Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 79045 de 14 de Abril de 2015
| Sentido del fallo | CONCEDE TUTELA |
| Número de sentencia | STP4192-2015 |
| Número de expediente | T 79045 |
| Fecha | 14 Abril 2015 |
| Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
| Emisor | Sala de Casación Penal |
Radicado Nº 79045
JORGE ANTONIO PÉREZ ESLAVA
Primera Instancia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP4192-2015
Radicación Nº 79045
(Aprobado mediante Acta Nº 128)
Bogotá D.C., catorce (14) de abril de dos mil quince (2015).
Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, acerca de la demanda de tutela interpuesta por J.A.P.E., contra las Fiscalías 5ª Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla y 27 Seccional de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igual petición. T. al que se vinculó a la Coordinadora de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública y/o Fiscal 37 Seccional, así como al Fiscal 44 Seccional de la ciudad de Barranquilla.
ANTECEDENTES
JORGE ANTONIO PÉREZ ESLAVA, asegura que, recurre a la acción de tutela en aras de restablecer sus derechos fundamentales conculcados por las accionadas, señalando que denunció al Fiscal 27 Seccional de B.D.A.P.H., por cuando en el proceso 182244 que se adelantaba en su despacho se extraviaron o desaparecieron unas pruebas (disquetes) que contenían unas grabaciones que en su sentir demostrarían la responsabilidad penal de los que allí se juzgaban WILLIAM ANGEL TRAO ROMERO y CARLOS JULIO REYES CHACON, circunstancia que conllevó a que se les precluyera la investigación.
Señala que el conocimiento de la precitada denuncia contra el Fiscal 27 Seccional le correspondió a la Fiscalía 5ª Delegada ante el Tribunal de Barranquilla, despacho que no obstante haberle solicitado decretara algunas pruebas para el esclarecimiento de los hechos denunciados (interrogatorios, entrevistas, inspecciones judiciales), procedió a archivar las diligencias pese a existir elementos de prueba que permitían advertir que el F.A.P.H., había ocultado, omitido y denegado el acceso a la administración de justicia que como víctima tenía derecho en el proceso que se adelantó en su despacho, aspecto que sin lugar a dudas vulnera sus derechos y garantías fundamentales.
Es más, dice el accionante, que la Fiscalía 5ª Delegada ante el Tribunal accionada le vulneró su derecho de petición, pues no obstante haberle presentado una solicitud el 11 de noviembre de 2014, en la que además de explicarle los hechos ilícitos en los que había incurrido el Fiscal 27 Seccional hoy 44 de la Unidad de Administración Pública, le requirió que el proceso fuera tramitado por el procedimiento establecido en la Ley 600 de 2000, así como que se insistiera en la práctica de algunas pruebas decretadas, sin embargo, no recibió contestación alguna, por el contrario el 26 de noviembre de 2014, procedió a archivar la denuncia interpuesta.
En ese orden, solicita el amparo de sus derechos fundamentales transgredidos, en consecuencia, se decrete la revocatoria de la decisión de la Fiscalía 5ª Delegada ante el Tribunal accionado que ordenó el archivo de la denuncia instaurada contra el Fiscal 27 Seccional hoy 44 de la Unidad de delitos contra la Administración Pública, ordenándole además practique las pruebas que se le ha reiterado son conducentes para el esclarecimiento de los hechos que denunciara.
Igualmente solicita que la citada Fiscalía proceda a dar respuesta de fondo al derecho de petición radicado el 11 de noviembre de 2014, así como que se le condena en costas por los daños y perjuicios ocasionados.
II. TRÁMITE DE LA ACCIÓN
Avocado su conocimiento, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas y vinculadas para que ejercieran el derecho de contradicción y aportaran la información pertinente.
La Fiscalía 5ª Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla solicita declarar la improcedencia de la acción, al existir otros medios de defensa para la protección de los derechos fundamentales supuestamente transgredidos con la decisión que ordenó el archivo del proceso que se adelantó contra el Fiscal 27 Seccional como consecuencia de la denuncia que interpusiera en su contra el demandante, que no es otra, que acudir ante los Jueces de Control de Garantías, quien es en ultimas el competente para dirimir la controversia de reabrir o no la indagación.
De otra parte, allega copia de las decisiones del 26 de noviembre de 2014 y del 12 de marzo de 2015, a través de las cuales se ordena el archivo de la actuación cuestionada por el actor, así como se resuelve el recurso de reposición que interpusiera contra la misma.
La Procuraduría Delegada en lo Penal solicitó la desvinculación de la acción constitucional atendiendo a que la misma se promueve directamente contra las Fiscalías 5ª Delegada ante el Tribunal de Barranquilla y 27 Seccional Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la misma ciudad, sin que ésta guarde conducta alguna desplegada por funcionario de la Procuraduría, máxime cuando la petición elevada el 16 de enero de 2015 en la que se solicitaba intervenir y ejercer vigilancia en el proceso cuestionado fue contestada.
La Fiscalía 37 Seccional doctora L.B.P.A. señala no entender porque el accionante insiste en sostener que tiene participación en la presunta perdida de los disquetes cuando ni siquiera ha aportado una prueba que así lo indique, como tampoco alguna que haga referencia que haya recibido los mismos, además si existió algún tipo de responsabilidad en dicha actuación la Fiscalía 5ª Delegada ante el Tribunal quien conoció de la denuncia que el actor interpusiera por tales hechos hubiese ordenado compulsar copias para que se investigara su actuación irregular, situación que no ocurrió.
Así las cosas, al no haber vulnerado derecho alguno solicita declarar la improcedencia de la tutela en lo que a ella respecta, pues frente a los demás puntos cuestionados en la demanda de tutela no tiene nada que decir al no constarle lo indicado.
Por su parte, la Fiscalía 44 Seccional de Barranquilla allega copias de las decisiones de fondo adoptadas en el proceso radicado 182244 adelantado en la Fiscalía 27 Seccional.
CONSIDERACIONES
1. De conformidad con los artículos 1º y 4º del Decreto 1382 de 2000, en armonía con el Acuerdo No. 001 de marzo de 2002, mediante el cual se modificó el Reglamento de la Corte Suprema de Justicia, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la solicitud de tutela elevada por JORGE...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.