Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 7 de Febrero de 2012
Fecha | 07 Febrero 2012 |
Número de expediente | 27908 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: R.E. BUENO
Radicación No. 27908
Acta No. 03
Bogotá D.C., siete (7) de febrero de dos mil doce (2012)Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta por el señor XXX[1] contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. y LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS HORIZONTE BBVA.
El actor solicitó la protección de sus derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, igualdad, integridad física y mínimo vital, que consideró desconocidos por las autoridades accionadas en el trámite y decisión del proceso ordinario laboral que promovió con el fin de adquirir la pensión de invalidez a la que considera tener derecho.
Señaló que ha efectuado aportes pensionales al Instituto de Seguros Sociales y a la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías BBVA Horizonte, durante un lapso en el que completó 317.14 semanas cotizadas. Asimismo que, debido a la pérdida de su capacidad laboral, solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez pero le fue negada.
Agregó que, luego de la interposición de una acción de tutela, logró que le reconocieran la pensión de invalidez como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. No obstante, indicó que en el interior del proceso ordinario laboral promovido con el fin de obtener su reconocimiento definitivo, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. revocó la sentencia que había emitido el Juzgado Décimo Adjunto Laboral del Circuito de Bogotá y le negó la prestación.
Manifestó también que “(…) el pago al derecho a la salud depende de la cancelación de la mesada pensional, por tal motivo me he visto desprotegido igualmente ante este derecho y por ende a llevar una vida en condiciones dignas (…)”
Pidió que se revocara la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. el 30 de noviembre de 2011 y se dispusiera a su favor el pago de la pensión de invalidez.
Por auto del 25 de enero de 2012 esta Sala de la Corte dispuso la admisión de la acción de tutela y ordenó su notificación a las autoridades accionadas, así como la vinculación de las demás personas interesadas en el resultado de la misma, con el fin de que ejercieran sus derechos de contradicción y defensa.
Dentro del término de traslado correspondiente la Juez Once Laboral...
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