Sentencia nº 05001-23-33-000-2016-02470-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 6 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 699169033

Sentencia nº 05001-23-33-000-2016-02470-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 6 de Abril de 2017

Fecha06 Abril 2017
EmisorSECCIÓN PRIMERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejera ponente: MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZ

Bogotá, D.C., seis (6) de abril de dos mil diecisiete (2017)

Radicación número: 05001-23-33-000-2016-02470-01 (AC)

Actor: N.D.J.R.M. Y OTRAS

Demandado: INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR I.C.B.F. Y OTRO

Procede la Sala a decidir la impugnación, oportunamente interpuesta por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, contra el fallo de 24 de noviembre de 2016, proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, que amparó los derechos fundamentales alegados como vulnerados por la parte actora.

ANTECEDENTES.

I.1.- La Solicitud.

Las señoras N.D.J.R.M., P.M.D., M.D.S.M.M., M.B.G.M., N.M.A.Q., G.P.V.G., A.O.M., LUZ M.T. MISAS y LUZ N.M.R.,en nombre propio, interpusieron acción de tutela contra la Fundación Ser Humano Como Tú y el ICBF, con el fin de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al mínimo vital, al trabajo y a la vida digna.

I.2 Hechos.

La señora N.D.J.R.M. manifestó que tiene 40 años de edad y que en la actualidad vive con su hija menor de 15 años, en el barrio E., en una casa estrato 1. Adujo que su trabajo constituye su único sustento para sufragar los gastos de su hogar, pues es madre cabeza de familia.

Aseguró que desde el año 2007 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Ser Humano Como Tú, en cuyo término los pagos de seguridad social y salarios siempre eran puntuales.

Sostuvo que desde el mes de junio de 2016, la Fundación Ser Humano, empezó a retardar los pagos de salarios y seguridad social, pues se le pagaron los meses de junio y julio al final de este último.

Agregó que a la fecha, la Fundación se encuentra en mora respecto de los salarios y prestaciones sociales de los meses de septiembre y octubre, incluyendo su liquidación, teniendo en cuenta que su contrato vencía el 31 de este último mes, razón por la que fue suspendida la prestación del servicio en la EPS, ARL Positiva y la Caja de Compensación Familiar.

Puso de manifiesto que al indagar con la Fundación sobre el incumplimiento en su pago, ésta le informó que debía esperar a que el ICBF le pague el dinero que le adeuda para así poder realizar los pagos.

Aseguró que ante tales anomalías se dirigió junto con 20 madres comunitarias al ICBF el 5 de julio de 2016, con el fin de ponerlo al tanto de la situación presentada con la Fundación Ser Humano Como Tú. En respuesta, la Directora Zonal 4 S.G. manifestó que se reuniría con el señor E.E.R.M. para que explicara las inconsistencias teniendo en cuenta que ellos estaban pagando a tiempo, no obstante, el mencionado señor nunca llegó.

Agregó que el 3 de noviembre de 2016, de manera pacífica, se dirigieron a la entrada del ICBF, en donde fueron entrevistadas por diferentes medios de comunicación, los cuales indagaron con uno de los funcionarios de la Institución, quien dio como respuesta que no tenían nada que ver con las madres comunitarias y que esa situación sólo la podía resolver el operador que fue el que las contrató.

Se advierte que las accionantes que se enunciarán a continuación, alegaron las mismas inconsistencias expresadas por la Señora N. de J.R.M., en relación con el retraso en los pagos de salarios y seguridad social a partir del mes de junio de 2016, así como que les adeudan el salario y las prestaciones sociales correspondientes a los meses de septiembre y octubre del mismo año y, además, que están suspendidas en la EPS, ARL y la Caja de Compensación Familiar; de igual forma se refirieron a las mismas respuestas suministradas por el ICBF y a su protesta en las instalaciones de dicha entidad. Las accionantes, manifestaron en particular, lo siguiente:

-. G.P.V.G.. Expresó que tiene 44 años de edad y que en la actualidad vive con su esposo y su hija en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella, pues su esposo y su hija están desempleados.

Aseguró que desde el 28 de enero del año 2000 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. PIEDAD M.D.. Manifestó que tiene 52 años de edad y que en la actualidad vive con sus dos hijas y sus dos nietos en el barrio E. en una casa estrato 2. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella.

Aseguró que desde el 22 de marzo del año 1993 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, a la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. A.O.M. manifestó que tiene 59 años de edad y que en la actualidad vive con su hija y sus tres nietos en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella.

Aseguró que desde enero del año 1992 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, a la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. M.D.S.M.M. manifestó que tiene 46 años de edad y que en la actualidad vive con sus dos hijas y sus tres nietos en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella y, además, fue desplazada en el año 1997 del Municipio de Santa Rita (Ituango).

Aseguró que desde el año 1998 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Villa Turbay y, actualmente, en la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. LUZ M.T.M. manifestó que tiene 32 años de edad y que en la actualidad vive con su esposo, sus dos hijos y su padre en el barrio Golondrinas de E. en una casa estrato 1. Adujo que su trabajo es el sustento para sufragar los gastos de su hogar. Asimismo, que se encuentra en situación de desplazamiento desde el año 2003 y que pertenece a la comunidad indígena Embera-Chami de Río Sucio (Caldas).

Aseguró que desde febrero del año 2004 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, en la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. M.B.G.M. manifestó que tiene 37 años de edad y que en la actualidad vive con su esposo y con su hija menor de 11 años en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella.

Aseguró que desde el 2 de mayo del año 2006 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, en la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. N.M.A.Q. manifestó que tiene 37 años de edad y que en la actualidad vive con sus dos hijos de 15 y 13 años y con su madre de 77 años en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella, pues es madre cabeza de familia.

Aseguró que desde el 26 de enero del año 1996 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, en la Fundación Ser Humano Como Tú.

-. LUZ N.M.R. manifestó que tiene 39 años de edad y que en la actualidad vive con sus cuatro hijos, de los cuales dos tienen 8 y 6 años, en el barrio E. en una casa estrato 1. Adujo que los gastos del hogar son solventados por ella, pues es madre cabeza de familia.

Aseguró que desde el 15 de octubre del año 1995 se ha desempeñado como madre comunitaria al servicio de la Fundación Lejos del Nido y, actualmente, en la Fundación Ser Humano Como Tú.

I.3 Pretensiones.

Solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales al mínimo vital y a la dignidad humana y, en consecuencia, que se ordene a la Fundación Ser Humano Como Tu y al ICBF, que se sirva efectuar el pago de los salarios dejados de percibir que corresponden a los meses de septiembre y octubre de 2016, así como la liquidación de las prestaciones sociales.

Adicionalmente, solicitaron lo siguiente:

“TERCERO: ORDENAR a la parte accionada que dentro de los diez (10) días siguientes al fallo de tutela INFORME el estado de cumplimiento del mismo, de tal manera que usted, señor J. Constitucional, pueda hacerle un seguimiento de cumplimiento de las órdenes proferidas, haciendo efectiva la protección otorgada.

CUARTO: De no presentarse el cumplimiento del fallo y/o el informe a que se refiere la PETICIÓN TERCERA, HACER CUMPLIR EL FALLO, de conformidad con el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, de tal manera que la sentencia protectora no pase a ser un elemento inocuo frente a la protección y no se tenga que utilizar nuevamente esta vía constitucional en busca de la protección ya concedida.”

I.4 Defensa.

El ICBF -Regional Antioquia, puso de presente que por disposición del Decreto 2388 de 1979 tiene a su cargo la dirección y orientación del Servicio Público de Bienestar Familiar, dirigido a satisfacer en forma permanente y obligatoria las necesidades de la sociedad en materia de integración y realización armónica de la familia, la protección preventiva y especial de los niños, niñas y adolescentes que carecen de una familia y la garantía y protección de sus derechos fundamentales.

Señaló que para el cumplimiento de sus fines, la Ley lo faculta para suscribir contratos especiales de aporte con personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, para lo cual debe proveer los bienes y recursos indispensables para la prestación del servicio total o parcial, cuya actividad se cumple bajo su exclusiva responsabilidad. Agregó que sus Centros Zonales capacitan a las entidades y las orientan en la ejecución del contrato de aporte y el buen uso de los recursos, a través de la supervisión y seguimiento del cumplimiento del objeto del contrato y la aplicación de las normas técnicas, administrativas y financieras.

Adujo que teniendo en cuenta las consideraciones descritas, bajo el contrato de aporte, entregó unos recursos económicos a la Fundación Ser Humano Como Tú, con el fin de que se brinde atención a los niños y niñas en la modalidad de hogares infantiles y se encargue del talento humano de su dependencia, para lo cual tiene completa autonomía e independencia para manejar todo lo relacionado con sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR