Acuerdo nº 473 de Concejo de Bogotá, de 30 de Agosto de 2011 - Normativa - VLEX 405769909

Acuerdo nº 473 de Concejo de Bogotá, de 30 de Agosto de 2011

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones que le confiere la Constitución Política en su artículo 322 y en lo dispuesto en el artículo 3°, y numeral 1° del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO.- La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, promoverá la vinculación de los centros comerciales, almacenes de cadena, grandes superficies, establecimientos institucionales, educativos, culturales, recreativos y deportivos ubicados en el Distrito Capital, para que instalen puntos ecológicos, con el fin de propiciar la separación en la fuente.

PARÁGRAFO.- Entiéndase por puntos ecológicos aquellos espacios destinados para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos y del material con potencial de aprovechamiento, donde el usuario deberá realizar la separación de los mismos desde la fuente.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Administración Distrital reglamentará lo concerniente a las características de los recipientes usados y otros elementos en los puntos ecológicos, de acuerdo a las normas técnicas vigentes que regulan la materia.

ARTÍCULO TERCERO.- La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos del Distrito Capital – UAESP, realizará acciones afirmativas que permitan la participación prioritaria en la recolección de los residuos sólidos, por parte de las Asociaciones de Recicladores en condiciones de vulnerabilidad, tendientes al mantenimiento y fortalecimiento de...

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