Boletín del Centro de Estudios de Derecho Comparado - News

Boletín del Centro de Estudios de Derecho Comparado

Editorial:
Centro de Estudios de Derecho Comparado
Fecha publicación:
2019-10-22

Descripción:

El Centro de Estudios de Derecho Comparado, fundado en 2016, es una red  académica internacional que busca contribuir al estudio de la armonización jurídica en hispano américa, especialmente en los campos de contratos, sociedades y arbitraje. Sus integrantes, son profesores de universidades europeas y americanas con amplia experiencia en docencia e investigación y reconocidos autores. La idea de su creación se gestó a partir de varios encuentros acaecidos en foros y congresos académicos realizados en Bogotá, Madrid, Lléida, Santiago de Chile y Valparaíso. El Centro de Estudios de Derecho Comparado ha establecido alianzas con otras importantes instituciones, academias y centros de Estudio en Europa y América, tales como el grupo Commenda de la Universidad de Valenci (España), el Centro de Estudios de Derecho Privado Latinoamericano de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (Chile),  la Academia Internacional de Derecho Comparado (Francia) y también reconocidas editoriales.

Últimos documentos

  • Las cláusulas de exclusividad y la sana competencia: A propósito de la sentencia SC205-2023

    La sentencia SC205-2023 de la Corte Suprema de Justicia aborda la cuestión de si las cláusulas de exclusividad constituyen una violación del derecho a la libre competencia. En términos generales, la sentencia argumenta que estas cláusulas no están prohibidas por la ley, y no se puede afirmar que afecten la libre competencia per se. Solo se consideran desleales cuando su propósito o efecto es restringir el acceso de los competidores o monopolizar la distribución de productos o servicios. En todo caso, la sentencia sostiene que es responsabilidad del juez evaluar de manera individual las características del mercado específico con el objetivo de determinar si los compradores se ven afectados

  • La revolución de la inteligencia artificial en la música y la pantalla, y su danza con los derechos fundamentales

    La incursión de la inteligencia artificial en la música y el cine desafía la protección de datos personales y la autodeterminación informativa de los artistas. Aunque la legislación colombiana ofrece un marco para salvaguardar estos derechos, la práctica revela la necesidad de adaptar la ley a la velocidad del progreso tecnológico, teniendo en cuenta por ejemplo, aspectos como la trazabilidad de las acciones ejecutadas con IA. Es imperativo fomentar un diálogo entre todas las partes interesadas para asegurar que el avance de la IA no se haga a expensas de los derechos fundamentales

  • El contrato de promesa de compraventa: la determinación del objeto del contrato prometido. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia SC313-2023 del 5 de octubre de 2023, M.P. Francisco Ternera Barrios

    En la celebración del contrato de promesa es preciso el cumplimiento de los cuatro requisitos consagrados en el artículo 1611 del Código Civil para que el contrato pueda producir efectos. Al respecto del requerimiento consagrado en el numeral cuarto de dicha norma, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en un pronunciamiento sobre este contrato, sentó su postura sobre el contenido de dicha exigencia en la Sentencia SC313-2023.

  • La tasa de interés moratorio aplicable a las obligaciones pactadas en dolares de los Estados Unidos en derecho colombiano

    Supóngase que se celebra un contrato en virtud del cual una de las partes asume una obligación dineraria conforme a la ley colombiana, representada en dólares de los Estados Unidos. La pregunta que surge es: ¿cuál sería la tasa de interés aplicable para el cálculo de intereses moratorios en caso de incumplimiento por parte del deudor?, es decir: ¿se debería aplicar lo previsto en el artículo 884 del Código de Comercio, conforme al cual la tasa de interés moratorio será una y media veces el interés bancario corriente?, o por el contrario, ¿debería aplicarse el artículo 2º de la Resolución Externa 53 de 1992 del Banco de la República, conforme al cual dicha tasa corresponde al 25% efectivo anual sobre la suma en dólares? El objetivo de este comentario, es demostrar que para una obligación dineraria pactada conforme a la ley colombiana y contraída en dólares de los Estados Unidos de América no resulta aplicable la tasa para el cálculo de los intereses moratorios establecida en el artículo 884 del Código de Comercio

  • 1. Blockchain: Un análisis multisectorial más allá de la criptomoneda

    La tecnología Blockchain, conocida popularmente por su aplicación en Bitcoin, es un fenómeno global con un espectro de aplicaciones mucho más amplio que el ámbito de las criptomonedas. Este artículo se enfoca en explorar las múltiples aplicaciones del Blockchain más allá de Bitcoin, especialmente en Colombia, donde aún se está definiendo su marco normativo. Se examina el uso de esta tecnología en la potencialización de la eficiencia de cadenas de suministro, en la innovación del sector inmobiliario mediante la tokenización de propiedades, y en la protección de datos personales a través de la redefinición de la gestión de identidades digitales. A pesar de su versatilidad, el Blockchain enfrenta desafíos en su implementación, particularmente en el contexto colombiano donde la falta de regulación específica ofrece tanto obstáculos como oportunidades únicas para el desarrollo de un marco legal que fomente la innovación tecnológica y garantice su uso seguro y eficaz.

  • 2. El enriquecimiento sin causa y los principios generales del derecho a través de la jurisprudencia. Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia SC428-2023 del 25 de septiembre de 2023, M.P. Luis Alonso Rico Puerta.

    En la Sentencia SC428-2023, la Corte Suprema de Justicia de Colombia decidió sobre un recurso de casación en un caso de enriquecimiento sin causa. La Corte se centró en el análisis de la procedencia de la actio in rem verso, y determinó que existen cinco requisitos que deben concurrir para que esta acción pueda prosperar, a saber: i) enriquecimiento patrimonial de una parte, ii) empobrecimiento correspondiente de otra parte, iii) que el enriquecimiento y el empobrecimiento no tengan causa legal, iv) la inexistencia de otra acción legal para restaurar el patrimonio, y v) que se tenga el objetivo de restaurar el patrimonio, no indemnizar. Para poder llegar a la decisión, la Corte profundizó en los principios generales del derecho, y ofreció una visión detallada de las condiciones necesarias para configurar un caso de enriquecimiento sin causa en Colombia.

  • 3. Por unas reglas de Derecho Internacional Privado para Colombia

    En este artículo de opinión, el autor hace un llamado tanto a la academia como a las autoridades gubernamentales respectivas a preocuparse por proponer tanto una adopción de reglas de Derecho Internacional Privado, como también de tratados sobre la materia, al igual que instrumentos de Derecho Uniforme del Comercio Internacional. Destaca también la poca atención que estas temáticas tienen en la doctrina nacional y en los programas de las facultades de Derecho.

  • 4. Cláusulas limitativas y exonerativas de responsabilidad contractual en el Derecho Colombiano

    El objetivo de este artículo es mostrar el fundamento, alcance y límites de las cláusulas limitativas y exonerativas de responsabilidad por incumplimiento contractual en Derecho colombiano. La pretensión no es otra que identificar el estado normativo y jurisprudencial, con apoyo de la doctrina más relevante sobre la materia, todo con un criterio de utilidad práctica dado que este tipo de cláusulas son de uso frecuente en los contratos.

  • El derecho aplicable a los contratos comerciales internacionales en las Américas: desde los tratados de Montevideo a la guía del comité jurídico interamericano de la OEA

    La Guía sobre el Derecho Aplicable a los Contratos Comerciales Internacionales en Las Américas elaborada por el Comité Jurídico Interamericano de la OEA fue publicada en el año 2019. El Comité se planteó como interrogantes, a partir de las escasas ratificaciones que ha tenido la Convención de México y los posteriores desarrollos en materia de Derecho Internacional Privado, concretamente la publicación de los Principios de La Haya sobre pacto de ley aplicable a los contratos internacionales, qué debía seguir para las Américas: si un llamado a los países para que ratifiquen la Convención de México, si esta debiera ser modificada para tener en cuenta los nuevos desarrollos o si se debía preparar una ley modelo o una guía. Tras descartar una revisión de la Convención de México, teniendo en cuenta que la negociación y aprobación de tratados es un proceso complejo y costoso, además de requerir voluntad política y recursos económicos, se concluyó que otro tipo de instrumentos, como leyes modelo o guías legislativas pueden ser medios aptos para impulsar la armonización del Derecho Internacional Privado. En este artículo se describe de forma general los objetivos de la Guía, la cual se espera contribuya a la evolución del Derecho Internacional Privado en América Latina.

  • Los servicios de enfermería y derecho a la salud de las personas de la tercera edad: A propósito de la sentencia T-336 de 2023

    En la sentencia T-336 de 2023, la Corte Constitucional analiza el derecho a la salud y el servicio de enfermería de las personas de la tercera edad. Destaca que las personas mayores tienen protección especial y deben tener acceso prioritario a servicios de salud sin barreras administrativas. Explica que la Ley 1751 de 2015 establece un modelo de exclusión expresa para el Plan de Beneficios en Salud, con criterios de exclusión y excepciones definidos. El servicio de enfermería está incluido y debe ser ordenado por el médico tratante. En este caso se trataba de una paciente con Alzheimer, a la que un especialista había prescrito el servicio de enfermería, pero la EPS se negó basada en la opinión de un médico general posterior. Esto fue una barrera administrativa ilegal. La Corte protegió el derecho al diagnóstico para que el especialista reevalúe la necesidad del servicio

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