Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53031 de 30 de Abril de 2019
Sentido del fallo | INADMITE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Fecha | 30 Abril 2019 |
Número de sentencia | AP1503-2019 |
Número de expediente | 53031 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado ponente
AP1503-2019
Radicación N° 53031
Acta 101
Bogotá D.C., treinta (30) de abril de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO:
Decide la Sala sobre la admisión de la demanda de casación presentada por el defensor de la procesada María Eugenia Vélez Berrío, contra la sentencia del 13 de abril de 2018 por medio de la cual el Tribunal Superior de Cali confirmó la que en sentido condenatorio dictó el Juzgado Décimo Penal de ese circuito el 22 de febrero del mismo año, por el delito de ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad.
HECHOS
A Libardo León Trujillo Solarte, padre de L.M.T.V., nacida el 19 de febrero de 2008, le fue otorgada su custodia exclusiva mediante sentencia del 30 de septiembre de 2011 proferida por el Juzgado Segundo de Familia de Cali. No obstante lo anterior, la madre de la niña, M.E.V.B., con ocasión del ejercicio del derecho de visitas regulado en fallo del 12 de julio de 2010 dictado por el Juzgado Primero de Familia de esa ciudad, compartió con ella el fin de semana del 30 de mayo de 2014, pero no la regresó a su padre; por el contrario, realizó acciones para mantenerla oculta, como cambiar su nombre y apariencia física, viajar con ésta fuera de la ciudad y del país, valiéndose además de documentación falsa, hasta el 1º de octubre de 2014 cuando fue sorprendida en una vivienda de Itagüi-Antioquia por miembros del CTI.
ANTECEDENTES:
1. Por los acontecimientos reseñados, en audiencia celebrada el 28 de abril de 2015 ante el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, la Fiscalía formuló imputación a María Eugenia Vélez Berrío por el punible de ejercicio arbitrario de custodia de hijo menor de edad.
2. La Fiscalía radicó el 24 de julio ulterior escrito de acusación por el mencionado ilícito; la audiencia respectiva se celebró el 12 de diciembre de 2016 ante el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Cali.
Realizadas las audiencias preparatoria y de juicio oral, el 22 de febrero de 2018 se anunció un sentido de fallo condenatorio al cual se le dio lectura en la misma fecha.
A través de él fue condenada María Eugenia Vélez Berrío a la pena principal de 12 meses de prisión y multa equivalente a un salario mínimo mensual legal como autora responsable del delito materia de acusación.
3. Por virtud del recurso de apelación que contra esa providencia interpusiera la defensa de la procesada, el...
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