articulo 631 estatuto tributario
-
ARTÍCULO 631
ARTÍCULO 631 PARA ESTUDIOS Y CRUCES DE INFORMACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE OTRAS FUNCIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 684 y demás normas que regulan las facultades de la Administración de Impuestos, el Director de Impuestos Nacionales podrá solicitar a las personas o entidades, contribuyentes y no contribuyentes, una o varias de las siguientes informaciones, con el fin de...
- Decreto número 678 de 2022, por el cual se reglamenta el inciso 3 y el parágrafo 2º del artículo 555-2 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 12 de la Ley 2155 de 2021, parcialmente el artículo 631-6 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 17 de la Ley 2155 de 2021, y parcialmente los parágrafos 1 y 2 del artículo 903 del Estatuto Tributario, modificados por el artículo 74 de la Ley 2155 de 2021, y se modifican los artículos 1.6.1.2.1. 1.6.1.2.5., 1.6.1.2.8. 1.6.1.2.10. a 1.6.1.2.13. el inciso 3 del artículo 1.6.1.2.14. el parágrafo 1º del artículo 1.6.1.2.15. 1.6.1.2.16. 1.6.1.2.18. a 1.6.1.2.20. 1.6.1.2.22. y 1.6.1.2.27. a 1.6.1.2.29. se adicionan el inciso 3 al artículo 1.6.1.2.3. y el numeral 7 al artículo 1.6.1.2.4. y se sustituyen el numeral 6 del artículo 1.6.1.2.4. y el artículo 1.6.1.2.6. del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria
- Obligación de informar por el artículo 631 del estatuto tributario
- Resolución número 000015 de 2018, por medio de la cual se profiere la Resolución de que trata el artículo 631-4 del Estatuto Tributario
- Decreto número 2819 de 2013, por el cual se reglamenta el artículo 631 del Estatuto Tributario
- Información del literal K) del artículo 631 del Estatuto Tributario
- Resolución 12807, por la cual se establece para el año gravable 2006, el grupo de personas naturales, personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
- Resolución 08973, por la cual se establece la información del artículo 631 del Estatuto Tributario que deben presentar las personas naturales, personas jurídicas y demás entidades que no alcanzan los topes de ingresos o patrimonio previsto en el parágrafo 2° del artículo 631 del Estatuto Tributario.
- Resolución número 000117 de 2012, por la cual se establece para el año gravable 2012, el grupo de personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto número 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega
- Resolución número 000068 de 2016, por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar a la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2017, la información tributaria establecida en los artículos 623, 623-2 (sic), 623-3, 624, 625, 627, 628, 629, 629-1, 631, 631-1, 631-2, 631-3 y 633 del Estatuto Tributario, en el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto 1068 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público y en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto 4660 de 2007, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega
- Resolución 09704, por la cual se establece para el año gravable 2004 el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), h), i), y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señalan los formatos y especificaciones técnicas del medio magnético para la correspondiente presentación y se fijan los plazos para la entrega.
- Resolución 9270, por la cual se establece para el año gravable 2001 el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que debe suministrar la información a que se refieren los literales a), d), e), f), h), i) del artículo 631 del Estatuto Tributario, a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señalan los formatos y especificaciones técnicas del medio magnético para la correspondiente presentación y se fijan los plazos para la entrega
- Vigente Decreto 1625 de 2016, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria
- Resolución 10148, por la cual se señala el contenido y características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por los Grupos Económicos y/o Empresariales, correspondiente al año gravable 2005 y siguientes
- Resolución 12806, por la cual se señala el contenido y características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por los Grupos Económicos y/o Empresariales, correspondiente al año gravable 2006.
- Resolución 10540, por la cual se establece la información del Artículo 631 del Estatuto Tributario que deben presentar las personas naturales, personas jurídicas y demás entidades que no alcanzan los topes de ingresos o patrimonio previstos en el parágrafo 2° del artículo 631 del Estatuto Tributario
- Resolución 10147, por la cual se establece para el año gravable 2005 el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i), y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario, y el Decreto 1738 de 1998 a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
- Resolución 1975, por la cual se establece para el año gravable de 1999, el grupo de Personas Naturales y Jurídicas que debe suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), g), h), i), l), m) del artículo 631 del Estatuto Tributario, a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para fines de control y los plazos para la entrega
- Resolución 8750, por la cual se establece para el año gravable 2000, el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a, e, f, h, i, del artículo 631 del Estatuto Tributario, a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para fines de control y los plazos para la entrega.
- Resolución número 12690 de 2007, por la cual se establece para el año gravable 2007, el grupo de personas naturales, personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega
- Resolución 08961, por la cual se establece para el año gravable 2003 el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que debe suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), h), i), k) del artículo 631 del Estatuto Tributario a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señalan los formatos y especificaciones técnicas del medio magnético para la correspondiente presentación y se fijan los plazos para la entrega.
- Resolución número 007935 de 2009, por la cual se establece para el año gravable 2009, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
- Resolución número 000024 de 2012, por la cual se solicita información con relevancia tributaria a la Registraduría Nacional del Estado Civil, conforme al artículo 631-3 del Estatuto Tributario, se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se ijan plazos para la entrega.
- Vigente Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones
- Resolución 04781, por la cual se modifican las Resoluciones 8961 y 8973 de octubre 28 de 2003, que establecen el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), h), i), k) del artículo 631 del Estatuto Tributario a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2003.
- Resolución 1974, por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas de la información tributaria a que se refieren los literales a), e), f), g), h), i), l), m) del artículo 631 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada a la Unidad Administrativa Especial Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales en medio electronico o magnetico