Resolución número 9 0402 de 2013, por la cual se distribuyen recursos para pagos por menores tarifas del sector eléctrico y se dictan otras disposiciones - 4 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 439614218

Resolución número 9 0402 de 2013, por la cual se distribuyen recursos para pagos por menores tarifas del sector eléctrico y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín48811

El Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución número 181506 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 368 de la Constitución Política, la Nación, los departamentos, los distritos, los municipios y las entidades descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos, para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas.

Que el Decreto número 2715 de 2012, liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2013 establecido mediante Ley 1607 de 2012, detalla las apropiaciones, clasifica y define los gastos, asignando una partida por valor de $1.621.000.000.000, correspondiente a la distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector Eléctrico.

Que para efectos de determinar los subsidios necesarios para los usuarios del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante Resolución número 186 de 2010 dio cumplimiento a lo establecido en la Ley 1428 de 2010.

Que basados en las conciliaciones causadas y reportadas de subsidios y contribuciones por las empresas y los análisis efectuados por la Dirección de Energía Eléctrica, se encontraron unos saldos de déficits en subsidios, en el balance de subsidios y contribuciones, a marzo de 2013 por cubrir a empresas deficitarias del sector Eléctrico por valor de $15.457.392.091,00.

Que el Director de Energía Eléctrica considera desde el punto de vista técnico, que es procedente el reconocimiento de los déficits estimados, los cuales deberán ser cubiertos en la medida de la disponibilidad de los recursos.

Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 23913 del...

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