TACHA DE FALSEDAD - Supuestos de procedencia.FALSEDAD - Clases: ideológica y material:
El artículo 289 del Código de Procedimiento Civil, regula la procedencia de la tacha de falsedad. La doctrina y la jurisprudencia han clasificado la falsedad en ideológica o intelectual y en material; la primera ocurre cuando el documento mantiene en su integridad sus características propias, pero las manifestaciones que se hacen en él son contrarias a la realidad, y la segunda, cuando después de haberse expedido, se ha alterado el texto del documento, bien mediante enmiendas, borrados, interpolación, raspaduras, supresiones, etc. También coinciden la doctrina y la jurisprudencia en afirmar que el incidente de la tacha de falsedad previsto en los artículos 289 y s.s. del Código de Procedimiento Civil...
... más por circunstancias como el deseo de renovar las tradicionales instituciones políticas, establ...