Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122030002016-01742-01 de 6 de Octubre de 2016
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Número de expediente | T 1100122030002016-01742-01 |
Número de sentencia | STC14267-2016 |
Fecha | 06 Octubre 2016 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado ponente
STC14267-2016
Radicación n.° 11001-22-03-000-2016-01742-01
(Aprobado en sesión del cinco de octubre de dos mil dieciséis)
Bogotá D.C., seis (6) de octubre de dos mil dieciséis (2016).-
Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 1º de septiembre de 2016, dentro de la acción de tutela promovida por Paola Andrea Garzón Agudelo contra Telesentinel Ltda. y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
1. La accionante, obrando en nombre propio, invocó amparo de los derechos fundamentales «a un debido proceso y un adecuado nivel de vida, acceso a la administración, lesión enorme, cobro de lo no debido, abuso del poder dominante, derecho habeas data», presuntamente vulnerados por las convocadas.
2. En soporte de la queja, adujo que Telesentinel Ltda., con quien contrató el servicio de monitoreo de alarma de su vivienda, continua facturando a pesar de haberle pedido la terminación unilateral del vinculó en razón de las continuas fallas y deficiencias en la atención.
Sostuvo que de tal forma se está presentando un cobro de lo no debido que ocasiona detrimento patrimonial e inseguridad en la vivienda, porque no ha podido tomar otra asistencia en vigilancia, ante la falta de paz y salvo expedido por la empresa.
Agregó que radicó queja ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
3. En consecuencia, como medidas concretas de defensa, ruega: (i) ordenar a la empresa «Efectuar paz y salvo y terminación del contrato por mal servicio» y; (ii) solicitar a la Superintendencia que «realice seguimiento a mi caso en particular, y que efectué las respetivas sanciones» (fls. 13 a 15, cd. 1).
1. Telesentinel Ltda. reclamó el archivo de la acción «por cuanto nuestra organización determinó aceptar la petición de la usuaria del servicio» (fls. 25 a 26, ibídem).
2. La Superintendencia accionada precisó el alcance de su función de control; esgrimió falta de legitimación en la causa por pasiva y; comunicó que remitiría a «la Delegatura para el Control, los hechos (…) para que sean objeto de investigación y de ser el caso se apliquen las sanciones que correspondan» (fls. 37 a 41, ídem.).
Negó por improcedente la tutela al concluir, que la controversia aludía a...
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