Circular 029 de Superintendencia Financiera, de 3 de Octubre de 2014
CIRCULAR EXTERNA 029 DE 2014
( Octubre 03 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES, REVISORES FISCALES Y CONTRALORES NORMATIVOS DE LAS ENTIDADES SUJETAS A INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.
Referencia: Reexpedición de la Circular Básica Jurídica.
Apreciados Señores:
Este Despacho en ejercicio de sus facultades, considera necesario reexpedir la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 007 de 1996), actualizando su contenido con la normatividad y con los pronunciamientos jurisprudenciales vigentes en materia financiera, aseguradora y del mercado de valores.
La reexpedición de la Circular Básica Jurídica contribuye a la implementación de estándares internacionales, especialmente en lo referente a las recomendaciones de política regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD - por sus siglas en inglés), permitiendo que las instrucciones dirigidas a las entidades sujetas a la supervisión de esta Superintendencia se encuentren actualizadas y bajo una estructura que facilite su consulta por parte de las entidades y el público en general.
El nuevo texto de la circular reúne y actualiza las diferentes instrucciones en materia jurídica, emitidas por las anteriores Superintendencia Bancaria y Superintendencia de Valores, así como las expedidas posteriormente por la Superintendencia Financiera de Colombia, con el propósito de recopilar y reorganizar en un solo compendio las normas vigentes, y armonizar su contenido con la evolución de la regulación del sector y demás disposiciones legales aplicables.
La nueva Circular Básica Jurídica está dividida en tres Partes:
• PARTE I. Instrucciones Generales Aplicables a las Entidades Vigiladas; que contiene las disposiciones aplicables de forma transversal a todas las entidades vigiladas por esta Superintendencia.
• PARTE II. Mercado Intermediado; que contiene las instrucciones que regulan de forma particular los establecimientos de crédito; las sociedades de servicios financieros; las sociedades capitalizadoras; las entidades aseguradoras, reaseguradoras y sus corredores; así como las otras instituciones o actividades sometidas a la supervisión de esta Superintendencia.
• PARTE III. Mercado Desintermediado; que contiene las instrucciones aplicables a los emisores de valores; a las entidades y actividades del mercado de valores; así como lo relacionado con el Sistema Integral de Información del Mercado de Valores (SIMEV) y con los Fondos...
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