Acta de comisión 20 del 20 de noviembre de 2012 senado - 5 de Abril de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451043590

Acta de comisión 20 del 20 de noviembre de 2012 senado

ACTA DE COMISIÓN 20 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2012 SENADO. Comisión Sexta Constitucional PermanenteACTA NÚMERO 20 DE 2012

(noviembre 20)

En la ciudad de Bogotá, D. C., el día veinte (20) de noviembre de 2012, siendo las diez y veintiocho minutos de la mañana (10:28 a. m.), los Senadores integrantes de la Comisión Sexta Constitucional Permanente del Senado de la República, previa convocatoria, se reunieron en el recinto de la Comisión con el fin desarrollar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

Para la Sesión del martes 20 de noviembre de 2012.

I

Llamada a lista

II

Continuación de la citación al señor Alcalde Mayor de Bogotá, doctor Gustavo Petro Urrego; al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, doctor Juan Gabriel Uribe; al señor Superintendente de Servicios Públicos, doctor César González Muñoz; a la señora Directora Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, doctora Silvia Yepes; y al señor Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, doctor Diego Bravo, en cumplimiento de la Proposición número 35 de 2012.

Invitación al señor Procurador General de la Nación, doctor Alejandro Ordóñez Maldonado; a la señora Contralora General de la República, doctora Sandra Morelli Rico; y al señor Director (E.) de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, doctor Henry Romero.

Proposición número 36 de 2012

Con el objeto de analizar y evaluar públicamente la situación del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá, cítese al doctor César González Muñoz, Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios y al doctor Julio César Aguilera Wilches, Director Ejecutivo (E.) de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Igualmente, conforme a los artículos 233 y 249 de la Ley 5ª de 1992, y por ser la prestación del servicio de aseo un tema de ámbito nacional que de no resolverse de manera pronta, llevaría a la capital del país a una inevitable crisis de salud pública, cítese al doctor Gustavo Petro, Alcalde Mayor de Bogotá, al doctor Diego Bravo, Gerente Empresa de Acueducto y Alcantarillado e invítese al doctor Henry Romero, Director (E.) de la Unidad Administrativa Especial de Servicios públicos.

Cuestionario

Para el señor Alcalde Mayor de Bogotá, doctor Gustavo Petro; al doctor Diego Bravo, Gerente Empresa de Acueducto y Alcantarillado; y al Director (E.) de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, doctor Henry Romero:

  1. Señale el modelo operacional previsto por la Administración Distrital para la prestación del servicio de aseo en Bogotá, a partir del 18 de diciembre del presente año.

  2. ¿Dentro del esquema de operación se tiene previsto la participación público privada?, de no ser así ¿qué activos son susceptibles de reversión? ¿Cuáles de ellos están siendo considerados para la prestación del servicio?

  3. ¿Qué medidas o sanciones se han impuesto a los actuales operadores del servicio de recolección de basuras producto de fallas en la prestación del servicio o incumplimiento de los contratos? Anexe actos administrativos y contratos respectivos.

  4. ¿Qué fundamento jurídico permite que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá asumir la prestación del servicio de aseo en Bogotá?

  5. Dado que la Administración Distrital no solicitó la determinación de áreas exclusivas para la prestación del servicio ante la Comisión de Regulación, pone la prestación en el marco de la libre competencia. ¿Qué medidas se tienen previstas para evitar el abuso de posición dominante o competencia desleal por parte de cualquier operador que quiera prestar el servicio?

  6. ¿Cuál es el impacto financiero y administrativo sobre la estructura operacional y de utilidad de la Empresa de Acueducto al asumir la prestación directa del servicio de aseo en Bogotá, en especial sobre las inversiones previstas en el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado?

  7. Respecto a la prestación del servicio de aseo en Bogotá ¿qué fundamento jurídico le permite a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá subcontratar el servicio por zonas o actividades?

  8. Indique cuáles son las acciones afirmativas contempladas por la Administración Distrital para la inclusión efectiva de la población recicladora en la prestación del servicio.

  9. ¿Qué implicaciones tiene el cumplimiento del Plan de Inclusión ¿Esquema de metas a cumplir para la inclusión de la población recicladora en la gestión pública de los residuos sólidos en la ciudad de Bogotá, D. C.,¿ al asumir la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá la prestación del servicio de aseo?

  10. ¿Qué opciones de disposición final se han estudiado en el mediano plazo a fin de evitar una emergencia sanitaria, teniendo en cuenta la vida útil de Relleno Sanitario Doña Juana?

    Para el señor Director Ejecutivo (E.) de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), doctor Julio César Aguilera Wilches:

  11. ¿Qué implicaciones de orden tarifario considera la CRA se pueden presentar en el modelo que la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) pretenden aplicar para la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Capital?

  12. De acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 142 de 1994 ¿la UAESP ha solicitado la verificación de motivos para el establecimiento de áreas de servicio exclusivo en Bogotá, D. C.? En caso afirmativo anexar las recomendaciones y actos administrativos respectivos.

  13. ¿Qué iniciativas regulatorias se han elaborado por parte de la CRA para dar cumplimiento a lo establecido en el Auto 275 de 2011 de la Corte Constitucional, en el sentido de incluir a los recicladores de Bogotá para realizar la actividad complementaria de aprovechamiento?

  14. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 142 de 1994 ¿la Empresa de Acueducto de Bogotá puede tener la exclusividad de la prestación del servicio de aseo y asumirlo de manera directa?

    Para el señor Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, doctor César González Muñoz:

  15. ¿Considera la Superintendencia de Servicios Públicos que para la prestación directa del servicio de aseo, por parte del Distrito Capital, a través de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, se debe agotar el procedimiento previsto por el artículo 6° de la Ley 142 de 1994?

  16. ¿La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, ha presentado los estudios técnicos ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que demuestran que los costos de prestación directa son inferiores, y que mediante esta modalidad se mejorará la operación, la calidad y la cobertura del servicio? Lo anterior en virtud de lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6° de la Ley 142.

    Presentada a consideración de la Comisión Sexta por los honorables Senadores Carlos Alberto Baena López, Jorge Eliécer Guevara, y Eugenio Prieto Soto, y aprobada por unanimidad en la Sesión del 7 de noviembre de 2012.

    Cuestionario anexo a la Proposición número 35 de 2012

    Para la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico:

  17. Después del Auto 275 de 2011 de la Corte Constitucional, puede afirmarse que en Colombia existe libre competencia en el mercado en la actividad [o en el servicio] de aprovechamiento [reciclaje] de residuos sólidos.

  18. Después del Auto 275 de 2011, pueden las autoridades locales permitir que los proveedores del servicio de aseo se dediquen a actividades de aprovechamiento en competencia con los recicladores.

  19. Ha sido beneficioso para los usuarios y para el servicio, la prestación de aseo en esquema de libre competencia en casos como el registrado en Bucaramanga. Es en general beneficiosa la competencia libre y sin regulación detallada en el servicio de aseo.

  20. Creen posible que se dé cumplimiento al Auto 275 de 2011 y se garantice la libre competencia plena en el servicio de aseo y en sus actividades complementarias.

  21. Con la regulación existente en posible que las entidades territoriales y el Distrito Capital, garantice a los recicladores que no tendrán competencia para la actividad de aprovechamiento y dar pleno cumplimiento a la Sentencia T-724-03 y al Auto 275.

  22. Con la legislación y regulación vigentes es suficiente para dar cumplimiento a los mandatos de la Corte contenidos en la Auto 275 de 2011.

  23. Existe regulación adecuada y suficiente que permita una adecuada competencia en el mercado del servicio de aseo.

  24. El actual esquema reglamentario y regulatorio del servicio de aseo es adecuado para la toma de decisiones conducente a la adopción de acciones afirmativas a favor de los recicladores.

  25. Los efectos derivados del Auto 275 tienen aplicación en todos los Municipios y Distritos del país y bajo cualquier esquema de prestación de los servicios.

  26. Existe regulación clara que facilite a las autoridades territoriales saber cómo se remunerará la actividad de reciclaje y a los recicladores y cuál será su relación con los prestadores de los servicios.

    Presentado por el honorable Senador Eugenio Prieto Soto.

    Proposición Aditiva a la número 36 de 2012

    Adiciónese a la Proposición número 35 de 2012, la citación al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, doctor Juan Gabriel Uribe.

    Presentada a consideración de la Comisión Sexta por el honorable Senador Carlos Alberto Baena López, y aprobada por unanimidad en la Sesión del 14 de noviembre de 2012.

    III

    Lo que propongan los honorables senadores

    Presidente, honorable Senador Eugenio Prieto Soto:

    Solicita a la Secretaria llamar a lista.

    Secretaria, doctora Sandra Ovalle García:

    Realiza el llamo a lista y contestan los siguientes honorables Senadores.

    Baena López Carlos Alberto

    Delgado Blandón César Tulio

    Olano Becerra Plinio

    Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando y

    Prieto Soto Eugenio.

    A continuación informa que se ha conformado quórum deliberatorio con la asistencia de 5 Senadores.

    Asistieron durante el transcurso de la...

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