Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7611122130002017-00339-02 de 4 de Diciembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 698385417

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7611122130002017-00339-02 de 4 de Diciembre de 2017

Sentido del falloABSTENERSE DE INICIAR INCIDENTE DE DESACATO
Número de sentenciaATC8216-2017
Número de expedienteT 7611122130002017-00339-02
Fecha04 Diciembre 2017
Tipo de procesoINCIDENTE DE DESACATO
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ATC8216-2017

Radicación n° 76111-22-13-000-2017-00339-02

B.D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

Decide la Corte lo conducente en torno al incidente de desacato presentado ante esta Corporación por la señora M.L.T.R. quien manifiesta el incumplimiento a la sentencia proferida el 31 de octubre de 2017 por el Tribunal Superior de Buga, Sala Civil Familia en la acción de tutela que instauró frente a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, S.V.d.C..

CONSIDERACIONES

Revisadas las diligencias, preliminarmente se advierte que la Corte carece de competencia para tramitar el asunto relacionado, pues como se ha reiterado jurisprudencialmente, corresponde conocer del mismo al Juez de primera instancia, «con independencia de que haya sido él, o el de 2ª instancia, quien hubiera impartido la orden de tutela» (autos de 7 de junio y 26 de septiembre de 2005, rad. 00627 y 01217, respectivamente).

En mérito de lo expuesto, se Resuelve:

Primero: Abstenerse de tramitar el aludido incidente, por la razón expuesta en la parte motiva de esta providencia.

Por Secretaría de la Sala remítase de manera inmediata el expediente a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, para lo de su cargo.

Segundo: N. a los interesados por el medio más expedito, lo así decidido.

N. y Cúmplase

LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado

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