Decreto número 189 de 2014, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial - 7 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 490518022

Decreto número 189 de 2014, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín49057

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de enero de 2014, fíjanse las siguientes escalas de asignación básica mensual para los empleos correspondientes al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:

Grado Salarial Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial
01 4.686.366 3.581.072 1.928.768 1.339.798 905.275
02 4.952.694 3.788.982 2.027.704 1.420.681 960.810
03 5.236.745 4.004.676 2.147.676 1.488.061 1.019.280
04 5.536.983 4.232.998 2.254.267 1.565.188 1.054.312
05 5.857.898 4.474.659 2.386.365 1.661.028 1.093.694
06 6.201.281 4.686.366 2.508.920 1.761.569 1 160.132
07 6.561.032 4.952.694 2.657.903 1.848.488 1.226.483
08 6.888.709 5.236.745 2.807.750 1.264.600
09 7.294.693 5.536.983 2.916.757 1.339.798
10 5.857.898 3.084.032 1.420.681
11 6.201.281 3.259.665 1.488.061
12 6.561.032 3.448.543 1.565.188

Grado Salarial Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial
13 6.888.709 1.661.028
14 7.294.693 1.761.569
15 1.848.488
16 1.928.768
17 2.027.704

Parágrafo 1°. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados de asignación básica que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2°. Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo 3°. Los empleados del...

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