Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC10629-2018 de 16 de Agosto de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 739695869

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC10629-2018 de 16 de Agosto de 2018

Fecha16 Agosto 2018
Número de expedienteT 1100102030002018-02282-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.S.R.

Magistrado ponente

STC10629-2018

Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-02282-00

(Aprobado en sesión de quince de agosto de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

Se decide la acción de tutela promovida por la Corporación Investigación en Desarrollo Tecnológico Sostenible – CINDENTS, representada legalmente por E.P.R., contra la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga y los Juzgados Sexto y Duodécimo Civiles del Circuito de la misma ciudad, trámite al que fueron vinculadas las partes e intervinientes en los asuntos donde se origina la queja.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    La sociedad reclamante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, que considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas al negarse a tramitar el incidente y la demanda de nulidad de actos de asamblea y “levantamiento del velo corporativo” de la Corporación Bucaramanga Emprendedora, L.C.G.S., Incubadora de Empresas - CBE, pese a que sus solicitudes fueron oportunas.

    En consecuencia, pretende que se ordene al Juzgado 12 Civil del Circuito y al Tribunal Superior de Bucaramanga, invalidar las decisiones cuestionadas y, en su lugar, proceder a admitir y dar curso a su demanda o, subsidiariamente, ordenar al Juez 6º de la misma especialidad y ciudad, adelantar el incidente que para los mismos efectos radicó. [Folios 55-69, c.1]

  2. Los hechos

    1. El 8 de junio de 2015, la tutelante, presentó demanda ejecutiva contra la Corporación Bucaramanga Emprendedora –CBE, a fin de obtener el pago de $598.074.959, representados en un pagaré, tras la terminación y liquidación del contrato suscrito entre ambas, para la Cooperación de Ciencia y Tecnología, en el marco del convenio No. 000573/13 firmado entre el INCODER y la CBE.

    2. El conocimiento del asunto le correspondió al Juzgado Sexto Civil del Circuito de B., que libró mandamiento de pago el 19 de agosto posterior.

    3. El 20 de febrero de 2017, el extremo ejecutante solicitó tramitar incidente de nulidad de actos de asamblea, para que se dejara sin efectos la liquidación de la Corporación demandada, acordada en Asamblea Extraordinaria de diciembre 12 de 2016, cuya acta se inscribió en el registro mercantil el 21 siguiente, así como acumular los procesos ejecutivos que se encuentran en curso contra la misma deudora, atendiendo su estado de liquidación.

    4. El 28 de marzo de 2017, el fallador dispuso requerir a la sociedad reclamante para que aclarara si su escrito estaba encaminado a iniciar una demanda verbal de impugnación de actos de asambleas, juntas directivas o de socios, caso en el cual, informó, debía iniciar el correspondiente litigio por separado «…toda vez que la presente actuación lo que pretende es el cumplimiento de una obligación contenida en el título ejecutivo –PAGARÉ No. 004- que obra a folios 2 y 3…»

    5. El 20 de noviembre de 2017, el fallador negó aquellos pedimentos por considerar que al interior del juicio ejecutivo no es dable adelantar juicios declarativos como el que se propone.

    6. Inconforme, la persona jurídica tutelante recurrió en reposición y apelación la referida decisión.

    7. En providencia de 19 de diciembre de 2017, el juzgador dispuso mantener su postura y negar la concesión del recurso subsidiario, por improcedente.

    8. El 12...

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