Auto nº 11001-33-31-701-2012-00062-02 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 12 de Diciembre de 2019 (caso AUTO nº 11001-33-31-701-2012-00062-02 de Consejo de Estado (SECCION SEGUNDA) del 12-12-2019) - Jurisprudencia - VLEX 841381238

Auto nº 11001-33-31-701-2012-00062-02 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 12 de Diciembre de 2019 (caso AUTO nº 11001-33-31-701-2012-00062-02 de Consejo de Estado (SECCION SEGUNDA) del 12-12-2019)

Sentido del falloNIEGA
Normativa aplicadaLEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 141 ORDINAL 1 / DECRETO 01 DE 1984 – ARTÍCULO 160A
Fecha12 Diciembre 2019
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
Número de expediente11001-33-31-701-2012-00062-02
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO DE MAGISTRADOS DE TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO / RELIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES – Inclusión de la prima especial de servicios en el régimen salarial y prestacional de la Fiscalía General / IMPEDIMENTO – Improcedencia


Revisada la demanda, se encuentra que las pretensiones buscan la inclusión de la prima del 30% del salario básico mensual en las prestaciones sociales de la demandante, de conformidad con el Decreto 53 de 1993. Así las cosas, la Sala declarará infundado el impedimento referente a la causal contenida en el numeral 1 del artículo en comento, toda vez que el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992 estableció la prima especial de servicios pretendida por la demandante en este proceso, no obstante, excluyó a los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, quienes optaron por la escala salarial dispuesta en los Decretos 53 y 109 de 1993. Por consiguiente, la normativa a tener en cuenta en este caso por regular las escalas y beneficios salariales de la parte demandante, no se relaciona con las normas aplicables a los funcionarios de la Rama Judicial, como son los magistrados que se declaran impedidos en este asunto.


FUENTE FORMAL: LEY 1564 DE 2012ARTÍCULO 141 ORDINAL 1 / DECRETO 01 DE 1984 – ARTÍCULO 160A



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN SEGUNDA


SUBSECCIÓN A


Consejero ponente: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ


Bogotá, D.C., doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).


Radicación número: 11001-33-31-701-2012-00062-02(2383-19)


Actor: A.C.B.G.


Demandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN





Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Temas: Acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Decreto 01 de 1984.



ACEPTA IMPEDIMENTO



EI.051



ASUNTO





La Sala decide el impedimento manifestado por la totalidad de los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, instaurada por Aura Cecilia Barreto Garzón contra la Nación, Fiscalía General de la Nación.



ANTECEDENTES



La señora Aura Cecilia Barreto Garzón, mediante apoderado, presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho en la cual peticionó se declare la nulidad del acto ficto o presunto que se configuró por el silencio administrativo negativo de la entidad frente a la petición con radicado GDPQ20116111742272 de 20 de octubre de 2011, por medio...

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