Auto de 2014, por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 50S-17264 y 50S-196978. Expediente AA. 169 de 2014-Rev. 22 de 2014 - 15 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 539369758

Auto de 2014, por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 50S-17264 y 50S-196978. Expediente AA. 169 de 2014-Rev. 22 de 2014

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49305

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 30 Decreto 2163 de 2011, Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO: DISPONE:

Artículo 1º Iníciese la correspondiente Actuación Administrativa tendiente a determinar la real situación jurídica de los predios identificados con los folios de Matrícula Inmobiliaria números 50S-17264 y 50S-196978, acorde con la parte considerativa del presente Auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido por el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º

Comuníquese del presente auto a Jairo Eduardo, Pedro Nel, Ilia Stella, Luz Fidela, Félix Manuel y Leida Aurora Rubiano Portilla, Hipólito Neusa Rodríguez y demás personas indeterminadas que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión y con publicación del presente auto en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados si hay lugar a ello (artículo 37 de la Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4º Contra el presente Auto, no procede recurso alguno en vía gubernativa (Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011).
Artículo 5º El...

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