Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002016-00584-01 de 2 de Junio de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692019649

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002016-00584-01 de 2 de Junio de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Número de expedienteT 1100102040002016-00584-01
Número de sentenciaSTC7130-2016
Fecha02 Junio 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL




AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente



STC7130-2016

Radicación n.° 11001-02-04-000-2016-00584-01

(Aprobado en sesión de primero de junio de dos mil dieciséis)



Bogotá, D.C., dos (2) de junio de dos mil dieciséis (2016).



Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo proferido el 12 de abril de 2016 por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, en la acción de tutela promovida por M.L.P.A., a través de apoderada judicial, contra la Fiscalía Primera Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito y la Fiscalía Tercera Seccional, ambas de Villavicencio.


ANTECEDENTES


1. La accionante, a través de apoderada judicial, reclama la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, «seguridad jurídica», acceso a la administración de justicia y el principio de primacía del derecho sustancial, presuntamente vulnerados por las accionadas.


Solicita, entonces, «REVOCAR la resolución de fecha 09 de junio de 2015 en lo que respecta a la exclusión de la prueba consistente en dictamen pericial (…), REVOCAR la resolución de fecha 21 de septiembre del año 2015 proferida por la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Villavicencio [que confirmó la anterior] (…), DEJAR SIN EFECTOS las actuaciones del proceso (…) tramitado ante el Fiscal Tercero Delegado ante Jueces Penales del Circuito de Villavicencio, con posterioridad al 9 de junio de 2015 (…) y se ordene rehacer las actuaciones (…)» (fls.51 y 52, cdno.1).


2. Como sustento de su petición indicó que:


2.1. En el año 2004 realizó contrato verbal de compraventa con su hermano H.P.A. por 350 reses. El comprador falleció y la accionante inició proceso ejecutivo singular con el fin de reclamar su acreencia.


2.2. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Villavicencio conoció del mencionado proceso y rechazó las pretensiones de la demandante como consecuencia de una prueba pericial realizada allí, donde una grafóloga del Instituto Nacional de Medicina Legal, determinó que el título valor (cheque) base de ejecución no se identifica con el desenvolvimiento caligráfico de H.P.A..


Conforme lo anterior remitió copia de lo actuado con destino a la Fiscalía General de la Nación, para la investigación correspondiente.


2.3. El 16 de abril de 2012, la Fiscalía abrió investigación preliminar contra...

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