ABC de la entrada en vigencia del código general del proceso - Núm. 16, Agosto 2014 - Artículos de Prietocarrizosa - Noticias - VLEX 525429295

ABC de la entrada en vigencia del código general del proceso

AutorSantiago Cruz Mantilla

ABC DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO

La entrada en vigencia del nuevo Código General del Proceso (CGP) –Ley 1564 de 2012– sigue generando inseguridad jurídica. Es un tema trascendental, ya que el CGP no solo aplica en asuntos de derecho privado, sino que puede aplicar residualmente en todos los asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad, cuando no estén regulados expresamente en otras leyes. Acertar en cuál es la norma aplicable puede determinar el éxito o el fracaso en un litigio.

A continuación, damos algunas pautas para tratar de establecer si el nuevo estatuto procesal es actualmente aplicable.

  1. ¿Cómo dispone la Ley que el CGP debe entrar en vigencia?

    En tres fases y fechas diferentes: (i) el 1 de julio de 2012, fecha de expedición del CGP, entró en vigencia un grupo de normas, dentro de las cuales están las que confieren funciones jurisdiccionales a autoridades administrativas y el juramento estimatorio; (ii) el 1 de octubre de 2012, entró en vigencia un segundo grupo de normas dentro de las cuales están el desistimiento tácito y el régimen de medidas cautelares; y (iii) las demás normas del CGP “entrarán en vigencia a partir del primero (1º) de enero de dos mil catorce (2014), en forma gradual”, en la medida que se hayan ejecutado programas de formación de los funcionarios judiciales y se disponga de la infraestructura para adoptar la oralidad, “según lo determine el Consejo Superior de la Judicatura, y en un plazo máximo de tres (3) años, al final del cual esta ley entrará en vigencia en todos los distritos judiciales del país”.

  2. ¿El CGP es actualmente aplicable en procesos ante la jurisdicción ordinaria?

    Con la excepción de las normas que ya están en vigencia, según lo explicado atrás, NO, y no será aplicable mientras no se expida y ejecute el plan de implementación correspondiente.

    El Consejo Superior de la Judicatura (CSJu) había expedido el Acuerdo No. PSAA13-10073 de 27 de diciembre de 2013, por medio del cual reglamentaba la gradualidad para la implementación del CGP. En el Acuerdo, el CSJu establecía un cronograma de implementación en diferentes Distritos Judiciales desde el 3 de junio de 2014 y hasta el 1 de diciembre de 2015. Sin embargo, el 28 de mayo de 2014 el CSJu expidió otro Acuerdo, el No. PSAA14-10155, por medio del cual suspendió el No. PSAA13-10073. La razón para suspenderlo, según lo dicho en el Acuerdo, es que el Gobierno Nacional no ha apropiado los recursos necesarios para la...

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