Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002017-01667-00 de 29 de Noviembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 698026501

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002017-01667-00 de 29 de Noviembre de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTC19980-2017
Número de expedienteT 1100102040002017-01667-00
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Fecha29 Noviembre 2017
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
MateriaDerecho Civil


ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC19980-2017

Radicación n.° 11001-02-04-000-2017-01667-01

(Aprobado en sesión de veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete)


Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación formulada respecto al fallo proferido el doce de octubre de dos mil diecisiete por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, en la acción de tutela promovida por el señor Nelson Orlando Arias Caballero, a través de apoderado judicial, contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esta ciudad, el Juzgado 22 Penal del Circuito de Bogotá, las Fiscalías 49, 179 y 210 Seccionales de esta localidad, y la 342 Seccional Cundinamarca, actuación a la que se ordenó vincular al Juez 49 Penal del Circuito, al Procurador Judicial 7 Penal II, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Guaduas, así como a las partes e intervinientes en el proceso objeto de queja constitucional.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


El accionante solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso que considera quebrantado por las autoridades judiciales acusadas con ocasión de las decisiones proferidas en la actuación en la que resultó condenado como autor responsable de los delitos de fraude procesal, estafa y falsedad en documento público.


En consecuencia, pretende que se ampare la prerrogativa fundamental invocada, por ende, se declare la nulidad de todo lo actuado, inclusive, de la resolución de apertura de instrucción dictada el 3 de septiembre de 2008, por la Fiscalía 342 Seccional de La Calera, Cundinamarca, para que, en su lugar, se rehaga la actuación bajo la Ley 600 de 2000 y se ordene su libertad.


B. Los hechos


1. La señora Y.A.Z.O. instauró denuncia penal contra el actor, con ocasión de la compraventa del vehículo de placa CTV532, que, según enuncia en su queja, canceló en su totalidad y el gestor no era su propietario.


2. Por reparto le correspondió a la Fiscalía 28 Seccional de Bogotá, quien, luego de elaborar el respectivo plan metodológico e impartir órdenes de Policía Judicial, ordenó su remisión a su homólogo en el municipio de la Calera, por cuanto los hechos denunciados ocurrieron en esa localidad.


3. El 3 de septiembre de 2008, la Fiscalía 342 Seccional de Bogotá libró órdenes de captura contra el peticionario.


4. En Resolución de 31 de marzo de 2009 lo declaró persona ausente y en aras de garantizarle el derecho a la defensa le designó un abogado de oficio.


5. El 11 de febrero de 2011, la Fiscalía 49 Seccional de Bogotá, adscrita a la Unidad 1ª de Fe Pública y Patrimonio Económico, dictó resolución de acusación por los presuntos delitos de falsedad en documento privado, estafa y fraude procesal contra el gestor.


6. El 20 de junio de siguiente el Juzgado 22 Penal del Circuito de Bogotá avocó conocimiento del asunto.


7. El 2 de agosto de posterior adelantó la audiencia preparatoria y el 13 de septiembre de 2012 de juzgamiento.


8. En sentencia de 22 de marzo de 2013, aquel funcionario negó la solicitud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR