Abogados y regulación de la profesión: entre autonomía y subordinación - Regulación - Ética profesional del abogado: debates y tensiones - Libros y Revistas - VLEX 911542106

Abogados y regulación de la profesión: entre autonomía y subordinación

AutorCarlos Francisco Morales de Setién Ravina
Páginas99-131
99
ABOGADOS Y RE GULACIÓN DE LA PROFESIÓN:
ENTRE AUTONOMÍA Y S UBORDINACIÓN*
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La historia de la profesión jurídica en Latinoamérica, como en casi todo
el mundo occidental, camina de la mano de la tensión entre la regulación
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ejercicio de la profesión, el lugar en el que la regulación estatal es más
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cepciones de los abogados sobre cuál debe ser la función de los abo-
gados en la sociedad y qué conocimiento deben tener. En lo relativo al
derecho, cuando la legislación habla del interés público reproduce en
muchos casos las frases y los lugares comunes que los propios aboga-
dos repiten en sus invocaciones a la dimensión social de su profesión y
que los profesores de derecho repiten a sus alumnos: el abogado es un
guardián de la justicia, el garante de la ley, el guardián del pueblo. Sin
embargo, gran parte de esas ideas abstractas consagradas en las normas
jurídicas como principios de actuación del abogado encuentran un re-
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efectiva la conducta de los practicantes del derecho. La respuesta con-
tradictoria, y a veces cínica, de que el control es innecesario porque la
mayoría de las prácticas es acorde con esos principios y que, por con-
siguiente, esos mecanismos son rara vez usados, no se corresponde con
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los clientes para exigir responsabilidad a los abogados que infringen los
códigos de conducta y sobre la opacidad de unos procesos que, escu-
dándose en el secreto profesional y la afectación potencial al prestigio
* Para citar: http://dx.doi.org/10.15425/2017.417
C IV
ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO: DEBATES Y TENSIONES
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del abogado (inocente), parecían estar destinados a proteger a los abo-
gados más que a sus clientes.
La acusación de corporativismo, que padecen habitualmente también
otros profesionales, como médicos o auditores, se usa para denunciar la
conducta de los profesionales que, ante una posible infracción de unos
de sus miembros, actúan como los antiguos gremios en defensa de sus
intereses, por encima de los intereses del cliente insatisfecho y de la so-
ciedad en su conjunto. La autorregulación, cuando existe, solo empeora
la situación según los críticos de la colegiación, porque se ve como el
brazo del corporativismo que barre en silencio las quejas de la ciudada-
nía. Para los que tienen una visión negativa de la profesión como esta,
más regulación y control de las autoridades públicas sería la respuesta
frente al corporativismo y su corolario, la autorregulación.
“The neverending story” o por qué es tan difícil
una buena regulación de la profesión jurídica
The neverending story. Así, con ese título en inglés de ortografía extraña,
sacado de un libro de “fantasía oscura”1, es como el órgano encargado
de vigilar la competencia en España y sancionar las conductas contrarias
a las normas, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competen-
cia (CNMC
que los colegios profesionales, y entre ellos los de abogados, reformen
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de los consumidores y usuarios”2. Sin embargo, la historia de los en-
frentamientos entre asociaciones profesionales y poderes públicos no
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intentos de regulación (o desregulación, en este caso) por la adminis-
tración del Estado chocan una y otra vez contra la resistencia, de facto
1 “The NeverEnding Story” es el título en inglés del famoso libro de Michael Ende,
Die Unendliche Geschichte, Stuggart: Thienemanns (Berlin: [K.] Verlag, 1979). Existe
versión en español: Michael Ende. La historia interminable (Madrid: Alfaguara, 1982).
2 Véase Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), “Colegios
profesionales: The neverending story”, blog de la CNMC, 11 de julio del 2019, https://
blog.cnmc.es/2019/07/11/colegios-profesionales-the-never-ending-story/, publicado el
11 de julio del 2019.
ABOGADOS Y REGULACI ÓN DE LA PROFESIÓN 101
y jurídica, de esas asociaciones, que enarbolan la bandera del “interés
público” cuando se intenta limitar el alcance de sus competencias au-
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introducir mayor competencia. En asuntos relativos al derecho, parece-
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cuál es ese interés. Los intentos de reforma del acceso y el ejercicio de
la profesión los ponen “en pie de guerra”3.
La historia reciente tiene como trasfondo las obligaciones adquiridas
por el país con la Unión Europea de liberalizar el sector de prestación de
servicios. Eso implica, como es obvio, revisar las facultades autorregu-
ladoras de los colegios profesionales en España y las posibles limitacio-
nes que esas normas puedan suponer para la competencia, sin que estén
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entre la autoridad reguladora de la competencia (primero con el ya ex-
tinto Tribunal de Defensa de la Competencia y luego con su sucesor, la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) y los colegios
profesionales ha sido continuo. Las normas que han introducido medi-
das liberalizadoras han sido el Real Decreto-ley 5/1996, del 7 de junio,
de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de colegios profesio-
nales, y después, como producto de la necesidad de transponer al orde-
namiento español la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, del 12 de diciembre del 2006, relativa a los servicios en el
mercado interior, las llamadas “leyes paraguas” (Ley 17/2009, del 23
de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su
-
ción de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso
a las actividades de servicios y su ejercicio).
3 No conozco intento de regulación de la profesión en España que no ponga en
pie de guerra a los colegios de abogados cuando se trata de liberalizar el ejercicio de
la profesión. Al respecto, véase Mercedes Serraller, “Los profesionales se ponen en pie
de guerra contra la CNC”, Expansión, 19 de septiembre del 2008, https://www.expan
sion.com/2008/09/16/juridico/1165281.html. La resistencia se extiende a los aspectos
comerciales de la actividad, como la publicidad, que en nada se diferenciarían de los
de otras profesiones; véase José María López Agúndez, “El presidente de la CNC carga
contra los límites a la publicidad en la abogacía”, Expansión, 18 de diciembre del 2008,
https://www.expansion.com/2008/12/18/juridico/1229624134.html.

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