Acta de comisión 24 del 13 de diciembre de 2004 - 14 de Abril de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451287322

Acta de comisión 24 del 13 de diciembre de 2004

ACTA DE COMISIÓN 24 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2004

\"Discusión Proyecto número 52 de 2004 - Reforma SGSSS\"

Siendo las 10:00 a. m., del día 13 de diciembre de 2004, en Bogotá, D. C., actuando como Presidenta la honorable Senadora Flor Gnecco Arregocés; como Vicepresidente el honorable Senador Gustavo Enrique Sosa Pacheco y como Secretario General, el doctor Germán Arroyo Mora, se da inicio a la sesión programada para la fecha, así:

Presidenta, Flor Modesta Gnecco Arregocés:

Solicita al señor Secretario llamar a lista y verificar el quórum.

Secretario, doctor Germán Arroyo Mora:

Procede a llamar a lista, a la cual contestan los siguientes honorables Senadores:

Avellaneda Tarazona Luis Carlos

Benítez Maldonado Eduardo Augustop> Conde Romero José María

Gnecco Arregocés Flor Modesta

Sosa Pacheco Gustavo Enrique

Zuluaga Escobar Oscar Iván.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los siguientes honorables Senadores:

Angarita Baracaldo Alfonso

Bernal Amorocho Jesús Antonio

Castro Pacheco Jorge de Jesús

Cogollos Amaya Angela Victoria

Guerra Hoyos Bernardo Alejandro

Peñaloza Núñez Antonio Javier.

Con excusa dejaron de asistir los siguientes honorables Senadores:

Córdoba Ruiz Piedad

Wilches Sarmiento Claudia Jeanneth.

El señor Secretario confirma a la señora Presidenta que hay quórum deliberatorio.

Presidenta, Flor Modesta Gnecco Arregocés:

Indica que con el quórum reglamentario se declara legalmente abierta la sesión. Solicita al señor Secretario se sirva leer el Orden del Día.

Secretario, Arroyo Mora Germán:

Hace la siguiente lectura:

ORDEN DEL DIA

Para la sesión de hoy, lunes 13 de diciembre de 2004.

hora: 9:00 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

Ya se evacuó.

II

Continuación de la discusión y votación del siguiente proyecto de ley

Proyecto de ley número 052 de 2004 Senado, por la cual se realizan modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias, de conformidad con los artículos 48, 49, 356 y 357 de la Constitución Política, y sus acumulados, Proyectos de ley números 019 de 2004, 031 de 2004, 033 de 2004, 038 de 2004, 054 de 2004, 057 de 2004, 058 de 2004, 098 de 2004, 105 de 2004, 115 de 2004, 122 de 2004, 148 de 2004 y 151 de 2004 Senado, de autoría Gubernamental y Parlamentarias.

Coordinador: doctor Eduardo Benítez Maldonado.

III

Lo que propongan los honorables Senadores

Ha sido leído el Orden del Día, señora Presidenta.

Presidenta, Gnecco Arregocés Flor Modesta:

Indica que entonces se continuará con la discusión del Proyecto de ley 052 y acumulados. En seguida le concede la palabra al Senador Coordinador de Ponentes, el doctor Benítez.

Honorable Senador Benítez Maldonado Eduardo Augusto:

Dice lo siguiente:

\"Gracias, señora Presidenta.

Hago la siguiente propuesta, vamos a analizar, a discutir, a debatir los artículos en su orden, 40, que faltan por debatir 60, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 79, 80, 81, 82, 83, 84 y 85. Esto como metodología inicial para debatir los artículos que están pendientes.

Segundo. Sugiero, señora Presidenta, que una vez debatidos y aprobados o negados estos artículos procedamos entonces a los artículos nuevos que se han propuesto. Esa es la propuesta, señora Presidenta\".

Presidenta, Gnecco Arregocés Flor Modesta:

Indica que entonces se comience con el artículo 40.

Honorable Senador Benítez Maldonado Eduardo Augusto:

Expresa lo siguiente:

\"Señora Presidenta, usted había organizado una subcomisión que fue establecida por usted y que finalmente redactó una sustitutiva del artículo 40 el Senador Conde, fue el Coordinador de esta subcomisión. Entonces, le solicito, Senador Conde, que usted nos lea el artículo\".

Honorable Senador Conde Romero José María:

Expresa lo siguiente:

\"Muchas gracias, Coordinador, también a la Presidenta.

Lo propuesto en el artículo 40 establece lo siguiente:

\"Artículo 40. Selección de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado. La selección de las Entidades Promotoras de Salud se hará mediante la libre elección de los usuarios en cada municipio conforme las siguientes reglas:

  1. El Ministerio de la Protección Social definirá como mínimo seis (6) regiones para la operación del Régimen Subsidiado y el número de EPS autorizadas para cada región, teniendo en cuenta el potencial de afiliación de cada una de ellas y un mínimo de 400 mil afiliados por cada EPS, por cada EPS autorizadas en la respectiva región conforme a los criterios de selección previstos en esta ley.

    Presidenta, Gnecco Arregocés Flor Modesta:

    Dice: \"Tal como está ahí\".

    Honorable Senador...: Dice: \"Está modificada\".

    Honorable Senador Conde Romero José María:

    Explica lo siguiente: \"¿de tal manera que esto\".

    Conforme a los criterios de selección previstos en esta ley y que reglamentará el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. El orden de elegibilidad se aplicará en caso de que se requiera sustituir alguna de las EPS autorizadas permitiendo a la EPS ubicada en el lugar subsiguiente de lista del concurso público tomar su lugar en el Gobierno Nacional, el Gobierno Nacional reglamentará los criterios de transición e ingresos de la EPS a este régimen para el cumplimiento del número mínimo de afiliados, la EPS, las EPS públicas del régimen subsidiado del orden nacional quedarán autorizadas para operar en todo el país.

  2. El Ministerio de la Protección Social tendrá en cuenta para la autorización regional los criterios de domicilio de la EPS en la región, propiedad de la EPS de personas naturales o jurídicas domiciliadas en la región, experiencia en la región, cobertura de municipios en la región, cartera del régimen subsidiado de las IPS en el país siempre y cuando las entidades territoriales estén al día con las EPS del régimen subsidiado, calificación de las IPS con las que tengan contratos en el régimen subsidiado, porcentaje de propiedad de los usuarios y acreditación de los estándares de calidad superiores a dos mínimos de la habilitación;

  3. El listado de las EPS autorizadas para la región se publicará ampliamente por cada entidad territorial, para efecto de que las personas con derecho a afiliación en el régimen subsidiado escojan de manera individual a la EPS y se afilien mediante contrato individual, para la persona y su núcleo familiar;

  4. La EPS les entregará su carné, diligenciará el formulario de afiliación, orientará acerca de sus deberes y derechos de los beneficios del Plan Obligatorio de Salud a que tienen derecho, de la red de servicios a la que pueden acudir, de los procedimientos para acceder a los servicios y del Modelo de Atención establecido en la Entidad. Posteriormente la EPS se dirigirá a la vivienda del afiliado para realizar la correspondiente encuesta de salud e identificación de riesgos para la salud del afiliado y su núcleo familiar;

  5. En todo caso, ninguna EPS podrá tener más del 20% del total nacional de afiliados del régimen en que opera, no más del 30% del total regional, ni más del 60% del total municipal, excepto en aquellos municipios en donde solo estén autorizadas u operando una o dos EPS. Se exceptúan de estos porcentajes a las EPS del orden nacional del régimen subsidiado.

  6. Los actuales afiliados a una entidad del régimen subsidiado continuarán afiliados a la misma entidad si no manifiestan intención contraria siempre y cuando la entidad haya sido habilitada para operar en la respectiva región. En caso de continuar con la misma EPS a la que venían afiliados, deberán acudir a ella para recibir el carné definitivo de afiliación al nuevo régimen subsidiado;

  7. La relación de los carnés de afiliación debidamente entregados y el registro único de afiliación serán el soporte para la firma del contrato entre la EPS y la entidad territorial y los respectivos giros por el Fondo Territorial Colombia para la Salud, FOCOS.

    Ese fue el resumen o las modificaciones que le hicieron al artículo 40, así lo prop¿\"

    Honorable Senador Zuluaga Escobar Oscar Iván:

    Manifiesta lo siguiente: \"Senador Conde, lo que está en verde...dice: Se exceptúan de estos porcentajes a las EPS públicas. Falta la palabra pública del orden Nacional, EPS públicas\".

    Honorable Senador Conde Romero José María:

    Expresa lo siguiente: \"Por favor, leemos nuevamente el artículo e, señora Presidenta, el literal e): En todo caso ninguna EPS podrá tener más del 20% del total nacional de afiliados del régimen en que opera, no más del 30% del total regional, ni más del 60% del total municipal, excepto en aquellos municipios en donde solo estén autorizadas u operando una o dos EPS. Se exceptúan de estos porcentajes las EPS públicas del orden nacional del régimen subsidiado.

    Las EPS públicas de régimen subsidiado con sus, ¿cómo se llama?, con su estructura no\".

    Honorable Senador Avellaneda Tarazona Luis Carlos:

    Dice: \"Quedarían unas por fuera, las del orden territorial, sean departamentales o municipales, únicamente yo diría públicas, quitarles del orden nacional\".

    Presidente (E.), Vicepresidente Gustavo Sosa Pacheco:

    Concede la palabra al señor Viceministro.

    Señor Viceministro de la Protección Social, doctor Eduardo Alvarado:

    Explica lo siguiente: \"Yo particularmente, honorables Senadores, soy partidario de quitar esa frase que está en verde, si hacemos el ejercicio de 22 millones de afiliados que plantea el régimen subsidiado, con base en esta ley el 20% quiere decir tener 5 millones y medio de afiliados. Una EPS con más de cinco millones y medio de afiliados, sea pública o privada o de cualquier naturaleza, es indeseable en el sistema, su colapso es el colapso total del sistema. De tal manera que independientemente de que sea pública o privada en el contributivo o en el subsidiado, no deberíamos tener EPS con más de 5 millones y medio de afiliados, por lo que el riesgo que significa poner todos los huevos en la misma canasta. Esa es la lógica de eso. De tal manera que aunque es bien intencionada, pensando en Caprecom, Caprecom hoy está...

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