Auto nº 11001-03-24-000-2017-00474-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 12 de Febrero de 2020
Ponente | ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2020 |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
INTERVENCIÓN DE TERCEROS - Coadyuvancia en los procesos de nulidad /
SOLICITUD DE COADYUVANCIA EN EL MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD - Oportunidad /
SOLICITUD DE COADYUVANCIA – Se niega por extemporánea
[L]a institución de la coadyuvancia en los procesos de nulidad de que trata
el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011 – CPACA se encuentra regulada en el
artículo 223 de la referida disposición, norma que dispone que "en los
procesos que se tramiten con ocasión de pretensiones de simple nulidad,
desde la admisión de la demanda y hasta en la audiencia inicial, cualquier
persona podrá pedir que se la tenga como coadyuvante del demandante o del
demandado". Como se observa el legislador estableció que desde de la
admisión de la demanda hasta el día en el cual se realiza la audiencia
inicial existe la oportunidad para poder actuar en el proceso como
coadyuvante del demandante o del demandado. En el proceso de la referencia,
el Despacho recuerda que mediante autos de 8 y 14 de marzo de 2019 se fijó
fecha y hora para la realización de la audiencia inicial de que trata el
artículo 180 del CPACA, la cual se instaló el día 18 de marzo de 2019,
diligencia que fue suspendida con ocasión al recurso de súplica interpuesto
en contra la decisión a través de la cual se declararon como no probadas
las excepciones previas formuladas por la parte demandada. Sin embargo, a
través de proveído de fecha 15 de agosto de 2019, la Sala de Decisión de la
Sección Primera, […], decidió confirmar las decisiones proferidas por el
Despacho, razón por la cual se profirió el auto de fecha 17 de octubre de
2019, a través del cual se fijó fecha y hora para la reanudación de la
referida audiencia inicial, la cual se realizó el 1º de noviembre de 2019.
En este sentido, las personas que querían intervenir en el proceso de la
referencia y, particularmente, aquellas que pretendían ser tenidas en
cuenta como coadyuvantes de alguna de las partes, contaban hasta el día el
-
de noviembre de 2019 para solicitarlo. Por lo anterior, el Despacho
dispone NO tener como coadyuvante de la parte actora al señor […].
Igualmente, NO se tiene como coadyuvantes de la parte demandada [al] […],
R.L. de la Corporación Rosa Blanca Colombia; […],
R.L. de la Corporación Manos por la Paz; […], R.
de la Mesa Permanente para la búsqueda de Personas dadas por desaparecidas;
[…], Presidente de la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc-
Fevcol, así como a la Senadora de la República, […]. En cuanto a la
intervención del R. a la Cámara, […], el Despacho estima que la
misma tampoco resulta procedente por las mismas razones expuestas con
antelación.
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 137 / LEY 1437 DE 2011 –
ARTÍCULO 180 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 223
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
C. ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS
Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-24-000-2017-00474-00
Actor: G.R.F.
Demandado: SENADO DE LA REPÚBLICA
Referencia: NULIDAD
AUDIENCIA OFERTA DE REVOCATORIA
DR. SERRATO: Buenos días. En la ciudad de Bogotá, D.C., siendo las 9:20
a.m. del día 12 de febrero de 2020, como Magistrado Ponente declaro
abierta y debidamente instalada la presente AUDIENCIA, en el proceso
radicado bajo el número 11001032400020170047400, promovido por el doctor
G.R.F. en ejercicio del medio de control de nulidad
consagrado en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo - CPACA, a través del cual se pretende
obtener la declaratoria de nulidad del acto administrativo verbal expedido
el 6 de diciembre de 2017 por el doctor E.C.S., quien para
esa fecha fungía como Presidente del Senado de la República, por medio del
cual se negó la remisión del Proyecto de Acto Legislativo 017 de 2017
Cámara – 005 de 2017 Senado, a través del cual se crean dieciséis (16)
circunscripciones transitorias especiales para la Cámara de R.s
en los...
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