Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50412 de 7 de Junio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 682585381

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50412 de 7 de Junio de 2017

Sentido del falloABSTENERSE
Tribunal de OrigenJuzgado Promiscuo Municipal de Flandes
Fecha07 Junio 2017
Número de sentenciaAP3652-2017
Número de expediente50412
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal


FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Magistrado ponente



AP3652-2017

Radicación No. 50412

(Aprobado Acta No. 182)



Bogotá, D.C., siete (07) de junio de dos mil diecisiete (2017).



ASUNTO



Sería del caso definir la competencia para continuar el juicio oral que se adelanta contra Reinaldo Campos Serrano, si no fuera porque la solicitud de la Fiscalía es extemporánea.



ANTECEDENTES



  1. El 3 de octubre de 2008, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Flandes - Tolima -, en audiencias concentradas, i) legalizó la captura de Reinaldo Campos Serrano; ii) avaló la imputación que le formuló la Fiscalía como presunto autor del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años; y iii) le impuso la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión.



  1. El 27 de abril de 2009, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Flandes con Función de Control de Garantías concedió la libertad a Reinaldo Campos Serrano, conforme al numeral 5º del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal.



  1. La etapa de juicio correspondió al Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento del Espinal (Tolima), el 15 de enero de 2009 se realizó la formulación de acusación y el 10 de septiembre siguiente la audiencia preparatoria.



Luego de varios aplazamientos, el 8 de marzo de 2011 se instaló el juicio oral, las partes formularon su teoría del caso, se incorporaron las estipulaciones probatorias y se solicitó la suspensión de la diligencia por la inasistencia de los testigos de la Fiscalía, luego se presentaron reiteradas solicitudes de los sujetos procesales que llevaron a dilatar de manera injustificada la actuación, a tal punto que el 26 de mayo de 2017, fecha en que la Fiscalía impugnó la competencia del Juzgado, no se había culminado la etapa de práctica de pruebas.



CONSIDERACIONES DE LA CORTE



  1. En sesión de la audiencia de juicio oral surtida el pasado 26 de mayo, la Fiscalía impugnó la competencia del Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento del Espinal, por considerar que aunque los hechos citados en la acusación ocurrieron en varios municipios, entre ellos, El Espinal, se debe observar que los acontecimientos que configuran el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años sucedieron en Flandes y G., por lo cual, con fundamento en el Acuerdo PSAA16-10580 de 30...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR