Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP7157-2018 de 29 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737731765

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP7157-2018 de 29 de Mayo de 2018

Fecha29 Mayo 2018
Número de expedienteT 98378
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP7157-2018

Radicación Nº 98378

Acta 170

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el accionante ORLANDO CASTRILLÓN OSPINA contra el fallo de tutela de 5 de abril de 2018, proferido por la Sala de Decisión Constitucional del Tribunal Superior de Buga, mediante el cual negó el amparo de sus derechos fundamentales a la vida, vida digna, igualdad y libre desarrollo de la personalidad, presuntamente vulnerados por la Nación, Presidencia de la República y Presidencia del Congreso de la República.

ANTECEDENTES

Así fueron sintetizados por la Sala Penal del Tribunal A quo:

El accionante O.C.O., obrando en nombre propio y como agente oficioso del pueblo colombiano, inicia trámite de tutela tendiente a que se protejan los derechos fundamentales a la VIDA, VIDA DIGNA, IGUALDAD y LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD.

Refiere, que propone acción de tutela social integral por estado de cosas inconstitucional, con el fin de evitar un perjuicio irremediable que pueden sufrir los derechos fundamentales de todos los colombianos, debido a que se encuentra ad portas la posesión de nuevas autoridades y gobernantes, los cuales verán llamados a organizar y velar por el bienestar de los colombianos.

Manifiesta que todos y cada uno de los ciudadanos nacimos libres pero cedimos nuestras libertades a unos pocos con el fin de que las autoridades garantizaran una vida digna a través de un pacto social, fruto de ello, surgió una constitución encargada de establecer principios, fines del estado y exponer una serie de derechos fundamentales que hoy en día se encuentran gravemente vulnerados por parte del Estado.

Aduce que el Estado ha omitido el cumplimiento de principios y normas nacionales, que a diario se vulneran derechos fundamentales a los asociados por parte de sus gobernantes y que los mismos no se han encargado de garantizar a los ciudadanos una vida en condiciones dignas y de manera equitativa, refiere que existen falencias en su deber de cuidado y ha fallado en el buen desempeño de las funciones administrativas que conllevan un alto grado de corrupción.

El ciudadano precisa que a pesar de que Colombia cuenta con normatividad tendiente a erradicar la corrupción y los delitos que de ella se generan, la misma se torna poco efectiva e idónea, pues, hace falta una solidad estructura institucional que las respalde.

De la misma forma, el accionante aduce que los casos de corrupción aumenta, que con el paso del tiempo se sustrae el dinero de los erarios públicos y abundan las malas decisiones administrativas, y que a pesar de ello las Instituciones Públicas llamadas a regular las conductas permiten que doto se quede en la impunidad, y en algunos casos donde se impone sanción, las penas son irrisorias, permitiendo que el flagelo continúe.

Precisa, que en Colombia prevale el interés particular sobre el interés general, y los gobernantes desean obtener su propio bienestar, pues se enriquecen con el dinero público, mientras el pueblo sufre las consecuencias de la falta de presupuesto, situación que no permite que se garantice una vida digna a los asociados, los cuales buscan la manera de satisfacer sus necesidades básicas de forma fácil, conllevando a que se desate un caos social.

Agrega, que si se logra salvaguardar los derechos constitucionales de los asociados, se va a erradicar la corrupción de Colombia y crear políticas públicas que permitan ser y estar mejor. Aduce que de acuerdo con lo prescrito por la Corte Constitucional, la dignidad humana y la vida digna en Colombia debe regirse por tres aspectos: vivir como quiera, vivir bien, vivir sin humillaciones, y si alguna persona o entidad se encarga de transgredirlos, los ciudadanos pueden exigir protección ale Estado.

Finalmente, el accionante solicita que se conceda como medida provisional, que se ordene a todos aquellos que ejercen funciones públicas no disponer del dinero del erario público, ni tramitar, otorgar o conceder contratos públicos y se abstengan de tomar decisiones importantes hasta que se establezcan políticas públicas idóneas tendientes a erradicar la corrupción del país., exceptuando gastos y decisiones mínimas para garantizar el funcionamiento del Estado.

Además, solicita que se declare el estado de cosa inconstitucional y se tutele la parte dogmática de la constitución, con ello, se ampare sus derechos fundamentales y los de cada uno de los colombianos; que se declare la vulneración de la Constitución Política y los tratados internacionales...

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