Modifica Resolución 974 de 2016 - Proyectos normativos del Ministerio de Salud (Eventos) - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 900391305

Modifica Resolución 974 de 2016

República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
“Por la cual se modifica el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al
Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 173 de
la Ley 100 de 1993, 2º del Decreto Ley 4107 de 2011 y 42 de la Ley 715 de 2001; en
desarrollo de los artículos 32 de la Ley 1438 de 2011, 2.1.3.1 y 2.1.3.5 del Decreto 780 de
2016 y,
CONSIDERANDO
Que, mediante el Decreto 2353 de 2015 compilado en el Decreto 780 de 2016, el Gobierno
Nacional unificó y actualizó las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social
en Salud, creó el Sistema de Afiliación Transaccional y definió los instrumentos para
garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud.
Que, el artículo 16 del citado Decreto compilado en el artículo 2.1.3.1. del Decreto 780 de
2016, establec que la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud es un
acto que se realiza por una sola vez, por medio del cual se adquieren los derechos y
obligaciones que del mismo se derivan, el cual se efectúa con el registro en el Sistema de
Afiliación Transaccional y la inscripción a una sola Entidad Promotora de Salud (EPS) o
Entidad Obligada a Compensar (EOC), mediante la suscripción del formulario físico o
electrónico que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social.
Que, el parágrafo 4 del precitado artículo dispuso que, hasta tanto entre en operación
plena el Sistema de Afiliación Transaccional, la afiliación y las novedades de traslado y
de movilidad deberán realizarse en el formulario que para el efecto adopte el Ministerio
de Salud y Protección Social.
Que, el artículo 2.1.3.5 del Decreto 780 de 2016, establec los documentos de
identificación válidos para la afiliación y el reporte de las novedades, de los nacionales y
extranjeros, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Que, mediante el Decreto 064 de 2020, se modificó el alcance de la afiliación de oficio al
Sistema General de Seguridad Social en Salud contenida en el artículo 2.1.4.2.del Decreto
780 de 2016 y se incluye como población especial afiliada al Régimen Subsidiado en Salud
a los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables, con Permiso
Especial de Permanencia - PEP vigente, así como a sus hijos menores de edad con
documento de identidad válido, que permanezcan en el país, con focalización por listado
censal elaborado por las alcaldías municipales o distritales
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA Nº 2
Continuación de la resolución Por la cual se modifica el Formulario Único de Afiliación y Registro de
Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones
Que, el artículo 4 del Decreto 19 de 2012, establec que las autoridades que tienen el
impulso oficioso de los procesos administrativos; deben incentivar el uso de las
tecnologías de la información y las comunicaciones a efectos de que los procesos
administrativos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones
injustificadas; y deben adoptar las decisiones administrativas en el menor tiempo posible.
Que, mediante la Resolución 974 de 2016, se desarrollaron las instrucciones para el
diligenciamiento del formulario único de afiliación y el registro de novedades al Sistema
General de Seguridad Social en Salud e incluye una descripción de cada uno de los
documentos válidos para la identificación del afiliado en el Sistema de Salud.
Que, el artículo 2° de la Ley 1618 de 2013, definió que las personas con y/o en situación
de discapacidad, son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o
sensoriales a mediano y largo plazo que, al interactuar con diversas barreras incluyendo
las actitudinales, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en
igualdad de condiciones con las demás.
Que, de acuerdo con lo definido el precitado artículo, el Ministerio de Salud y Protección
Social, mediante la Resolución 113 de 2020, estableció la diferentes categorías de
discapacidad, para los efectos de captura y análisis de información, tanto individual como
estadística, las cuales son necesarias incluirlas en el formulario único de afiliación y el
registro de novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de
caracterizar a las personas que se afilian al SGSSS y que se encuentran en situación de
discapacidad.
Que, a través de la Resolución 3015 de 2017, el Ministerio de Salud y Protección Social,
incluyó el Permiso Especial de Permanencia PEP, como un documento válido de
identificación en los Sistemas de Información del Sistema de la Protección Social.
Que, la Resolución 1178 de 2021, incluyó el Permiso por Protección Temporal PPT como
documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en los sistemas de
información del Sistema de Protección Social.
Que, la Resolución 1133 de 2021, establec que la operación de las bases de datos de
afiliación y reporte de novedades del Sistema Integral de Información del Sector Salud se
encuentra a cargo de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad
Social en Salud ADRES.
Que, mediante la Resolución 2153 de 2021, la ADRES, establec los lineamientos y
especificaciones técnicas y operativas para el reporte y actualización de las bases de datos
de afiliación.
Que, con el fin de dar cumplimiento al aislamiento preventivo obligatorio de todas las
personas habitantes de la república de Colombia decretado por el Gobierno Nacional desde
el 25 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por
causa del Coronavirus COVID 19, las EPS tuvieron que implementar el Formulario Único
de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud,
de manera electrónica, para permitir que los usuarios durante este periodo pudieran
reportar las novedades de afiliación, traslado y de movilidad.
Que, atendiendo a la dinámica normativa de la seguridad social, se hace necesario
modificar el formulario único de afiliación y registro de novedades al Sistema General de
Seguridad Social en Salud, a fin de que resulten acordes a las normas vigentes, y permita
su uso de manera física o electrónica.
En mérito de lo expuesto,
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA Nº 3
Continuación de la resolución Por la cual se modifica el Formulario Único de Afiliación y Registro de
Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones
RESUELVE
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene como objeto modificar el formulario único
de afiliación y registro de novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud y
establecer lineamientos frente a su uso de manera física y electrónico.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a las Entidades
Promotoras de Salud-EPS, a las Entidades Adaptadas en Salud EAS de los regímenes
contributivo y subsidiado, a los aportantes, entidades responsables de la afiliación colectiva,
institucional y de oficio, a las entidades territoriales, a las personas y a los afiliados cuando
deban registrar la afiliación o reportar novedades en el Sistema General de Seguridad
Social en Salud.
Artículo 3. Contenido del formulario físico y electrónico. Los campos del Formulario
Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en
Salud, se encuentran contenidos en el Anexo Técnico No. 1: "FORMULARIO ÚNICO DE
AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD" y las instrucciones para su diligenciamiento se encuentran contenidas
en el Anexo Técnico No. 2: "INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL
FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SISTEMA
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD", los cuales forman parte integral de esta
Resolución.
El formulario contiene los datos organizados en una secuencia que busca facilitar al afiliado
su diligenciamiento y se acompaña de un instructivo que orienta el adecuado trámite de la
afiliación y de las novedades para su registro y reporte.
Artículo 4. Formas de Presentación. El formulario único de afiliación y registro de
novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrá presentarse por los
usuarios de manea física o electrónica, para lo cual, las EPS deberán modificar sus páginas
web, para implementar de manera electrónica la captura de la información establecida en
el Anexo Técnico No. 1 "FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE
NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD" de la
presente Resolución, garantizando los estándares y lineamientos de la política de gobierno
digital establecidos en el artículo 4 de la presente Resolución.
Artículo 5. Aspectos a tener en cuenta en el formulario electrónico. Para la captura de
información a través del formulario electrónico las EPS, deben tener en cuenta los
siguientes aspectos:
1. Aspectos internos - Seguridad de la Información e Informática: Para garantizar
la seguridad de información y protección de datos, deberán implementar:
1.1 El sitio web debe publicarse con certificado de Servidor Seguro (SSL),
asegurando los criterios propios de la Entidad.
1.2 Asegurar un sitio en la web (Fireware.- WAP-Balanceadores-Redes).
1.3 Asegurar que las variables de consulta o captura no estén expuestas (encripción)
en el código de la página.
1.4 Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos, atendiendo
el cumplimento del principio de responsabilidad demostrada o “accountability”.
2. Aspectos externos: Se deberán implementar los siguientes:
2.1 Se deben contemplar lineamientos de accesibilidad y Usabilidad, y demás
aspectos establecidos en la Resolución 1519 de 2020 del Ministerio de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR