Audiencia de asignación de riesgos - La licitación pública - Etapas de la contratación estatal - Prácticos vLex - VLEX 590688066

Audiencia de asignación de riesgos

En la sección "La distribución de riesgos en la contratación estatal" de esta obra se explica ampliamente lo relativo a la distribución de riesgos en la contratación estatal, por lo que nos remitimos a esas líneas como punto de partida del presente apartado.

En cuanto a la audiencia que tiene por objeto definir la estimación, tipificación y asignación de riesgos, el art. 4º de la Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos, establece:

DE LA DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS EN LOS CONTRATOS ESTATALES. Los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. En las licitaciones públicas, los pliegos de condiciones de las entidades estatales deberán señalar el momento en el que, con anterioridad a la presentación de las ofertas, los oferentes y la entidad revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva.”

Por su parte, el art. 39 del Decreto número 1510 de 2013, hoy artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, reitera la obligatoriedad por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública}} reitera la obligatoriedad de la audiencia de asignación de riesgos, cuya fecha y hora de celebración debe estar expresamente señalada en el cronograma incluido en el Pliego de Condiciones del proceso de selección, conforme dispone el mandato legal citado.

Apunta también la misma norma que

“En la audiencia de asignación de riesgos, la entidad estatal debe presentar el análisis de riesgos efectuado y hacer la asignación de riesgos definitiva”.

En este orden de ideas, la audiencia de asignación es la oportunidad en las que los interesados en participar en el proceso de selección presentando sus ofertas, pueden y deben poner de presente las observaciones, dudas y sugerencias que hasta entonces no hayan trasladado a la administración, en relación con los riesgos asociados al contrato identificados por entidad contratante en el pliego de condiciones u otros advertidos por los particulares, la forma de mitigarlos y su distribución entre las partes contratantes.

Es del caso destacar que, como se explica ampliamente en la sección "Principios específicos que rigen la contratación estatal" de esta obra, en recientes providencias el Consejo...

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