos para acceder al traslado de régimen, se ordena a las entidades veri...

  • Seguridad social, mínimo vital. El accionante solicita el reconocimiento y pago de su pensión de vejez, ya que considera ser beneficiario del régimen de transición y por lo tanto se le debe aplicar el artículo 1 la ley 33 de 1985, el cual regula el régimen pensional de los empleados oficiales y el pago de la pensión por parte de las cajas de compensación, el iss se niega a reconocerle la pensión aduciendo que al haberse realizado las cotizaciones a esta entidad y no a una caja de compensación, los empleadores del sector público se asimilan a empleados del sector privado y los requisitos para acceder a la pensión son distintos. La sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de pensiones, la pensión de vejez en ...

    ... de transición consagrado en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993; por tanto considera que deb...

  • Seguridad social, mínimo vital. Tutela contra decisión judicial. El demandante trabajó con la universidad de antioquia por espacio de 22 años y dicha institución le denegó la pensión vitalicia de jubilación, bajo el argumento de que la normatividad aplicable para reconocer dicha prestación era la ley 33 de 1985 y no la ley 6ª de 1945, situación que lo conducía al incumplimiento de los requisitos exigidos y a la necesidad de tramitar su pensión ante el iss. La resolución nugatoria fue demandada en acción de nulidad y restablecimiento del derecho y la segunda instancia absolvió al ente universitario de todas las pretensiones formuladas en su contra por el actor, y dicha decisión no fue casada por la corte suprema de justicia. Para estudiar y resolver el caso la sala se pronunció sobre la ...

    ..., por lo que, si bien es beneficiario del régimen de transición consagrado en el Artículo 36 de la...

  • Seguridad social, debido proceso, igualdad. Se acumulan expedientes por unidad de materia. Los accionantes solicitan se autorice su traslado del régimen de ahorro individual al régimen de prima media con prestación definida, alegando pertenecer al régimen de transición creado por la ley 100 de 1993. La sala estudia los requisitos establecidos por el legislador para aplicar el régimen de transición contenido en el artículo 36 de la ley 100 de 1993 y sus antecedentes jurisprudenciales, se aclara que si bien las personas amparadas por el régimen de transición pueden regresar en cualquier tiempo al régimen de prima media, se encuentra que los actores no cumplen con los requisitos para hacer parte del régimen de transición, por lo tanto se decide denegar las pretensiones invocadas. Niega....

  • Seguridad social, vida digna, mínimo vital. La corte analiza si las entidades demandadas conculcaron derechos fundamentales del accionante, al negarle el reconocimiento de la pensión de jubilación o de vejez, a pesar de haber laborado durante varios años antes de entrar en vigencia la obligatoriedad de las empresas empleadoras de afiliar a los trabajadores al sistema de seguridad social en pensiones y de registrar ante el iss más de 1.100 semanas de cotización. La sala al determinar la procedencia de la acción de tutela en el presente caso, resalta que el actor es un sujeto de especial protección constitucional, por ser una persona de 86 años de edad que se encuentra en situación de debilidad manifiesta. Se encuentra improcedente la pretensión del actor frente al reconocimiento de la pe...

    ..., en virtud de lo ordenado por el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991; en mayo 31 de 2011, l... y 241 numeral 9º de la Constitución y 31 a 36 del Decreto 2591 de 1991.            ... para incluir de manera progresiva el régimen de protección de los derechos aludidos en el Prot... implementación de un sistema de transición para la expedición de una nueva legislación cuyo...

  • Ley 860 de 2003 art. 4. Disposiciones en materia de pensiones modifica y adiciona el regimen de transición previsto en el articulo 36 de la ley 100 de 1993. Principios que orientan el desarrollo del tramite legislativo . Consecutividad e identidad.  requisitos exigidos por la constitucion para el tramite de proyectos de ley. Importancia para la legitimidad del tramite legislativo de la realización efectiva de los debates. Vicios de procedimiento insubsanables en el tramite del texto del articulo 4º de la ley 860/03. Derechos adquiridos frente a expectativas legitimas y su proteccion. Condiciones para continuar en el regimen de transición no pueden ser cambiadas. Inexequible.



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