Acuerdo nº 400 de Concejo de Bogotá, de 25 de Septiembre de 2009 - Normativa - VLEX 406418949

Acuerdo nº 400 de Concejo de Bogotá, de 25 de Septiembre de 2009

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 313 numerales 1, 3 y 6, 322 de la Constitución Política, artículo 12, numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 79 de 1988 y el Decreto 1482 de 1989

A C U E R D A:

Artículo 1.- AUTORIZACIÓN. Autorícese a las Empresas Sociales del Estado del nivel Distrital para que constituyan una Administración Pública Cooperativa, que orientará sus actividades a la comercialización de medicamentos.

Parágrafo: La información de precios de comercialización de los medicamentos por la Administración Pública Cooperativa, será publicada en medios electrónicos e impresos y a ella podrán acceder las Empresas Sociales del Estado, y el público en general

Artículo 2.- Régimen Jurídico. La Administración Pública Cooperativa que se constituya, se regirá por la normatividad cooperativa vigente.

Artículo 3.- Informes: La Administración Pública Cooperativa deberá enviar anualmente al Concejo de Bogotá, copia de los informes exigidos en la normatividad cooperativa.

Artículo 4.- Vigencia.- El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y...

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