Sentencia nº AC-10203 de Consejo de Estado - Sala Plena, de 9 de Noviembre de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 52590486

Sentencia nº AC-10203 de Consejo de Estado - Sala Plena, de 9 de Noviembre de 2000

Número de expedienteAC-10203
Fecha09 Noviembre 2000
EmisorSala Plena
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Consejero ponente: NICOLAS PAJARO PEÑARANDA

Santa Fe de B.D.C., dieciocho (18) de julio de dos mil (2000).-

Radicación número: AC-10203

Actor: A.B.M.M.

Demandado: E.P.A.

Como la ponencia presentada por el C. a quien le correspondió en reparto este proceso no fue aprobada, corresponde decidir, mediante esta providencia, la solicitud de pérdida de investidura del senador E.P.A. formulada por la ciudadana A.B.M.M..

ANTECEDENTES

La mencionada ciudadana solicitó a la Corporación que se decrete la pérdida de investidura de aquel congresista, por estimar que está incurso en la incompatibilidad prevista en el artículo 180, numeral 1, de la Constitución Política; esto es, la de “Desempeñar cargo o empleo público o privado.”

El fundamento fáctico de su solicitud lo expuso así:

“1º) Antes de ser elegido senador de la República el señor E.P.A. desempeñaba el oficio o empleo privado de locutor deportivo. En desarrollo de esta actividad era y es conocido nacionalmente como narrador y comentarista de partidos de fútbol, de béisbol y de veladas de boxeo en el campo de la radio y de la televisión y presentador de noticias deportivas o de la sección de deportes en noticieros de televisión.

“2) Con anterioridad a la iniciación de su período constitucional de senador, es decir, antes del 20 de julio de 1998, estuvo vinculado laboralmente con dos sociedades comerciales o de derecho privado: Caracol S.A. y NTC Noticias, y tuvo como sede la ciudad de Santa Fe de Bogotá.

“2.1. En la Empresa Radial Caracol S.A. desempeñó el oficio o empleo de locutor de la Cadena Básica y de la Cadena de Radiodeportes en Santa Fe de Bogotá y estuvo vinculado a través de un contrato de trabajo que tuvo vigencia entre el 10 de febrero de 1992 y el 15 de julio de 1998. En la Cadena Básica tuvo como funciones: las de narrador y comentarista de los partidos de fútbol que se realizaran a nivel nacional e internacional, en eventos como el Campeonato Profesional Colombiano, la Copa América, la Copa Libertadores de América, las Eliminatorias del Mundial de Fútbol y el Mundial de Fútbol; y participó diariamente, cuando se realizaba, en el programa nacional “la Polémica de los Deportes”.

“Igualmente fue narrador y comentarista de partidos de béisbol y de las veladas de boxeo que transmitió la Cadena Básica o Radiodeportes a nivel nacional e internacional. En todas estas transmisiones radiales leía comerciales o pautas o propagandas comerciales.

“En la Cadena Radiodeportes tenía un programa diariamente, cuando se realizaba, denominado “Comentando los Deportes”, en que se desempeñaba como comentarista deportivo en materia de fútbol, béisbol y boxeo. Igualmente leía comerciales o pautas o propagandas comerciales.

“2.2.- En la Sociedad comercial o de derecho privado NTC Noticias con anterioridad al 20 de julio de 1998 desempeñó el oficio o empleo de presentador de noticias deportivas o de la sección de deportes en el Noticiero de Televisión NTC Noticias, con sede en esta ciudad.

“2.3.- Con anterioridad al 20 de julio de 1998 también se desempeñó como narrador y comentarista de partidos de fútbol, de béisbol y de veladas de boxeo en la Emisora Radio Mar Caribe de Barranquilla, empresa afiliada a la Cadena Radial Caracol, de la cual, al parecer, tiene la calidad de socio o accionista o socio de sociedades que son socias de dicha Emisora como persona jurídica. Igualmente leía comerciales o pautas o propagandas comerciales. En esta emisora se transmitía, en cadena con Radiodeportes, el programa “Comentando los Deportes”.

“3º) Simultáneamente con el ejercicio de sus funciones como Senador de la República y en lo que va transcurrido del período constitucional como tal, esto es, desde el 20 de julio de 1998 hasta la fecha, el señor E.P.A. ha continuado desempeñando el oficio o empleo privado de locutor deportivo, tanto en radio como en televisión, así:

En la Cadena Radial Caracol de la Sociedad comercial o de derecho privado Caracol S.A. transmitió partidos de fútbol en la Copa América celebrada en Paraguay entre el 20 de junio y el 17 de julio de 1999. En dichas transmisiones se desempeñó como narrador, comentarista de fútbol y leyó comerciales o pautas propagandas comerciales. Es del caso puntualizar que según consta en el videocassette a que me referiré en el literal b) subsiguiente, en el informe que rindió como enviado especial del Noticiero NTC Noticias correspondiente al día 4 de julio del 2000 desde Luque (Paraguay) aparece luciendo el señor E.P.A. una chompa de color oscuro, en la cual se aprecia el logotipo o emblema de Caracol.

“b) En la Emisora Radio Mar Caribe de Barranquilla, afiliada a la Cadena Radial Caracol, se ha desempeñado también como locutor deportivo, pues transmitió o narró los siguientes partidos: el 7 de julio de 1999 Colombia - Ecuador de la Copa América de Fútbol desde Paraguay. En este partido leyó propaganda o comerciales de Cerveza Aguila, Bengai, Calzamar, Café Aguila Roja, Colseguros y D.; el 12 de septiembre de 1999 Junior - Pasto del Campeonato profesional Colombiano, en el cual leyó propaganda o comerciales de Banco Coopdesarrollo, E.J. y Asociados Almacenes de Compraventa, Electrolite, M.B. (venta de chuleta, chuzo, perros y mazorcas); y el 28 de marzo del presente año Colombia - Brasil de las Eliminatorias al próximo Mundial de Fútbol, en el cual leyó propaganda o comerciales de Telecom, 007 Mundo, Escenarios de Colombia, C.L. y M.B.. Acompaño como pruebas cuatro cassettes, en que están grabados dichos partidos.

“c) En la sociedad comercial o de derecho privado NTC Televisión ha desempeñado el oficio de presentador de la Sección de Deportes del Noticiero de Televisión NTC Noticias en las siguientes fechas de 1999: los días 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27 y 28 de marzo; 11, 17, 18, 24 y 25 de abril; 1º, 2, 8,9 15, 16, 17, 22, 29 y 30 de mayo; 5, 6, 7, 12, 13, 14 y 19 de junio; 24 y 25 de julio. Igualmente presentó informes deportivos para dicho N. los días 3 y 10 de abril de 1999.

“En la Copa América de fútbol realizada en Paraguay y presentó informes para el referido Noticiero de televisión, en calidad de enviado especial, los días 26 de junio y 3, 4, 5, 10, 11, 17 y 18 de julio de 1999. Como prueba de ello acompaño dos certificaciones de 18 de noviembre y de 6 de diciembre de 1999, expedidas por el Director de NTC Noticias, que acreditan lo anterior y videocassette que recoge los informes de los precitados días 4 y 10 de julio.

“d) Para la programadora RTI Televisión y por el Canal A Nacional de Televisión transmitió, en asocio de A.S.G., los días lunes 18 de octubre de 1999 y viernes 14 de enero del 2000, en su orden, desde Barranquilla y El Paso (Texas - Estados Unidos de América) las peleas de boxeo en que I.M.P. defendió el Título Mundial de Boxeo Mosca con un boxeador tunecino y P.P.P.. Acompaño como prueba videocassette que recoge dichas transmisiones.

“e) Para la sociedad comercial o de derecho privado SKY Colombia S.A., desde el segundo semestre de 1999 hasta la fecha, viene cumpliendo las siguientes funciones: coordina, en asocio del locutor A.S.G., desde el Centro SKY Fútbol en Santa Fe de Bogotá las transmisiones que se hacen por el Canal Satelital SKY de los tres partidos de fútbol colombiano del campeonato profesional de fútbol por los canales de televisión 185, 187 y 188; y transmite uno dichos partidos. Acompaño como prueba un videocassette correspondiente a la coordinación y transmisión que hizo los días domingo 3 y 10 de octubre de 1999, en que transmitió desde Santa Fe de Bogotá, en orden cronológico, los partidos América - Millonarios, realizado en Cali, y Nacional - Junior, realizado en Medellín. En dichas transmisiones promocionó o hizo propaganda del Canal de Televisión Satelital por suscripción SKY Fútbol.

“En las Cadenas de Televisión A y UNO y en los Canales privados de Televisión RCN y CARACOL ha presentado en el curso de este año un comercial o pauta o propaganda comercial de SKY Fútbol que dice “SKY Fútbol - El fútbol como a usted le gusta”, promocionando así dicho Canal Satelital de la sociedad SKY Colombia S.A.

“g) En nombre de SKY Fútbol y RTI Televisión ha venido presentando todos los domingos en el Canal A de Televisión, en el horario de 6:30 P:M: a 7:00 P.M., desde el 12 de marzo del presente año hasta la fecha, en asocio del locutor A.S.G., un programa en el cual se hace un resumen deportivo de los partidos de fútbol profesional realizados en Colombia y en el exterior.

“h) Para NTC Televisión y Telecolombia ha venido transmitiendo en el Canal UNO de Televisión los partidos de fútbol de la Copa Libertadores de América realizados en el país, esto es, Junior de Barranquilla - San Lorenzo de la Argentina el jueves 2 de marzo del presente año; Nacional de Medellín - River Plate de la Argentina el miércoles 8 de marzo y América de Cali - Sporting Cristal del Perú el martes 14 de marzo del 2000. En dichos partidos ha leído comerciales o pautas o propagandas comerciales, así: en el primer partido, leyó propagandas de : 007 Mundo; R., Dolex, Unidad Investigativa y Colsubsidio; en el segundo partido, 007 Mundo Rentaval, AV Villas y Colsubsidio; en el tercer partido, Rentaval, AV Villas y www.Yupi.com. Acompaño como prueba un videocassette que contiene la grabación de los referidos partidos.

“Según se anunció en el diario El Tiempo las programadoras NTC Televisión y Telecolombia adquirieron los derechos de transmisión en televisión de los partidos de la referida Copa a realizarse en el país en el presente año y el narrador de los mismos va a ser el señor E.P.A.”.

La causal de pérdida de investidura invocada, la sustenta la peticionaria así:

“El artículo 183, numeral 1, de la Constitución Política consagra como causal de pérdida de la investidura de congresista la de violación del régimen de incompatibilidades.

“El artículo 180 ibídem consagra las incompatibilidades de los congresistas y estatuye, en lo pertinente:

“Los...

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