Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 72237 de 3 de Mayo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 678620721

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 72237 de 3 de Mayo de 2017

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL6190-2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 72237
Fecha03 Mayo 2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente



STL6190-2017

Radicación n.° 72237

Acta 15


Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil diecisiete (2017).


Se resuelve la impugnación interpuesta por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL contra el fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogotá el 9 de marzo de 2017, dentro de la acción de tutela que interpuso ANDREA MARCELA CHARRY MARTÍNEZ.


  1. ANTECEDENTES


La accionante sustentó su escrito de tutela con los siguientes hechos que a continuación se relacionan:


Que es docente de planta nombrada desde el 28 de febrero de 2011; que con el objetivo de ascender en el escalafón docente realizó postgrado de «Máster Universitario en Neuropsicología y Educación en la Universidad Internacional de La Rioja (España)».

Que con el objetivo de homologar su título, el 30 de noviembre de 2016, radicó ante el Ministerio de Educación Nacional todos los documentos y requisitos exigidos; que posteriormente, recibió de dicha entidad el recibo de pago de los derechos de convalidación, los cuales canceló de manera inmediata.


Que según el artículo 3º de la Resolución n.º 06950 de 2015, el trámite de convalidación se adelantará en un término no mayor de dos (2) meses contados a partir del recibo en debida forma de la documentación requerida, y en el presente caso dicho plazo se encuentra superado, pues a la fecha no ha obtenido respuesta del proceso de convalidación.


Por lo anterior, solicitó el amparo de los derechos fundamentales de petición, a la igualdad, al trabajo digno y justo y al debido proceso, y en consecuencia pidió que se ordene a la accionada expedir la resolución de convalidación de su título «Máster Universitario en Neuropsicología y Educación» otorgado por una universidad oficial de España.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


El 28 de febrero de 2017, el Tribunal Superior de Bogotá asumió el conocimiento, dispuso notificar a la entidad accionada, con el fin de que ejerciera su derecho a la defensa.

La Asesora de la Oficina Jurídica del Ministerio de Educación señaló que por Resolución n.º 02972 del 28 de febrero de 2017, dio respuesta de fondo a la petición de la accionante, la cual le fue notificada a través de correo electrónico.


El Tribunal Superior de Bogotá, por sentencia de 9 de marzo de 2017, tuteló el derecho fundamental de petición y ordenó al Ministerio de Educación Nacional, «que en el...

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