Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 93056 de 25 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692023353

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 93056 de 25 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Montería
Fecha25 Julio 2017
Número de sentenciaSTP10915-2017
Número de expedienteT 93056
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal


SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP10915-2017

Radicación 93056

(Aprobado Acta No. 236)


Bogotá D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación presentada por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional – Área Caldas, contra la sentencia proferida el 15 de junio de 2017 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Manizales, que accedió a la acción de tutela presentada por Josué Eduaimen García Morales, agente oficioso de G.M.O., presuntamente vulnerados por la mencionada entidad y la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional.


Al trámite fueron vinculadas la Clínica La Toscana, la Nueva EPS, la IPS Oncólogos del Occidente S.A., las Secretarías de Planeación y Salud de Manizales, la Oficina del SISBÉN de esa ciudad, la Dirección Nacional de Planeación –DNP-, la Dirección Territorial de Salud de Caldas, el Ministerio de Salud y Protección Social, la Casa de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, ASSBASALUD ESE y ADMETSALUD EPS.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


Según se establece de la demanda presentada por Josué Eduaimen García Morales, hijo y agente oficioso de G.M.O., su madre es una persona de la tercera edad (78 años), con diagnóstico de tumor maligno del endometrio, adenocarcinoma invasivo de endometrio, hipertensión pulmonar primaria, demencia vascular, enfermedad de Ménière, trastorno afectivo bipolar y trombosis mesentérica.


Informó el peticionario que G.M.O. estuvo vinculada al Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en calidad de beneficiaria de su cónyuge, Rodrigo García Osorio, hasta el 27 de abril de 2017, cuando falleció. A partir de esa fecha, denunció, no ha podido acceder a los tratamientos que su condición médica demanda.


Por tal motivo, el 14 de mayo de 2017 solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes y, entre tanto, requirió a la Policía Nacional de Caldas y a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional la reactivación de los servicios de salud.


Sin embargo, alegando la inexistencia de algún vínculo con la Policía Nacional, las accionadas le informaron que sólo podían garantizar la atención por urgencias de GRACIELA MORALES OROZCO.


Por tal motivo, el agente oficioso acudió a la jurisdicción constitucional pretendiendo la protección de los derechos fundamentales a la salud, vida en condiciones dignas, igualdad y debido proceso. Por consiguiente, solicitó que se ordene a la Policía Nacional de Caldas y a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional que...

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