RESPONSABILIDAD DE UNA CONSTRUCTORA POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO COLOMBIA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, M.P. LUIS ALONSO RICO PUERTA, 15 DE FEBRERO DE 2021. SENTENCIA SC299-2021 - Núm. 8, Septiembre 2021 - Boletín del Centro de Estudios de Derecho Comparado - Noticias - VLEX 876191897

RESPONSABILIDAD DE UNA CONSTRUCTORA POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO COLOMBIA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, M.P. LUIS ALONSO RICO PUERTA, 15 DE FEBRERO DE 2021. SENTENCIA SC299-2021

AutorISABELA URIBE GIRALDO
CargoUniversidad de La Sabana

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, resolvió un recurso de casación interpuesto por una sociedad comercial en contra de una sentencia de segunda instancia, en el marco de un proceso iniciado por esta en contra de dos sociedades más. Estas, celebraron un contrato de fiducia mercantil para llevar a cabo un proyecto de construcción de inmuebles en la ciudad de Cartagena. La sociedad accionante celebró un contrato de compraventa con ellas sobre uno de los inmuebles de aquel proyecto, el cual el día de la entrega contaba con defectos e imperfecciones en la construcción; ocasionando gastos significativos por las reparaciones para la demandante.

En decisión de primera instancia, se condenó a una de las sociedades demandadas a indemnizar a la demandante por los perjuicios causados, lo cual fue apelado por ambas demandadas. Así, en fallo de segunda instancia el tribunal revocó parcialmente lo decidido en primera instancia, al establecer que sí bien hubo un incumplimiento contractual por parte de la demandada al ejecutar de manera defectuosa la obligación, no se logró demostrar el perjuicio patrimonial, su cantidad y quién la asumió. Esto, porque los pagos por las reparaciones se encontraban a nombre del gerente de la sociedad accionante y otra sociedad familiar. Así mismo, según el tribunal, se debía probar los gastos en que se incurrieron a través de los libros contables de la sociedad, lo cual no se hizo...

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