Recurso Extraordinario de Súplica
45142 resultados para Recurso Extraordinario de Súplica
- El recurso extraordinario de súplica ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo
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Auto nº 05001-23-33-000-2015-00127-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 2 de Octubre de 2019 (caso AUTO nº 05001-23-33-000-2015-00127-00 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 02-10-2019)
... susceptibles de apelación.IMPROCEDENCIA DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA / TRÁMITE DEL RECURSO DE REPOSICIÓNCon fundamento en lo dispuesto por el parágrafo del artículo 318 del C.G.P, se ordenará el envío del expediente al Despacho del magistrado (…), para que, si lo encuentra procedente, tramite y decida el recurso como una reposición.
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Auto nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 4 de Junio de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SALA ESPECIAL DE DECISION) del 04-06-2019)
... que son apelables (…) [L]a Sala estima que el recurso de súplica formulado por el apoderado del señor Jaime Gutiérrez Castillo es improcedente, toda vez que la providencia recurrida, esto es, la que negó la solicitud de nulidad no es susceptible del recurso de apelación
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Auto nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 11 de Octubre de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SALA ESPECIAL DE DECISION) del 11-10-2019)
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA / SUCESIÓN PROCESAL – Por el fallecimiento de una de las partes / MUERTE DEL MANDANTE – No pone fin al mandato[F]allecido un litigante el proceso continuara con el cónyuge, el albacea con tenencia de bienes, los herederos, o el correspondiente curador, quienes por disposición legal serán sus sucesores procesales. (…) [L]a muerte del mandante no pone fin al...
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Auto nº 11001-03-15-000-2004-00062-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 6 de Agosto de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2004-00062-01 de Consejo de Estado del 06-08-2019)
... que no pueden ser invocada para sustentar el recurso extraordinario de súplica, porque estas implican una violación de normas que no tienen, ni alcanzan por vía legal el carácter de sustancialRECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA – No puede recaer sobre normas procesales[L]a finalidad de este recurso extraordinario no puede recaer sobre normas procesales, sino sobre aquellas de carácter sustancial que el juez aplicó o dejó de aplicar para...
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AUTO nº 11001-03-15-000-2003-00578-01 de Consejo de Estado del 05-11-2019
... parte de la Sección Cuarta de esta Corporación.RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA – No procede por violación indirecta de normas sustancialesConsidera la Sala que el cargo no tiene vocación de prosperar, por cuanto conlleva un análisis de violación indirecta de la ley sustancial. En efecto, el ICAV pretende que se defina la posible interpretación errada de normas del EOSF, a partir de las consecuencias económicas que implicaría dar...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2005-00317-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Septiembre de 2016
... para las empresas exploratorias de los recursos naturales no renovables
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-00662-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Septiembre de 2016
... del cargo, pues como se dijo anteriormente, el recurso extraordinario de súplica no procede contra normas procesales, solo procede contra la violación directa de normas sustanciales
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AUTO nº 11001-03-15-000-2003-00444-01 de Consejo de Estado del 10-09-2019
... el expediente y, por ende, se desfiguraría el recurso extraordinario, por cuanto no es el instrumento idóneo para formular violaciones indirectas de normas sustanciales
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Sentencia nº 05001-23-31-000-2010-00234-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 25 de Octubre de 2017
... la ejecutoria de la providencia que resolvió el recurso de súplica -11 de noviembre de 2005-, como lo ordena el artículo 176 C.C.A., que en el caso concreto, sería a partir del 28 de diciembre de 2005 y hasta que se devolvieron las sumas pagadas por concepto del GMF del período 1 de enero de 2001 al mes de noviembre de 2005. En consecuencia, se ordena a la DIAN liquidar intereses moratorios sobre la suma de $1.558.452.959 desde el 28 de...
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Auto nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 17 de Julio de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2004-01471-01 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SALA ESPECIAL DE DECISION) del 17-07-2019)
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA – SUCESIÓN PROCESAL – por Fallecimiento de una de las partes / MUERTE DEL MANDANTE – No extingue el mandato[F]allecido un litigante el proceso continuara con el cónyuge, el albacea con tenencia de bienes, los herederos, o el correspondiente curador. (…) Ahora bien, respecto a la condición de litigante establecida en la norma citada supra, la jurisprudencia de...
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Auto nº 11001-03-15-000-2018-01883-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 4 de Junio de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2018-01883-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SALA ESPECIAL DE DECISION) del 04-06-2019)
... por las cuales aquellos no presentaron el recurso extraordinario de revisión, se advierte que el requisito de oportunidad del recurso constituye un aspecto objetivo que se verifica por el transcurso del término legal
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Auto nº 11001-03-15-000-2002-01224-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 19 de Septiembre de 2018
... EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA - Actividad del juez / RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA - Límites[L]a actividad del juez que resuelve el recurso de súplica se restringe a realizar la confrontación objetiva y directa de la sentencia que se suplica con la norma de derecho que sirvió de fundamento especial al fallo o con la que no se tuvo en cuenta, sin consideración al aspecto probatorio. Así las cosas, el análisis del recurso de súplica excluye el...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2018-00850-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 4 de Octubre de 2018
... 954 de 2005 de ese modo desapareció el mencionado recurso. Sin embargo, los procesos que a esa fecha quedaron pendientes de fallo continúan rigiéndose por la mencionada normativa y en esa medida el actor fue condenado en costas toda vez que se establecía que: “si el recurso es desestimado, la parte recurrente será condenada en costas, para lo cual se aplicaran las normas previstas en el Código de Procedimiento Civil”. En el sub lite, es claro...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2010-00704-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 3 de Diciembre de 2019
... segundo grado, es claro que al no proceder más recursos, su ejecutoria se predica una vez notificado el proveído y finiquitado el término previsto en la norma. Advierte la Sala que cuando la norma hace referencia a la procedencia de recursos, estos deben ser entendidos como recursos ordinarios, toda vez, que el recurso extraordinario de súplica que nos ocupa solo procedió en su momento contra sentencias ejecutoriadas
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2005-01050-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Septiembre de 2016
... precisa al establecer que la asignación de los recursos adicionales debe efectuarse en la misma vigencia fiscal en la que se reciben los ingresos o en el subsiguiente, conjuntamente con las sumas correspondientes al 10% del aforo previsto en el presupuesto. Ahora bien, de la misma norma se desprende que cuando los ingresos corrientes efectivos son inferiores a los estimados y previamente aforados, debe disponerse la reducción respectiva, lo...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2018-00850-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 23 de Agosto de 2018
... Especial de Decisión de declarar infundado el recurso extraordinario de súplica, lo cual impide proceder a realizar el estudio de fondo del caso concreto. En efecto (…) la demanda de tutela no plantea una cuestión de genuina relevancia constitucional y esa circunstancia es suficiente para que la Sala se abstenga de examinar la tutela presentada por el [actor], pues no hay parámetros para establecer si la providencia censurada desconoció los...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-01310-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Septiembre de 2016
... del proceso. La Sala recuerda que el ataque del recurso extraordinario de súplica debe dirigirse a la sentencia del Consejo de Estado y además, el recurso debe sustentarse en relación con dicha sentencia. En conclusión, como el recurrente no explica en qué consistió la interpretación errónea de las normas cuestionadas, es imposible para la Sala estudiar este recurso
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Sentencia de Constitucionalidad nº 672/99 de Corte Constitucional, 9 de Septiembre de 1999
Ley 446/98. Arts. 68,82ª 88,111 a 142, 146,147 parcial. Recurso extraordinario de suplica. Exequible. Ver sentencia c-160/99
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2003-01434-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 7 de Noviembre de 2017
... la entidad suficiente para declarar fundado el recurso extraordinario de súplica.(…) Se desestima el recurso interpuesto y se procede a condenar en costas a la parte recurrente, de acuerdo con las previsiones del inciso cuarto del artículo 194 del Código Contencioso Administrativo
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Auto nº 534/16 de Corte Constitucional, 9 de Noviembre de 2016
... de ideas, resuelve abstenerse de resolver el recurso de súplica formulado y devolver el expediente a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para que resuelva de fondo el mismo en la mayor brevedad posible, sin que se continúe dilatando el derecho que le asiste al peticionario de obtener una solución de fondo sobre el referido recurso. Recibo Relatoria:
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2015-01909-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 6 de Junio de 2017
... . y, por esta razón, los términos para incoar los recursos de ley serán los contemplados en el último conjunto normativo. En este orden de ideas, es dable concluir que no le asistía razón al recurrente al invocar la referida norma afirmando que el trámite mediante el cual se intentó la nulidad de las resoluciones inicialmente descritas se suscitó en vigencia del código anterior y, por ende, el recurso debería resolverse bajo los mismos...
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-01207-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Marzo de 2018
... anteriormente, la técnica de este mecanismo extraordinario obliga al recurrente a ceñirse estrictamente a las razones o motivos que tipifican la causal única prevista en la ley, consistente en la violación directa de normas sustanciales. En lo atinente a las normas frente a las cuales explicó el concepto de violación, la Sala observa que la recurrente afirmó que se aplicó indebidamente el Decreto Ley 694 de 1975, en tanto su situación está
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Auto nº 11001-03-15-000-2018-02239-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 6 de Agosto de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-15-000-2018-02239-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SALA ESPECIAL DE DECISION) del 06-08-2019)
... de cinco (5) años para interponer el citado recurso, se contabiliza a partir del 12 de junio de 2013, fecha en la cual la UGPP asumió las funciones de la Caja Nacional de Previsión Social y en la que podía exigírsele que desplegara las conductas procesales necesarias para desvirtuar la legalidad de los términos en que fue concedida la pensión al señor Francisco Carlos José Escobar Henríquez
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Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-01699-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - Sala Especial de Revisión, de 6 de Septiembre de 2016
... puede dar lugar a la formulación de recursos extraordinarios de casación o de súplica, sobre todo cuando se trata de disposiciones atributivas de derechos subjetivos o impositivas de obligaciones, que no requieren de desarrollo legal, situación que se presenta, precisamente, en relación con el artículo 29 de la Carta Política