No. 2017, January 2017
Índice
- Abuso de la posición dominante en la conciliación.
- Aceptación de una oferta para la ejecución de un contrato y el surgimiento de otros contratos durante la ejecución.
- Adecuación al pliego de condiciones en presentación de propuestas en proceso de licitación contractual
- Adjudicar un contrato a una empresa para prestar un servicio público no es posible si la empresa no cuenta con licencia ambiental.
- Adjudicar una licitación para la adquisición de laboratorios, cuando ninguno de los proponentes cumple con el factor técnico
- Aplicación del régimen del estatuto general de la contratación estatal y sus principios rectores.
- Arrendamiento de bienes catalogados como "zonas verdes de aislamiento” por parte de Distrito Capital
- Caducidad de las Convenciones Interadministrativas
- Casos especiales en los que se pueda dar la declaración de caducidad de un contrato cuyo objeto consiste en la distribución exclusiva de licores.
- Celebración de contratos de obra sin asignación presupuestal.
- Cesión total de la posición contractual.
- Cláusulas exorbitantes en los convenios interadministrativos
- Condena en costas a la parte demandante, cuando el juez contencioso administrativo desconoce la valoración de la conducta procesal asumida por las partes en el trámite del proceso.
- Contratación de oferentes que incluyen bienes o servicios adicionales a los establecidos en la licitación.
- Contratista solicita prorroga automática.
- Contrato de compraventa con pago condicionado.
- Criterios de evaluación de propuestas en pliegos de condiciones
- Cumplimiento de las obligaciones en un contrato y su incidencia en otro celebrado por las mismas partes.
- Declaratoria de caducidad de un contrato por fuera del plazo de ejecutoria.
- Declaratoria de existencia y de incumplimiento contractual.
- Demanda al contrato que dio origen a la póliza y es contrato general que dio lugar a varias pólizas.
- Desconocimiento de una resolución ministerial en la apertura de un proceso de licitación y posterior celebración de contrato
- Desequilibrio económico en un contrato por la insuficiencia de la fórmula de reajuste.
- El acta de liquidación es un título ejecutivo porque allí constan obligaciones claras, expresas y exigibles
- El aviso de la convocatoria de la licitación y el pliego de condiciones
- El cobro de la garantía de cumplimiento, se hace con la declaración de caducidad del contrato estatal o su siniestro
- El Ministerio de Minas y Energía no debe dar por terminado el contrato de concesión minera con una sociedad, debido a que el Consejo de Estado declaró la nulidad de la resolución por medio de la cual el Ministerio de Minas le otorgó licencia a la sociedad para la explotación técnica de un yacimiento, para no incurrir en una de las causales de nulidad absoluta de la Ley 80 de 1993.
- El Ministerio de Salud y Protección Social puede comprometer el dinero público a normas internacionales cuando contrata con un organismo internacional
- Entidades no pueden terminar la celebración de un contrato de distribución de licores por medio de la desaparición de la persona jurídica.
- Entidades públicas no devuelve recursos depositados a una Organización internacional no gubernamental, cuando no hay una obligación clara expresa y exigible.
- Entrega de pruebas documentales por parte de la administración pública para acreditar una relación contractual en un proceso administrativo.
- Equilibrio económico no implica que una entidad pública coloque a un contratista en un punto de no pérdida.
- Error grave dentro de un peritazgo
- Es ineficaz de pleno derecho la cláusula que otorga mayor puntaje a un proponente con experiencia en el departamento con el que se celebrará un contrato, determinando una calificación menor a aquellos que acrediten experiencia fuera del departamento porque se transgreden normas constitucionales y legales
- Evaluación de la propuesta alternativa y de la propuesta básica
- Excepción de cobro no debido.
- Exceso en la ejecución de lo contratado.
- Fallo sobre la nulidad de un contrato estatal sin que se haya llamado en Litisconsorcio con el contratista.
- Falta de disponibilidad presupuestal como argumento y pago del anticipo o el valor del contrato.
- Favorabilidad de la propuesta económica en un proceso de licitación.
- Imposibilidad de ofrecer el mismo personal de obra en varias licitaciones simultáneas.
- Incumplimiento de un oferente al deber de suscribir el contrato adjudicado, cuando la entidad desconoce, modifica e incluye requisitos nuevos en los términos de referencia.
- Incumplimiento del contrato y póliza de seguro cuando el contrato contiene cláusula compromisoria
- Indemnización de particulares que participan en un proceso de selección.
- Intereses de mora de acuerdo con el Decreto ley 222 de 1983 y la Ley 80 de 1993
- La acción popular no es el mecanismo procedente para solicitar la declaratoria de nulidad de actos administrativos, ni contratos estatales.
- La celebración de un contrato como representante legal de una asociación sin ánimo de lucro genera inhabilidad para ejercer el cargo de Alcalde
- La falta de designación de una interventoría a tiempo, no vulnera de forma automática los derechos colectivos de moralidad administrativa y defensa del patrimonio público.
- La garantía del debido proceso en las actuaciones administrativas implica dar a conocer su existencia al administrado y brindarle la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y contradicción.
- La inflación de precios en el país como causa del restablecimiento del equilibrio económico de un contrato.
- La nulidad absoluta del contrato estatal.
- La seguridad nacional como causal autónoma de terminación o declaración de desierta de los procesos de contratación.
- La sentencia mediante la cual se declara la nulidad de un acto, genera efecto erga omnes.
- Las cooperativas de municipios y las entidades de los departamentos, no pueden desarrollar acuerdos interadministrativos de manera directa.
- Las entidades públicas deben cumplir con el pago del impuesto predial y CAR, como arrendadoras.
- Las entidades públicas pueden liquidar de forma directa y unilateralmente los contratos estatales.
- Las sanciones en la etapa precontractual solo se dan por la violación de los postulados legales.
- Legitimación de la aseguradora para ejercer una acción contractual.
- Los contratos estatales solo admiten como prueba de su existencia el contrato escrito, cualquier otro medio es ineficiente probatoriamente.
- Los impuestos nacionales o departamentales y su injerencia en el equilibrio económico del contrato.
- Los pliegos de condiciones deben contener los sistemas de calificación de todos los componentes de una licitación.
- Los pliegos de condiciones deben establecer el proceso a seguir en caso de empate.
- Los sobrecostos generados por ajustes en el precio de un contrato estatal pueden ser diferidos de otras vigencias fiscales diferentes a la disponibilidad presupuestal del proyecto.
- Modificaciones del plazo contractual requiere de un contrato adicional.
- Multas de las entidades públicas por incumplimiento de contrato
- Necesidad de prueba escrita.
- No se rompe el equilibrio contractual cuando una entidad pública presenta demoras y el contratista no manifiesta su inconformidad.
- Notificación a la aseguradora de un acuerdo de pago parcial con el contratista
- Nulidad de los contratos de concesión que no realicen la elección del contratista por medio de licitación pública.
- Objeto ilícito en la enajenación de acciones de una entidad pública cuando el comprador no tiene las condiciones con las cuales se le trata.
- Obligatoriedad del requerimiento a los contratistas cuando se va a declarar la caducidad de un contrato de arrendamiento.
- Observaciones de oferentes no adjudicados frente a la calificación de propuestas en una licitación pública.
- Ocurrencia, conocimiento y declaración de siniestro durante la ejecución de un contrato estatal.
- Omisión de gestiones para investigar las razones de inejecución de las obras.
- Omisión en la suscripción de un contrato que ya fue adjudicado por irregularidades en un proceso licitatorio.
- Pago de labores del contratista cuando no le han sido entregados los elementos necesarios para el desarrollo de su labor
- Pago de obligaciones contractuales mediante cheque.
- Pago de prestaciones sociales en un contrato de prestación de servicios.
- Pago de una entidad pública por reparaciones locativas y suministro de equipos de oficina que fueron entregados por parte una sociedad, cuando no hay un contrato de por medio.
- Paz y salvo de las entidades públicas.
- Pérdida del equilibrio contractual por causas atribuibles a la administración
- Plazo para que una entidad estatal liquide el contrato de manera unilateral cuando fue firmado con anterioridad a la Ley 446 de 1998 y cuando fue celebrado con posterioridad a dicha norma.
- Posibilidad de que los proponentes de una licitación pública presenten aclaraciones a las ofertas.
- Potestad para eliminar una propuesta en una licitación.
- Presentación de estados financieros como requisito sustancial necesario para la presentación de propuestas
- Prórroga de contrato de prestación de servicios, que se rige por el derecho civil y comercial, en el que se compromete a prorrogarlo cada tres meses hasta cumplir un período de tres años.
- Puede una entidad pública declarar el siniestro en un contrato de compraventa, siempre que la póliza esté vigente al momento de ocurrencia del siniestro.
- Reconocimiento al contratista de valores adicionales en los que incurrió en su actividad contractual, tras haber recibido la obra contratada y haber suscrito el acta de liquidación del mismo, cuando no se elevó salvedad alguna en dicha acta.
- Reconocimiento del pago de obras adicionales y modificaciones del objeto de un contrato de obra no autorizadas por una entidad pública, pero si acordadas y ejecutadas entre el interventor y el contratista.
- Renuncia tacita a la cláusula compromisoria.
- Restablecimiento del equilibrio económico de un contrato que involucre el interés general y la utilidad social, a pesar de estar regido el derecho civil y comercial.
- Revocatoria de contrato de mandato judicial derivado de un contrato de prestación de servicios.
- Revocatoria de procesos de selección
- Terminación de contrato por incumplimiento de una entidad pública
- Terminación unilateral de contrato de obra pública que contempla una clausula compromisoria.
- Terminación unilateral de contrato por liquidación de la entidad contratante
- Terminación unilateral de un contrato por falta de recursos.
- Termino para declarar el siniestro.
- Una Empresa Prestadora de Servicios Públicos Domiciliarios no puede adjudicar un contrato a un contratista cuando éste estaba incurso de una inhabilidad
- Una entidad territorial puede celebrar y ejecutar un contrato omitiendo realizar el estudio del suelo y agotar los trámites pertinentes para la obtención de la licencia de construcción, sin violar el derecho colectivo a la moralidad administrativa