Concepto nº 220-064141, de Superintendencia de Sociedades, de 15 de Abril de 2016 - Normativa - VLEX 633851369

Concepto nº 220-064141, de Superintendencia de Sociedades, de 15 de Abril de 2016

OFICIO 220-064141 DEL 15 DE ABRIL DE 2016

Ref: SUPUESTOS DE SUBORDINACIÓN

Me refiero a su escrito radicado con el No. 2016-01-088163 el 3 de marzo de

2016, mediante el cual realiza el siguiente planteamiento y formula una solicitud:

La empresa A para el ejemplo, tiene un accionista mayoritario que está evaluando

la posibilidad de crear una sociedad-empresa B para el ejemplo, que administre

sus bienes incluidas las acciones que la volverían mayoritaria a B en A, esto con

miras a que si se da el fallecimiento del accionista no afecte la continuidad del

negocio en la empresa A.

De acuerdo con lo expuesto, solicita que se le envíe información de temas

similares y en especial, si en el caso mencionado, se hace necesario informar a la

superintendencia de sociedades el control que B llegaría a ejercer en A, así como

el envío de estados financieros consolidados.

Sobre el particular, me permito manifestarle que en la modalidad de consulta, la

Superintendencia emite un concepto de carácter general y abstracto sobre las

materias a su cargo, mas no en relación con una sociedad o asunto en particular,

razón por la cual sus respuestas en esta instancia no son vinculantes ni

comprometen la responsabilidad de la entidad.

Y es que mal puede esta superintendencia, pronunciarse por sobre una situación

particular como la que motiva su solicitud, cuando se desconocen los

antecedentes de la compañía en su contexto, y por ende de los elementos de

juicio suficiente, para practicar la evaluación de fondo que requiere el tema en

cuestión.

No obstante y sin perjuicio del análisis que pueda directamente adelantar luego de

consultar los conceptos jurídicos, así como la Circular Básica Jurídica que se

hallan en la P. WEB de la Entidad, cabe señalar que sobre el tema de las

presunciones de subordinación es extensa la doctrina de esta Superintendencia.

Basta traer a colación, apartes del oficio 220-001946 del 18 de enero de 2016, en

el cual se expresó:

“(…)

“…con el fin de proporcionar luces que contribuyan a despejar sus inquietudes, es

oportuno traer a continuación las consideraciones de orden jurídico y conceptual a

tener cuenta frente a la noción y alcances del supuesto de control que según el

numeral 1º, artículo 261 del Código de Comercio, tiene ocurrencia por la

participación mayoritaria de un accionista en el capital de la subordinada, sea

directamente o por intermedio o con el concurso de las subordinadas, para lo cual

se transcriben algunos apartes Del Oficio...

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