Generales
Índice
- ¿Que es el Impuesto Predial?
- ¿Que se entiende por gravamen real?
- ¿Qué normas regulan para Bogotá el Impuesto Predial Unificado?
- ¿Qué impuestos integran el 'Impuesto Predial Unificado'?
- ¿Qué se entiende por existencia Jurídica?
- ¿Cuántas oficinas de Registro de Instrumentos Públicos existen en Bogotá?
- ¿Cuándo se causa el Impuesto Predial Unificado?
- Si compro un predio en el mes de mayo de 2013, debo tributar por todo el año, por fracción de año o no debo tributar por ese año?
- Si compro un predio usado en el mes de abril de 2013 a quien le corresponde cumplir con las obligaciones de declarar el impuesto, ¿Al vendedor en un 100%? ¿Al comprador en un 100%? O ¿Al vendedor y al comprador según se acuerde en el contrato?
- ¿Cuál es el período gravable del impuesto predial unificado en Bogotá?
- ¿Quiénes son sujetos pasivos del impuesto Predial Unificado?
- ¿Quiénes son los obligados a presentar la declaración del impuesto Predial Unificado?
- ¿Puede Bogotá implementar algún otro mecanismo para la recaudación del impuesto predial en el año 2013?
- Además de los propietarios, poseedores y los usufructuarios, en casos personas diferentes tienen la obligación de declarar el impuesto predial Unificado en Bogota D.C.?
- Cuando un bien se encuentra en proceso de extinción de dominio, por parte de la Dirección Nacional de Estupefacientes, quien debe cumplir con las obligaciones generadas con anterioridad y durante el proceso
- Para efectos del impuesto predial ¿Quién es poseedor de un predio?
- Si en una misma escritura pública de adquisición de un predio figuran el esposo y la esposa, o dos o más hermanos? Quien debe declarar?, o se puede presentar tantas declaraciones como sujetos pasivos tenga el impuesto por un solo predio?
- Si el Señor YYYYYY casado con la Señora XXXXXX siendo los dos propietarios del predio ubicado en la Carrera 300 No. 320-15 Apartamento 8 de Bogotá, presenta su declaración el 10 de marzo de 2013 y la señora desconociendo este hecho declara por el mismo predio el 20 de abril de 2013 ¿Cuál declaración tiene validez?
- ¿Si vivo en un apartamento sujeto a régimen de propiedad horizontal, debo contribuir con la administración para el pago del impuesto predial de las áreas comunes (jardín, escaleras, etc.)?
- ¿Si un no contribuyente presenta de forma equivocada la declaración del impuesto predial unificado, cual es el procedimiento para subsanar el problema prestado y recuperar el dinero pagado?
- ¿Cuál es la base gravable del impuesto predial unificado en Bogotá?
- ¿Puedo colocar en mi declaración un valor superior al avalúo catastral?
- ¿Puedo presentar mi declaración del impuesto predial por el año gravable 2013 sin pago?
- Sí al declarar el impuesto predial por el año 2013 lo efectúo por un valor superior al avalúo catastral ¿Puedo durante la misma vigencia corregir esa declaración y corregir por un menor valor la declaración inicialmente presentada?
- ¿Cuales son los incrementos vigentes en los avalúos catastrales para el año gravable 2013
- ¿Cómo se efectúa el reajuste anual de los avalúos catastrales de conservación?
- ¿Si considero que mi avalúo catastral es muy superior al avalúo comercial del predio, puedo presentar una declaración por un valor inferior, disminuyendo la base gravable?
- ¿Si la corrección que pretendo efectuar por menor valor, ocurre como consecuencia de otros hechos diferentes a la determinación de la base gravable (autoavalúo) puedo efectuar la corrección por menor valor, o la limitación de la Ley 601 de 2000, es para todos los casos?
- ¿Si Catastro Distrital, luego de una solicitud de revisión de avalúo, lo disminuye, debo a efectos de corregir la declaración inicialmente presentada, en el item -Base gravable- efectuar el trámite de proyecto de corrección por menor valor?
- Si mi predio no se encuentra desenglobado en el Catastro Distrital, no tiene avalúo catastral, ¿Entonces cual es mi base gravable?
- Cómo se actualizan anualmente esas bases presuntivas mínimas en el impuesto predial unificado, ¿Con el IPC?
- Si un predio se fracciona en dos en el mes de diciembre de 2012, y no se alcanza a inscribir en el Catastro Distrital antes del primero de enero de 2013, ¿Puedo prorratear el porcentaje que le corresponde a cada predio y tributar conforme al resultado?
- Si un predio a primero de enero del correspondiente año fiscal no tiene avalúo catastral, pero días después se expide este avalúo por parte del Catastro Distrital, ¿Sobre que base debe tributar?
- Si soy propietario de un predio debidamente desenglobado, pero considero que mi avalúo catastral es muy alto, puedo desconocerlo y aplicarme las bases presuntivas mínimas?
- Si un predio se vende de forma parcial, y por el saldo resultante luego del desenglobe no han surgido avalúos catastrales nuevos, como debe tributar?