Circular 035 de Superintendencia Financiera, de 25 de Diciembre de 2018 - Normativa - VLEX 754228229

Circular 035 de Superintendencia Financiera, de 25 de Diciembre de 2018

CIRCULAR EXTERNA 035 DE 2018

( Diciembre 26 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS

Referencia: Instrucciones relativas al cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria de los fondos de pensiones obligatorias y los portafolios de los fondos de cesantías, la valoración de inversiones del fondo especial de retiro programado, y el régimen de gastos admisibles para los fondos de pensiones obligatorias y los portafolios de los fondos de cesantías.

Apreciados señores:

Con el fin estandarizar la metodología para el cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria de los fondos de pensiones obligatorias y el portafolio de largo plazo de los fondos de cesantías, se considera necesario reemplazar el portafolio de referencia que actualmente es divulgado por esta Superintendencia para incluir un conjunto de índices representativos del mercado de renta fija local en el componente de referencia utilizado para el cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria de los fondos de pensiones obligatorios, así como definir la metodología de agregación de índices de renta fija para el cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria del portafolio de largo plazo de los fondos de cesantías.

Asimismo, se considera necesario impartir instrucciones relativas al cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria y la valoración de las inversiones del fondo especial de retiro programado, en desarrollo de las modificaciones introducidas por el Decreto 059 de 2018.

Finalmente, se considera necesario impartir instrucciones relativas al régimen de gastos admisibles para los tipos de fondos de pensiones obligatorios y los portafolios de los fondos de cesantías.

En consecuencia, este Despacho, en ejercicio de sus facultades legales y en particular las establecidas en el artículo 2.6.5.1.2, el parágrafo 3 del artículo 2.6.9.1.2, y el numeral 5° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y el literal b del artículo 15 del Decreto Ley 656 de 1994, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Adicionar el numeral 2.6 al Capítulo II del Título III de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, relativo al cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria del fondo especial de retiro programado.

SEGUNDA: Modificar el numeral 2.5 del Capítulo II del Título III de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, relativo al cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria de los fondos de pensiones obligatorias de la etapa de...

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