Proyecto de ley 258 de 2011 cámara - 27 de Mayo de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451399126

Proyecto de ley 258 de 2011 cámara

PROYECTO DE LEY 258 DE 2011 CÁMARA. por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 13 del Decreto 785 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1º A partir de la vigencia de la presente ley, el artículo 13 del Decreto 785 de 2005, tendrá un parágrafo, el cual quedará así:

Parágrafo. Además de los requisitos de estudio y experiencias fijados en el presente artículo, los Departamentos, Distritos y Municipios tendrán unas categorías en el Nivel Profesional de su planta de cargos, a los cuales no se les exigirá experiencia profesional y relacionada.

Las autoridades competentes en un término no superior a doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, procederán a ajustar los respectivos manuales específicos de funciones y requisitos, señalando las competencias laborales para el ejercicio de los empleos que conforman su planta de personal.

Artículo 2º La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y modifica en lo pertinente al Decreto 785 de 2005.

Obed de Jesús Zuluaga Henao,

Representante a la Cámara.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Objeto

Como primer medida, se tiene que la Ley de Formalización y Primer Empleo, si bien contempló la generación de puestos de trabajo formales, facilitando la vinculación laboral de jóvenes, solamente lo hizo para el sector privado, dejando a un lado la entidad pública, la cual también debe entrar a formar parte de la generación de empleo de profesionales que quieren vincularse, pero que aún no cuentan con la experiencia profesional requerida, motivo para que esta propuesta sea acogida propendiendo por la generación de empleo en las entidades Territoriales, quienes en todos sus niveles están requiriendo para el ingreso experiencia.

Es por esto, que este proyecto va en línea a mejorar el acceso al mercado laboral de aquella población de profesionales que pese a haber obtenido un título, no han podido acceder a convocatorias, toda vez que dentro de los muchos requisitos exigidos, se encuentra el de acreditar como mínimo doce (12) meses de experiencia profesional y relacionada, lo que se traduce en la no posibilidad de participar en estos procesos una vez culminen sus estudios profesionales y obtengan un título que los acredite como tal, puesto que para adquirir esta experiencia se requiere ejercer el empleo o actividad con funciones similares al del cargo a proveer.

La exigencia de estos requisitos limitan a la población de profesionales que aún no han podido adquirir una experiencia después de graduados, por lo que el objeto de la presente ley es obligar a las entidades territoriales para que dentro del nivel profesional tengan unas categorías a las cuales no se les exija la experiencia relacionada y profesional, lo que se traduciría en que un mayor grupo de colombianos pueda participar en concursos convocados por organismos y entidades del orden nacional ampliando la generación de empleos y la informalidad en la que muchos de ellos se encuentran.

El proyecto de ley que presento busca facilitar que más personas profesionales puedan enfrentar los retos una vez culminan sus estudios de pregrado, pudiendo acceder a empleos formales y que perciban un ingreso estable, lo que significa un incentivo de más para especializarse y ser mejores profesionales, además evitar que muchos de ellos deserten de sus estudios universitarios, ofreciéndoles la oportunidad de adquirir experiencia, y puedan participar de forma competitiva en el mercado de oferta y demanda, en especial para las entidades públicas que se encuentran en procesos de vinculación mediante concursos de mérito.

Es bien sabido que las Universidades son instituciones que buscan la excelencia académica e imparten una formación crítica y ética para afianzar en los estudiantes las responsabilidades sociales y compromisos con el entorno, los preparan integralmente y desarrollan en ellos un proyecto de vida académico y profesional sobresaliente, basados en actividades investigativas y prácticas, graduando profesionales solidarios, auténticos, austeros, dotados con criterio, capaces de resistir la intimidación y de enfrentar la corrupción, es decir, profesionales íntegros, con grandes conocimientos teóricos y prácticos con excelentes conocimientos y habilidades en manejo de herramientas ofimáticas, lo que es suficiente para desempeñar estos cargos sin necesidad de experiencia que así lo acredite.

Es obligación del Estado colombiano garantizar que los profesionales que terminaron sus estudios superiores accedan a los espacios laborales donde podrán desempeñarse adquiriendo así, la experiencia profesional necesaria para abrirse paso en el mundo laboral; además no es desconocido que para ingresar a laborar se exige experiencia, sin embargo en muchos casos no existen o son muy limitados los espacios en las entidades públicas donde estos puedan realizar una labor y que esta sea tenida en cuenta como experiencia profesional.

Cuando el número de profesionales desempleados crece por encima de niveles que...

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