Concepto 2011008204-001 de Superintendencia Financiera, de 28 de Marzo de 2011 - Normativa - VLEX 400894309

Concepto 2011008204-001 de Superintendencia Financiera, de 28 de Marzo de 2011

(…) consulta si una cooperativa financiera cuya constitución ha sido autorizada por esta Superintendencia, puede inscribirse en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras - FOGAFIN, para efectos de que sus acreencias se encuentren amparadas por el seguro de depósito.

Al respecto, le informamos lo siguiente:

El artículo 1 del Decreto 2206 de 1998 creo el Fondo de Garantía de las Cooperativas FOGACOOP, y el artículo 11 del mismo decreto determina las entidades que deben inscribirse en el mismo, en los siguientes términos:

“Artículo 11. Condiciones de inscripción. Deberán solicitar su inscripción en el fondo las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito. Sin embargo, sólo procederá la inscripción de aquellas cooperativas cuyas condiciones financieras y de solvencia permitan establecer su viabilidad financiera.” (El subrayado no es del texto).

Como se observa, la norma transcrita exige que las cooperativas financieras deben inscribirse en el FOGACOOP, lo cual se fundamenta en su naturaleza cooperativa.

Por otro lado, debe mencionarse que tanto FOGAFIN como FOGACOOP ejercen funciones públicas relacionadas con la protección del ahorro del público, incluyendo la administración de seguros de depósitos para sus entidades inscritas.

Las funciones de una y otra entidad...

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