Acuerdo nº 386 de Concejo de Bogotá, de 2 de Julio de 2009 - Normativa - VLEX 406425381

Acuerdo nº 386 de Concejo de Bogotá, de 2 de Julio de 2009

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales

A C U E R D A:

ARTÍCULO 1.- Declarar de interés social, recreativo y deportivo, la ciclovía de Bogotá, D. C.

ARTÍCULO 2.- La ciclovía de Bogotá, D.C., se realizará semanalmente con carácter permanente en los días y horarios que disponga el Alcalde Distrital a través de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte o la entidad que haga sus veces.

ARTÍCULO 3.- El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, liderará y convocará a las Entidades del Distrito para coordinar el apoyo logístico y operativo de la ciclovía.

ARTÍCULO 4.- Declarar el segundo domingo del mes de noviembre de cada año como el Día Distrital del Peatón y la Bicicleta.

ARTÍCULO 5.- El Gobierno Distrital a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte o las entidades que hagan sus veces, promoverán la celebración del día distrital del peatón y la bicicleta, mediante eventos recreativos y deportivos.

ARTÍCULO 6.- El Gobierno Distrital adoptará con carácter permanente, programas y actividades deportivas y...

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