Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-00775-00 de 5 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685167473

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-00775-00 de 5 de Abril de 2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTC4778-2017
Número de expedienteT 1100102030002017-00775-00
Fecha05 Abril 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC4778-2017

Radicación n.º 11001-02-03-000-2017-00775-00

(Aprobado en sesión de cinco de abril de dos mil diecisiete)


Bogotá D. C., cinco (05) de abril de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la acción de tutela promovida por Javier Ricardo T.B. contra la Sala de Casación Penal de esta Corporación, actuación a la que se ordenó vincular a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, el Juzgado Doce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad y todas las demás autoridades judiciales, partes e intervinientes en el proceso objeto de queja constitucional.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, «prohibición de la reformatio in pejus» y «favorabilidad», que estima vulnerados por la autoridad judicial encausada al casar parcialmente la sentencia dictada en su contra por el ad quem y condenarlo como autor responsable de los delitos de acceso carnal violento agravado, acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado, actos sexuales con menor de catorce años agravado e incesto, todos en concurso homogéneo y heterogéneo.


En consecuencia, pretende que por esta vía se conceda el resguardo deprecado, se deje sin efecto el fallo censurado y se realice la dosificación punitiva aplicando el principio de favorabilidad.


B. Los hechos


1. El 3 de abril de 2012, Á.M.C.S. denunció a J.R.T.B. por la presunta comisión de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales de la menor M.F.T.C., hija del denunciado.


2. El Juzgado Cuarenta y Dos Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá efectuó, el 27 de abril del año citado, las audiencias preliminares de legalización de captura y formulación de imputación, sin embargo no decretó la medida de aseguramiento solicitada.


3. La funcionaria instructora propuso los medios de impugnación ordinarios contra esta determinación.


4. El Juzgado Cuarenta y Uno Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá revocó la decisión anterior e impuso al señor T.B. medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.


5. El 28 de junio siguiente, se llevó a cabo la audiencia de acusación ante el Juzgado Doce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, por el concurso homogéneo y heterogéneo de las conductas punibles de acceso carnal violento agravado, acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado, actos sexuales con menor de catorce años agravado e incesto.


6. El juez de la causa dictó sentencia el 22 de febrero de 2013, en la que declaró al acusado como autor penalmente responsable de los delitos referidos atrás y le condenó a 310 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 10 años, y dispuso que él no se hacía acreedor a ningún subrogado o mecanismo sustitutivo de la ejecución de la pena.


7. Contra esta decisión, la defensa interpuso el recurso de apelación.


8. La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en fallo adiado el 24 de mayo de 2013, modificó la providencia del a quo, absolvió al recurrente por las conductas punibles de acceso carnal violento y acceso carnal abusivo con menor de catorces años, agravados, en concurso homogéneo y heterogéneo, y en efecto, redujo la pena de prisión a 195 meses.


9. Inconformes con esta determinación, el procesado y la víctima presentaron sendas demandas de casación.


10. La Sala de Casación Penal de esta Corporación únicamente admitió la demanda extraordinaria incoada por el apoderado de la víctima, a través de auto del 10 de septiembre de 2014.


11. La Homóloga Penal, mediante sentencia del 25 de enero de 2017, casó parcialmente el fallo emitido por el ad quem y, en su lugar, condenó al señor T.B. como autor responsable de los delitos de acceso carnal violento agravado, acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado, actos sexuales con menor de catorce años agravado e incesto, todos en concurso homogéneo y heterogéneo, y además fijó la pena de prisión en 279,15 meses y la inhabilitación para el ejercicio de derechos...

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