Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 47921 de 12 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691997301

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 47921 de 12 de Octubre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de San Gil
Fecha12 Octubre 2016
Número de sentenciaAP7033-2016
Número de expediente47921
Tipo de procesoSEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente

AP7033-2016

Radicado N° 47.921

(Aprobado acta Nº 317)

Bogotá, D. C., doce (12) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

I. MOTIVO DE LA DECISIÓN

Se pronuncia la Corte sobre la apelación interpuesta por la Fiscalía contra la decisión de 5 de abril de 2016, proferida por el Tribunal Superior de San Gil dentro de la audiencia de juicio oral cursando en contra del fiscal A.A.A., por la cual accedió a la incorporación, a través del investigador privado, de dos documentales como prueba de referencia, en razón a la muerte del testigo directo.

II. HECHOS:

De conformidad con lo expresado en el escrito de acusación, son los siguientes[1]:

«El día 19 de Diciembre de 2014, mediante oficio N° 185 DFNEJT- PRNMA/ f.70, suscrito por la D.....E.X............A.R., Fiscal 70 Especializada del Eje Temático de protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, con sede en Bucaramanga, pone en conocimiento la presunta comisión de conductas punibles contra la administración pública por parte de funcionarios activos adscritos a la Fiscalía Seccional de Cimitarra, Departamento de Santander; manifestando que adelanta una investigación bajo el radicado 110016099034201300483, por el delito de ilícito aprovechamiento de recursos naturales, por lo que encontró en la etapa de investigación, en el resultado de las escuchas de interceptaciones que se realizaron a unos abonados celulares, que estos funcionarios omitían, retardaban procedimientos legales relacionados con los procesos penales por el tráfico ilegal de madera en la zona de cimitarra (sic) y alrededores, de delitos investigados que adelantaban en su despacho Fiscal; por lo cual se nos remitió compulsa de copias de las piezas procesales pertinentes para adelantar la investigación contra estos funcionarios, entre lo que se encuentran transcripciones y análisis de los abonados que se interceptaron, donde el F.S.A.A.A. y su asistente M.D.B.V., hablaban de dinero “arreglar” libertades de capturados en flagrancia y entrega de vehículos incautados, así mismo en interrogatorios realizados a algunos de los indiciados que conforman la organización criminal; proceso que adelanta la Fiscalía 70 especializada de la unidad de Medio Ambiente de Bucaramanga. Manifiestan y se ratifican de las negociaciones que hacían con los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación.

La Fiscalía en desarrollo del programa metodológico y órdenes a policía judicial tendientes a la verificación de la compulsa de copias de piezas procesales aportadas a la investigación que nos concierne, encontró:

  1. En interrogatorio recepcionado al señor E.T.D., con el Alias de “MINCHO” de fecha 31 de octubre de 2014, donde manifestó: “también hemos entregado dineros a unos señores de la Fiscalía de Cimitarra, como a los Fiscales de nombre DR. AMAYA y DR MANUEL, quienes nos colaboraron por sacar los camiones incautados y que estaban en los patios, el dinero que entregamos es de 4 a 5 millones de pesos a estos señores, la última entrega de dinero se la hicimos al D.M., le dimos $2.800.000 millones de pesos de (sic) la estación de servicio salida al municipio de L., nos ayudó a sacar un camión sencillo, este era de un man que le dicen el GRINGO, yo fui el que le hice el contacto para que hablara con el D.M. y DR, AMAYA que como hace unos 5 o 6 meses, le dimos 5 millones de pesos, en un establecimiento de razón social denominada la TATA, personalmente le entregué el dinero para que nos sacara un camión doble troque del señor A.P., así muchas veces hemos entregado dinero a esos señores Fiscales por los vehículos inmovilizados, también sé que otros comerciantes de manera han hecho otras entregas de dinero”

De lo manifestado anteriormente, el indiciado en esa otra investigación T.D. se ratificó de la acusación referida, conforme a declaración bajo juramento de fecha 21 de mayo de 2015, argumentando que el mismo les entregada los dineros al D.A. y DR. MANUEL. Por lo que esta Fiscalía encuentra que estos funcionarios se encuentran inmersos en concierto para delinquir y concusión, ya que según lo manifestado por el testigo se dedicaban desde hace tiempo atrás a cuadrar entrega de vehículos y libertades de capturados en flagrancia concertándose previamente con los comerciantes de maderas en diversas oportunidades y frente a diversos hechos.

  1. En interrogatorio recepcionado al S.C.A.Q., de fecha 31 de octubre de 2014, y su ampliación de 11 de diciembre de 2014, manifestó: “bajo la gravedad de juramento quiero informar que en dos oportunidades tuve dos vehículos con madera y los conductores en la Fiscalía de Cimitarra, me entregaron los carros y soltaros a los conductores, debido a que el Señor Fiscal AMAYA en una oportunidad exigió y recibió $5.000.000 DE PESOS Y EN LA OTRA $3.500.000 PESOS, ESA PLATA SE HIZO LLEGAR POR MEDIO DE T., el cual es conocido por él, no me acuerdo de la fecha exacta, pero la última vez fue hace dos meses, la plata de (sic) entrega al señor fiscal se realizó en efectivo en Cimitarra, fuera de la oficina eso me lo manifestó T., esa plata se la dí a TELLEZ en efectivo en las dos oportunidades.”

De lo manifestado anteriormente, el indicado en esa otra investigación A.Q. se ratificó de la acusación referida, conforme a declaración bajo juramento de fecha 21 de mayo de 2015, argumentando que mediante E.T.D. alias MINCHO les entregaba los dineros al Doctor AMAYA y DR MANUEL. Por lo que esta Fiscalía encuentra que estos funcionarios se encuentran inmersos en concierto para delinquir y concusión, ya que según lo manifestado por el testigo se dedicaban desde hace tiempo atrás a cuadrar entregas de vehículos y libertades de capturados en flagrancia concertándose previamente con los comerciales de madera y en diversas oportunidades y frente a diversos hechos.

Así mismo mediante entrevista realizada por policía judicial SIJIN el patrullero A.B.P., al señor C.A.Q. se estableció la relación contractual de éste con SERJULIO TOLOZA y ANDERSON ENRIQUE ROJAS MUNEVAR para manejar camiones de su propiedad y que fueran incautados con madera ilícita, lo que brinda mayor credibilidad a las incriminaciones hechas.

  1. En interrogatorio recepcionado al señor C.A.S., de fecha 13 de noviembre de 2014, indicó, “que cuando les cogen algún carro con madera, estas personas tienen sus amistades para hablar con el F.A. para que este les colabore a cambio dinero, esto lo sé porque me lo contaba M.(.T., también me contó un conductor de JORGE uno que le dicen TELETUVI, (sic) él se llama J.F. BAÑOS»

Más adelante el escrito de acusación[2] expresa que también se extraen hechos de la transcripción de las interceptaciones, de donde se sabe que el fiscal A.A. y su asistente se comunicaban con los comerciantes de madera para solicitar dinero para entregar carros incautados, liberar conductores capturados y no solicitar medida de aseguramiento.

III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES

1. Con fundamento en lo narrado, el 11 de febrero de 2015 se imputó al fiscal A.A.A. las conductas punibles de concierto para delinquir (Artículo 340 Código Penal) a título de autor, en concurso heterogéneo sucesivo con concusión (Canon 404 ibidem) como coautor, prevaricato por acción y por omisión (Preceptos 413 y 414 ídem, respectivamente), ambos como autor; las tres últimas cada una en concurso homogéneo y sucesivo[3]. En la misma audiencia se impuso medida de aseguramiento domiciliaria al funcionario imputado.

2. El 16 de junio de 2015 se llevó a cabo la audiencia de acusación; entre el 15 de septiembre y el 6 de octubre de la misma anualidad se surtió la preparatoria; el juicio oral tuvo su inició el 9 de noviembre de 2015 y luego de múltiples aplazamientos continuó el 4 de abril de 2016; el 5 del mismo mes y año, se profirió la decisión que originó la alzada que se resuelve.

3. En la última sesión indicada, durante el testimonio del investigador privado de la defensa J.F.R., el abogado del acusado solicitó permiso al magistrado para exhibir al testigo el certificado de defunción de ...

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