Sentencia nº 25000-23-27-000-2011-00274-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 19 de Septiembre de 2019 (caso SENTENCIA nº 25000-23-27-000-2011-00274-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 19-09-2019) - Jurisprudencia - VLEX 817512349

Sentencia nº 25000-23-27-000-2011-00274-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 19 de Septiembre de 2019 (caso SENTENCIA nº 25000-23-27-000-2011-00274-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 19-09-2019)

Sentido del falloNIEGA
EmisorSECCIÓN PRIMERA
Fecha19 Septiembre 2019
Número de expediente25000-23-27-000-2011-00274-01
Normativa aplicadaCONSTITUCIÓN POLÍTICA – ARTÍCULO 367 / LEY 142 DE 1994 – ARTÍCULO 14 NUMERAL 14.8 / LEY 142 DE 1994 – ARTÍCULO 87 NUMERAL 87.3 / LEY 142 DE 1994 – ARTÍCULO 101 / LEY 142 DE 1994 – ARTÍCULO 102 / LEY 505 DE 1999 – ARTÍCULO 1 / LEY 505 DE 1999 – ARTÍCULO 2 / LEY 505 DE 1999 – ARTÍCULO 3 / LEY 505 DE 1999 – ARTÍCULO 10 / LEY 505 DE 1999 – ARTÍCULO 11 / LEY 732 DE 2002 – ARTÍCULO 2 / LEY 732 DE 2002 – ARTÍCULO 6 / DECRETO 262 DE 2004 – ARTÍCULO 2 / DECRETO 262 DE 2004 – ARTÍCULO 15 / LEY 489 DE 1998 / DECRETO LEY 1421 DE 1993 – ARTÍCULO 40

CONTROL DE LEGALIDAD POR VÍA DE EXCEPCIÓN – Del Decreto 00007 de 2010 / TARIFA DE TASA Y CONTRIBUCION - Delegación de fijación al Presidente de la República / TASA CONTRIBUTIVA DE ESTRATIFICACIÓN – Determinación. Monto / ESTRATIFICACIÓN EN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS – Estudio técnico / ESTUDIO TÉCNICO DE ESTRATIFICACIÓN – Lo realizan los alcaldes con metodologías que suministra el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE / COMPETENCIA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA DANE – Para el diseño de las metodologías de estratificación y de los sistemas de evaluación y seguimiento para ser utilizados por las entidades nacionales y territoriales / DELEGACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA – No se dio en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE para la determinación de la tasa contributiva de estratificación / REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA

[S]e procede a resolver si debe inaplicarse el Decreto 00007 de 2010, al haber delegado la función de establecimiento de metodología y sistema al DANE cuando el titular de dicha función era exclusivamente el P.. Definir tal aspecto impone referirse a la sentencia del 14 de marzo de los corrientes dictada en el proceso 2011-00368, pues allí la Sala tuvo que decidir sobre la validez de algunos apartes de los artículos 1 y 2 del Decreto 00007 de 2010, […] [L]o que halla la Sala es que el cargo esgrimido sobre la presunta delegación efectuada al DANE para la definición del sistema y método del cálculo de la tasa retributiva de estratificación fue completamente definida por esta Sala al considerar que el P. sí había ejercido la potestad reglamentaria con la expedición del Decreto 00007 de 2010, y por ello no es viable su inaplicación en la forma que lo entiende la actora en el asunto de la referencia.

CONTROL DE LEGALIDAD POR VÍA DE EXCEPCIÓN – Del Decreto 00007 de 2010 / TASA CONTRIBUTIVA DE ESTRATIFICACIÓN – Al reglamentarla el Presidente de la República no estableció sus elementos / TARIFA DE TASA Y CONTRIBUCION - Delegación de fijación al Presidente de la República / PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY EN MATERIA TRIBUTARIA – No vulneración / REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA

[E]n relación con la vulneración del principio de reserva de ley en materia tributaria, lo que encuentra esta Sala es que su inconformidad radica en que, en su parecer, el Decreto 00007 de 2010 estableció todos los elementos esenciales del concurso económico y la tasa de estratificación, cuando ello correspondía al Congreso de la República, en aplicación del citado principio de legalidad tributaria. […] De lo expuesto se advierte que de las disposiciones demandadas no se desprendía la vulneración anotada, lo cual lleva a esta Sala a abordar el respectivo análisis, para lo cual resulta de vital importancia el razonamiento efectuado en la sentencia C-1371 de 2000, que resolvió reproches de inexequibilidad de la Ley 505 de 1999, en el sentido de afirmar que ese cuerpo normativo prescribía los elementos esenciales de la tasa de estratificación, sólo que, en lo que concierne a la tarifa, el Legislador dispuso lineamientos generales con el fin de que fuesen desarrollados por el Presidente de la República en ejercicio de la potestad reglamentaria, dadas las dificultades de precisión técnica que se tienen para detallar ese aspecto. […] En ese contexto, tampoco prospera la excepción de inconstitucionalidad que formuló el demandante en relación con el Decreto 00007 de 2010 por vulnerar el principio de legalidad tributaria.

CONTROL DE LEGALIDAD – Modalidades / CONTROL DE LEGALIDAD POR VÍA DE ACCIÓN – Concepto / CONTROL DE LEGALIDAD POR VÍA DE EXCEPCIÓN – Concepto

El control de legalidad en Colombia puede ejercerse por vía de acción o de excepción. En cuanto al primero, se presenta cuando se acude a la Jurisdicción con pretensiones claras para que se pronuncie sobre la legalidad de un acto administrativo y lo excluya del ordenamiento jurídico; en tanto que el segundo acontece cuando no es esa la decisión demandada pero se evidencia su clara oposición con el orden legal y por tanto, hay lugar a inaplicarlo para el caso concreto.

VICIOS DE NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO – Falta de competencia

La competencia ha sido entendida como la posibilidad de una determinada persona de proferir un acto administrativo específico de conformidad con las normas que rigen la materia. De contera, la falta de competencia se ha definido como “la falta de poder legal para tomar esas decisiones o proferir providencias necesarias o inherentes a la actividad administrativa o jurisdiccional”.

ESTRATIFICACIÓN EN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

La estratificación aparece como uno de los instrumentos que permite materializar el mandato constitucional, pues a través de este las autoridades encargadas de tal labor deben conocer las características de los inmuebles, el nivel de ingresos y la capacidad de pago de quienes los habitan, de modo que se eliminen desigualdades materiales que existen entre personas que cuentan con mayores recursos y las que perciben menos. La Corte define la estratificación como un mecanismo que “facilita la categorización social y económica por estratos en una localidad determinada de la masa poblacional que la habita y por medio de sus viviendas, desde la óptica de las condiciones objetivas similares de esos inmuebles y con base en una realidad material demostrable”. […] Vistas así las cosas, la estratificación resulta indispensable para facturar el cobro de los servicios públicos domiciliarios, a efectos, se reitera, de que los estratos altos contribuyan al financiamiento de los subsidios otorgados a las personas de los estratos más bajos para el pago de las tarifas, para que así todas las personas puedan disfrutar de los servicios públicos domiciliarios, independientemente de su nivel de ingresos y teniendo en cuenta sus limitaciones económicas. […]Tal deber de clasificación se dejó en manos de los municipios por expresa orden del Legislador […]El régimen y metodología de la estratificación estuvo regulado inicialmente en los artículos 101 y 102 de la Ley 142 de 1994, al reafirmar la competencia de los Alcaldes en la obligación de clasificar en estratos los inmuebles que hagan parte de su jurisdicción de uno (1) hasta seis (6), para lo cual deben contar con la asesoría del Comité permanente de estratificación socioeconómica y adoptar la metodología que para el efecto determine el Departamento Nacional de Planeación. […] Posteriormente, con la expedición de la Ley 505 de 1999 se otorgaron varios plazos a los entes territoriales a fin de que adoptaran la estratificación de los centros poblados (artículo 1), fincas y viviendas dispersas (artículo 2) y zonas homogéneas geoeconómicas (artículo 3). Además, se precisó el alcance del procedimiento y las competencias en esta materia, sobre todo en lo concerniente a la revisión del estrato urbano o rural, contemplando que los reclamos sobre el particular serían atendidos en primera instancia por el Comité Permanente de Estratificación y en segunda por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios […] De lo expuesto se infiere que la estratificación se realiza principalmente para cobrar de manera diferencial por estratos los servicios públicos domiciliarios permitiendo asignar subsidios y cobrar contribuciones en áreas determinadas. De esta manera, quienes tienen más capacidad económica pagan más por los servicios públicos y contribuyen para que los estratos bajos puedan pagar sus facturas.

TASA CONTRIBUTIVA DE ESTRATIFICACIÓN – Concurso económico / CONCURSO ECONÓMICO DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS - Naturaleza jurídica / TASA – Alcance

[E]s necesario analizar lo atinente al concurso económico por estratificación que se encuentra contenida en el artículo 11 de la Ley 505 de 1999, que fue objeto de reglamentación mediante el Decreto 00007 de 2010, de modo que pueda determinarse el alcance de una y otra noción y entonces, resolver el cargo de nulidad que propuso la actora. En efecto, la citada norma reglamentaria ordenó que los referidos Comités Permanentes de Estratificación debían asesorar al Alcalde de manera tal que se garantizara que las estratificaciones se realizaran, adoptaran, aplicaran y permanecieran actualizadas, y que debían contar con la financiación proveniente del concurso económico de las empresas de servicios públicos domiciliarios que ejecuten su labor en el respectivo ente territorial. […] Sobre el alcance de la expresión “concurso económico” la Corte Constitucional se pronunció en sentencia C-1371 de 2000, manifestando que se trataba sin duda de una tasa contributiva, dado que a través de ella se obtiene la recuperación parcial de los costos que genera la determinación de los estratos en área urbanas, centros poblados, fincas, etc., y su actualización, constituyendo una fuente de recursos económicos que permite recuperar el costo del servicio que ofrecen los comités permanentes de estratificación municipal y distrital, para prestar la asesoría necesaria en el cumplimiento de la función a cargo de los alcaldes municipales y distritales, consistente en realizar, adoptar, aplicar y actualizar permanentemente las estratificaciones rurales. […] A renglón seguido se pronunció sobre los cargos de inexequibilidad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR